Aviso REF:511744

Fecha de publicación27 Octubre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
Agustín Cataño Navarro y María del Rosario Oronia Ibarra, en su carácter de terceros interesados.
En virtud de la demanda de amparo directo presentada por Julio César López Soto o Jonathan Urquidez López, contra el acto reclamado a la autoridad responsable Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia definitiva dictada en su contra el siete de marzo de dos mil ocho, dentro del toca penal 4187/2007, por la comisión del delito de homicidio calificado en grado de co-partícipe, por auto de once de diciembre de dos mil veinte, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 252/2020 y, de conformidad con el artículo 5º, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, este Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, consideró que a Agustín Cataño Navarro y María del Rosario Oronia Ibarra, les asiste el carácter de terceros interesados en el presente juicio de constitucional; por lo cual este Tribunal ordenó notificarle, por medio de edictos, en términos del artículo 27, fracción III, de la ley de la materia.
El edicto deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que dentro del término de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, Agustín Cataño Navarro y María del Rosario Oronia Ibarra, en su carácter de terceros interesados, se apersonen al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, se les tendrá por notificados y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos del artículo 29, de la actual Ley de Amparo; asimismo, hágase saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de garantías, se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.
Mexicali, Baja California, a siete de septiembre de dos mil veinte.
Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito.
Firma del...

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