Aviso REF:244874

Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la Federación

Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Quintana Roo

Chetumal, Q. Roo

EDICTO

En los autos del Juicio de Amparo número 853/2006-III-A, promovido por ADMINISTRADORA BLUE 2234, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos de la JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO, PRESIDENTE DE SU ADSCRIPCION, Y DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO, todos con residencia en esta ciudad, en el que señaló como actos reclamados, literalmente los siguientes:

a) El acuerdo de fecha siete de septiembre del año dos mil seis, dictado por el Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Quintana Roo, con residencia en la ciudad de Chetumal, por el que ordenó se girara atento oficio al Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Quintana Roo, con oficinas en la ciudad de Chetumal, para que procediera a la cancelación de los gravámenes que pesaban sobre el bien inmueble de que se trata, entre ellos, la hipoteca constituida por Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, como fiduciaria en el fideicomiso irrevocable traslativo de dominio formalizado en la escritura pública número cuatro mil seiscientos cincuenta y ocho de fecha diez de noviembre del año mil novecientos ochenta y nueve, otorgada ante el Licenciado Fernando Agustín Cuevas Pérez, titular de la Notaría Pública número ocho del Estado de Quintana Roo, con circunscripción territorial en el Municipio de Othón P. Blanco de esta entidad federativa a favor de la institución bancaria denominada HSBC México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC, actualmente, antes Banco Internacional, Sociedad Anónima, Grupo Financiero Prime Internacional, después Banco Internacional, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital y cuyos derechos fueron cedidos a favor de mi representada, la cancelación de tales gravámenes fue ordenado con el fin de que pudiera inscribirse, como se inscribió, en dicha oficina registral, la transmisión de propiedad del inmueble de que se trata a favor del señor José Cuauhtémoc Novelo Piña actor en el juicio laboral que se menciona más adelante y en el cual éste último remató únicamente derechos del fideicomisario, misma transmisión que fue formalizada mediante escritura pública número ocho mil setecientos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR