Aviso REF:508677

Fecha de publicación02 Agosto 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito
Mexicali, Baja California
En el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Baja California, Mexicali, se tramita juicio de amparo 684/2020, promovido por Juan Vidauri Padilla, por propio derecho, y otros, contra actos del Juez de Control del Partido Judicial de Mexicali, Baja California y otras autoridades, en donde se ordenó publicación de edictos para emplazar a juicio a los terceros interesados Marialy Lizbeth Villareal Rivas y Delber Daniel Medina Carrillo. "ACTO RECLAMADO: a).- De las autoridades señaladas en los incisos del a) al e), del capítulo de autoridades responsables de esta demanda, ordenadoras se reclama el análisis, discusión, votación, aprobación, emisión, refrendo, promulgación, publicación y puesta en vigor del Código Nacional deProcedimientos Penales, en su primer acto de aplicación negativa, en perjuicio de los quejosos; en particular, el primer acto de aplicación negativa, en perjuicio de los quejosos del contenido del artículo 139 , del mismo; b).- Del Juez de Control del Partido Judicial de Mexicali, Baja California, se reclama la resolución de seis de octubre de dos mil veinte, dictada en el cuaderno preliminar 240/2018, en el que la autoridad responsable resolvió con base en el artículo 139 del Código Nacional de Procedimientos Penales, conceder una prórroga de treinta días en relación a las providencias precautorias decretadas". Edictos en términos del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República Mexicana, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente de la última publicación, se apersonen al presente juicio, apercibidos que de no hacerlo, se tendrán por debidamente emplazados y las subsecuentes notificaciones se les realizarán por medio de lista que se fijará en estrados del juzgado, conforme al artículo 26, fracción III, de la Ley de Amparo; la copia de demanda de amparo se encuentra a su disposición en este Juzgado. Se señalaron las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL...

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