Aviso REF:510641

Fecha de publicación08 Octubre 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito
Mexicali, B.C.
EDICTO
Ismael Hernández Molina y María de Lourdes Molina Morales, en su carácter de terceros interesados.
En virtud de la demanda de amparo directo presentada por los quejosos Jesús Francisco Ibarra Tapia y Juan Carlos Marín Llanos, en contra de la sentencia de dos de octubre de dos mil veinte, correspondiente a la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Baja California, con residencia en esta ciudad, dentro del toca penal 92/2020, por auto de doce de mayo de dos mil veintiuno, se radicó la demanda de amparo directo bajo el número 110/2021; y de conformidad con el artículo 5º, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo vigente, este Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, consideró que a la demanda le asiste el carácter de terceros interesados en el presente juicio de garantías; por lo cual este Tribunal ordenó notificarla, por medio de edictos, en términos del artículo 27, fracción III, incisos b) y c) de la Ley de Amparo vigente.
El edicto deberá publicarse tres veces, de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, Ismael Hernández Molina y María de Lourdes Molina Morales, en su carácter de terceros interesados, se apersonen al presente juicio, con el apercibimiento de que de no hacerlo así, se les tendrá por notificados y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les realizarán por medio de lista que se publica en los estrados de este órgano colegiado, en términos del artículo 29, de la actual Ley de Amparo; asimismo, hágase saber por medio del edicto en comento, que la copia de la demanda de garantías, se encuentra a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este órgano colegiado.
Mexicali, Baja California, a nueve de agosto de dos mil veintiuno.
Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito.
Firma del Secretario de Acuerdos.
Licenciado Héctor Andrés Arreola Villanueva.
Rúbrica.
(R.- 510641)

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