Aviso REF:508383

Fecha de publicación16 Julio 2021
SecciónAvisos Judiciales y Generales
Estados Unidos Mexicanos
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito
en Chilpancingo, Gro.
EDICTO
Por este medio, en cumplimiento al acuerdo de diez de junio de dos mil veintiuno, dictado el juicio de amparo directo 99/2020, promovido por Inmobiliaria SANH, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su administrador único Carlos Eduardo Alarcón Pérez, este último también por propio derecho y como representante común de Antonio Alarcón Pérez, Hilda Pérez Bautista, Sandra Guadalupe Alarcón Pérez y Sandra Luz Román Organes, contra la sentencia de uno de octubre de dos mil diecinueve, dictada en el toca civil 366/2019, por la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero, con residencia en esta ciudad, y otro; se emplaza a juicio a Recuperfin Comercial, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en su carácter de tercera interesada, en virtud de que se desconoce su domicilio. Lo anterior, con apoyo en los artículos 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del supletorio Código Federalde Procedimientos Civiles. Se le hace saber que cuenta con el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto, para que acuda a este tribunal por conducto de apoderado o representante legal, a hacer valer lo que a su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibida que de no hacerlo se continuará el juicio y las posteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición en la secretaría de acuerdos de este órgano colegiado, copia simple de la demanda de amparo.
Chilpancingo, Guerrero, diez de junio de dos mil veintiuno.
El Secretario de Acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materias
Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito.
Lic. Rodolfo Ávalos Cárdenas.
Rúbrica.
(R.- 508383)

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