Aviso REF:513353

Fecha de publicación04 Noviembre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa
Sección Amparo
Culiacán, Sinaloa
Principal 809/2018
EDICTO
Emplazamiento a la tercera interesada Miriam Paola Ramírez Castro, al margen un sello del Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, Culiacán, Sinaloa.
Juicio de amparo 809/2018, promovido por Grinilda Guadalupe Mejía Castro, contra actos del Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas, de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada, de la Procuraduría General de la República, encargado de la averiguación previa PGR/SEIDO/UEITA/175/2015 iniciada con el tripicado de la indagatoria PGR/SEIDO/UEITA/168/2015, señalando como tercera interesada a Miriam Paola Ramírez Castro, atribuyendo a las autoridades responsables el acto reclamado consistente en:
"IV. ACTO RECLAMADO.- La omisión al no dar contestación alguna a mis solicitudes presentadas vía escrito respecto del levantamiento de la medida de aseguramiento que pasa sobre un bien inmueble de mi propiedad y su devolución, presentadas en oficialía de partes de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada en fechas veinticinco de julio dos mil diecisiete, cuatro de mayo de dos mil dieciocho y trece de junio del año dos mil dieciocho, en breve término tal como lo establece nuestra Carta Magna. Ha sido el caso que hasta el día de hoy, no he recibido contestación por parte de la autoridad señalada como responsable".
Ahora bien, con apoyo en los artículos 27, fracción III, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, se ordena el emplazamiento por medio de EDICTOS a la tercera interesada Miriam Paola Ramírez Castro en relación a la demanda de garantías promovida por Grinilda Guadalupe Mejía Castro, haciéndole saber que deberá apersonarse al presente juicio de garantías, con el carácter de tercero interesado dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, debiendo señalar domicilio para oír y...

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