Aviso REF:194369

PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PROCISA, S PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PROCISA, S.A. DE C.V.

(ANTES CORPORACION INDUSTRIAL LLANTERA, S.A. DE C.V.)

PROYECTOS CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES, PROCISA, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSION

En las respectivas asambleas generales extraordinarias de accionistas de Proyectos y Construcciones Procisa, S.A. de C.V. y, Proyectos Construcciones e Instalaciones, Procisa, S.A. de C.V., celebradas con fecha 16 de abril de 2004, se aprobó que se lleve a cabo la fusión de la primera de ellas, como fusionante, y de la segunda, como fusionada, de conformidad con las bases contenidas en los siguientes acuerdos: Primero.- Se conviene en que se lleve a cabo la fusión de Proyectos y Construcciones Procisa, S.A. de C.V. con Proyectos Construcciones e Instalaciones, Procisa, S.A. de C.V., la primera de ellas con el carácter de fusionante, y la segunda con el de fusionada, por lo que, al surtir efectos legales la fusión, subsistirá Proyectos y Construcciones Procisa, S.A. de C.V. y se extinguirá Proyectos Construcciones e Instalaciones, Procisa, S.A. de C.V. Segundo.- La fusión se efectuará tomando como base el balance de dichas sociedades al día 29 de febrero de 2004, cuyas cifras serán actualizadas y ajustadas, según proceda, a los montos que efectivamente se arrojen al operarse la fusión. Tercero.- La fusión tendrá efecto entre Proyectos y Construcciones Procisa, S.A. de C.V. y Proyectos Construcciones e Instalaciones Procisa, S.A. de C.V. a partir del 30 de abril de 2004 y ante terceros en el momento de la inscripción de los acuerdos de fusión en el Registro Público de Comercio de México, Distrito Federal. La fusionante responderá del pago inmediato de sus adeudos y de los adeudos de la fusionada a sus respectivos acreedores que desearen hacer efectivos anticipadamente los adeudos a su favor. Cuarto.- Al llevarse a cabo la fusión, la fusionante absorberá incondicionalmente todos los activos y pasivos de la fusionada, y adquirirá a título universal todo el patrimonio y los derechos de ésta, quedando a su cargo, como si hubiesen sido contraídos por la propia fusionante, todos los adeudos y responsabilidades de la fusionada, subrogándose la fusionante en todos los derechos y obligaciones de la fusionada de índole mercantil, civil, fiscal y de cualquier otra naturaleza, sin excepción. Quinto.- Al operarse la fusión: (1) El capital social mínimo fijo sin derecho a retiro de Proyectos y Construcciones Procisa, S.A. de C.V., que...

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