Aviso REF:512787

Fecha de publicación27 Octubre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en
Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León
EDICTO CON EXTRACTO DE AUTO ADMISORIO DE DIECISÉIS ABRIL DEL DOS MIL VEINTIUNO, EN DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE DECLARACIÓN ESPECIAL DE AUSENCIA PARA PERSONAS DESAPARECIDAS.
En el expediente 44/2021-4-B, relativo a las Diligencias de jurisdicción voluntaria de declaración especial de ausencia para personas desaparecidas, respecto Gustavo Levi Montalvo Valdez, solicitado por Olga Yadira Garza Salas, quien comparece como cónyuge del desaparecido; la solicitante incluyó la siguiente información: Ser casada con el desaparecido, mexicana, mayor de edad; Gustavo Levi Montalvo Valdez, nació el 11 de abril de 1978, la carpeta indagatoria 614/2009-1-2 de la Agencia del Ministerio Público Investigador número Dos del Segundo Distrito Judicial del Estado; actualmente 181/2020-I del índice del Agente del Ministerio Público Investigador Número Uno en Delitos en General del Primer Distrito Judicial en el Estado; la desaparición ocurrió el 20 de junio del 2009 cuando salió a su trabajo sito en Av.Huinala 128, antiguo camino al Mezquital (parque industrial Milimex), municipio de Apodaca Nuevo León, y hasta esta fecha no se ha vuelto a tener noticia de él; personas que tienen relación sentimental afectiva inmediata y cotidiana con el desaparecido, únicamente su esposa y dos hijos; se dedica como chofer de autotransporte en el domicilio mencionado; con número de seguro social 4393-77-8069-0; bienes o derechos de la persona desaparecida que desean ser protegidos o ejercidos, bien de interés social ubicado en el Fraccionamiento Rincón del Edén en la calle Peral 146 entre calle Níspero y 16 de Septiembre en Montemorelos Nuevo León, así como los derechos de la sociedad conyugal; efectos que se solicita tenga la Declaración Especial de Ausencia son: sobre los derechos de familia y del bien raíz antes señalado, así como: I- El reconocimiento de la ausencia de la Persona Desaparecida desde la fecha en que se consigna el hecho en la denuncia presentada y que obra en copia certificada dentro de los autos de este proceso. II.- Garantizar la conservación de la patria potestad de la Persona Desaparecida y la protección...

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