Aviso REF:512784

Fecha de publicación18 Noviembre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Poder Judicial Federal
Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
Dora Mónica Vázquez Flores.
En virtud de la demanda de amparo directo promovida por José Francisco Aguilar González, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el once de abril de dos mil diecinueve, dentro del toca penal 139/2019, por la comisión de los delitos de Homicidio calificado y robo con violencia; por auto de catorce de junio de dos mil veintiuno, se registró la demanda de amparo directo bajo el número 151/2021-I y de conformidad con el artículo , fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo, este Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, consideró que la ofendida dentro de la causa penal 173/2017 antes 666/2006 de origen, Dora Mónica Vázquez Flores, le asiste el carácter de tercero interesada en el presente juicio de amparo; sin embargo, este Órgano Colegiado agotó los medios legales a su alcance a efecto de lograr el emplazamiento de mérito; asimismo, de autos se advierte la insolvencia económica del quejoso para el pago de la publicación de éstos, por lo que este Tribunal solicita al Consejo de la Judicatura Federal a través de la Administración Regional del mismo el emplazamiento a los antes mencionados en términos del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Los edictos deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que dentro del plazo de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación, la tercero Dora Mónica Vázquez Flores, se apersone al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo, se le tendrá por emplazada y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les practicarán por medio de lista que se publique en los estrados de este Órgano Colegiado, en términos del artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; asimismo,...

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