Aviso REF:510144

Fecha de publicación20 Agosto 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial Ciudad de México
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Décimo Primero de lo Civil
EDICTO
Por autos dictados con fechas veintiséis de abril, catorce de mayo y nueve de julio todos del dos mil veintiuno, dictados en los autos de las Diligencias de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA promovidas por GUILLERMO ERNESTO GARAVITO ESCOBAR SU SUCESION, para notificar a GALDINA VELASCO DE JUAREZ, JUAN EMILIO GAYTAN HERNANDEZ, MARIA GRACIELA CHAVEZ HERNANDEZ, JAVIER MONROY DIAZ, MARIA JUAREZ MALDONADO, en el principal relativo al expediente número 215/2021; la C. Juez Décimo Primero de lo Civil de la Ciudad de México, en términos del artículo 3047 del Código Civilpara la Ciudad de México, ordenó publicar los edictos correspondientes para citar a las personas que puedan considerarse perjudicadas con el presente procedimiento de inmatriculación, y dicto los siguientes autos:
1.- "LA SECRETARIA CERTIFICA: De acuerdo al Sistema de Registro de Cédulas Profesionales de la Primera Secretaria de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno de este H. Tribunal, el número de cédula profesional 3298917 expedida por la Dirección General de Profesiones, corresponde al número de folio 00031305 atribuida a GLORIA BAHENA LABRA . Conste.
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTISÉIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
- - - Con el escrito de cuenta, anexos documentos y copias simples que se acompañan, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número 215/2021 Guárdese en el Seguro del Juzgado los anexos exhibidos,
Se tiene por presentado a MARIA AMAPOLA MONICA GARAVITO LOPEZ, ALBACEA Y LEGATARIA A BIENES DE LA SUCESION DE GUILLERMO ERNESTO GARAVITO ESCOBAR, quien acredita su personalidad con las copias certificas del testimonio notarial número 26,059 (veintiséis mil cincuenta y nueve) pasada ante la fe del Notario Público número 7 de Cuernavaca Morelos.
Se tiene señalando domicilio para oír y recibir notificaciones, documentos y valores. Por autorizadas a las personas que indica, para los mismos efectos, así como para recibir notificaciones y documentos, autorizando a la letrada GLORIA BAHENA LABRA en términos del artículo 112 párrafo cuarto del Código deProcedimientos Civiles, quien queda facultada para intervenir en representación de la parte que las autoriza en todas las etapas procesales del juicio comprendiendo la de alzada y la ejecución, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial, incluyendo la de absolver y articular posiciones, debiendo en su caso, especificar, aquellas facultades que no se les otorguen, pero no podrán sustituir o delegar dichas facultades en un tercero. Los autorizados podrán renunciar a dicha calidad, mediante escrito presentado al tribunal, haciendo saber las causas de la renuncia, toda vez que de acuerdo a la certificación que antecede se encuentran registradas ante la Primera Secretaría de Acuerdos del H. Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Y respecto a la letrada YAMILETH KARINA GUTIERREZ JUAREZ deberá acreditar encontrarse legalmente autorizados para ejercer la profesión de abogado o Licenciado en Derecho, debiendo proporcionar los datos correspondientes en el escrito que se otorgue dicha autorización y exhibir su cédula profesional o carta de pasante en su primera intervención en el entendido que el autorizado que no cumpla con lo anterior, perderá las facultades antes aludidas en perjuicio de la parte que lo hubiere designado, y únicamente tendrán las que se señalan en la parte final del citado artículo; personas autorizadas que serán responsables de los daños y perjuicios que causen ante el que los autorice para el mandato y las demás conexas, los autorizados podrán renunciar a dicha calidad, mediante escrito haciendo saber las causas de la renuncia.
En términos del artículo 122 del Código Procesal Civil SE ADMITE a trámite la INMATRICULACION DEL INMUEBLE ubicado en CALLE DEL CALLEJON DEL PRADO NUMERO 21, COLONIA BARRIO DE SAN FRANCISCO EN LA DELEGACION MAGDALENA CONTRERAS, MEXICO DISTRITO FEDERAL. HOY CIUDAD DE MEXICO. C.P. 10500 con fundamento en el artículo 3047 Código Civil, se ordena publicar el edicto correspondiente para citar a las personas que puedan considerarse perjudicadas con el presente procedimiento de inmatriculación, por una sola vez, en el "Diario Oficial de la Federación", en el Boletín
Judicial de este Tribunal; en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México, Sección de Boletín Registral y en el Periódico "La Crónica". Asimismo, el promovente deberá fijar un anuncio de proporciones visible en la parte externa del inmueble en el que se informe, que las personas podrán comparecer ante el Juzgado Décimo Primero de lo Civil de esta Ciudad de México hacer valer sus derechos dentro del término de 15 días, quedando a su disposición en el seguro del Juzgado las copias para el traslado correspondiente.
Hechas las publicaciones, con las copias simples exhibidas debidamente selladas, foliadas y cotejadas, córrase traslado a GALDINA VELASCO DE JUAREZ y a los colindantes JUAN EMILIO GAYTAN HERNANDEZ, MARIA GRACIELA CHAVEZ HERNANDEZ, JAVIER MONROY DIAZ, MARIA JUAREZ MALDONADO y el Ministerio Público adscrito a este juzgado, para que dentro del término de QUINCE DÍAS contesten, la solicitud promovida, apercibidos que de no producir su contestación en el término concedido, se les tendrá por perdido el derecho a no ejercitarlo, ello con fundamento en el artículo 133 del Código deProcedimientos Civiles.
De igual forma deberá correrse traslado con las copias simple exhibidas al DELEGADO DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL y al SECRETARIO DE LA FUNCION PUBLICA para que en el término de QUINCE DIAS, la primera en cita manifieste si el inmueble a inmatricular es o no afecto al régimen comunal o ejidal y la segunda, para que manifieste si el predio materia del juicio es o no propiedad federal.
Y en atención a que el actor refiere bajo protesta de decir verdad que desconoce el domicilio de la codemandada, GALDINA VELASCO DE JUAREZ,con fundamento en lo dispuesto por el artículo 122, FRACCION II del Código Procesal Civil, gírense atentos oficios a la SECRETARIA DE MOVILIDAD DEL DISTRITO FEDERAL por medio de la TERMINAL UNICA, que se ubica físicamente en la PRIMERA SECRETARIA DE ACUERDOS DE LA PRESIDENCIA Y DEL PLENO DE ESTE TRIBUNAL, así mismo gírense oficios a, INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, REGISTRO NACIONAL DE POBLACION Y SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, para que se sirva informar a este Juzgado, sí en sus archivos se encuentra registrado algún domicilio de dicha persona física, proporcionando el último domicilio que tenga en sus registros.
ACUERDOS GENERALES EMITIDOS POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Se hace del conocimiento que en cumplimiento a las circulares 36-48/2012 de fecha veinte de noviembre del dos mil doce y acuerdo 50-09/2013 de fecha veintiséis de febrero del 2013 emitidos por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal se faculto al C. Secretario Conciliador adscrito a este juzgado para la elaboración y despacho de los oficios necesarios ordenados en los acuerdos relacionados con los juicios radicados en el juzgado.
CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA
En cumplimiento al acuerdo 10-03/2012, emitido por el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en sesión plenaria ordinaria celebrada el diecisiete...

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