Aviso REF:187282
Estados Unidos Mexicanos Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Servicio de Administración Tributaria
Administración General de Recaudación
Administración Local de Recaudación del Oriente del D.F.
Subadministración de Control de Créditos
Oficio 322-SAT-09-IV-SCCREDITOS-CC-91536
ACUERDO DE NOTIFICACION POR EDICTO
Toda vez que el deudor, Octubre Cielo, S.A. de C.V., con R.F.C. OCI020220JB0, no informó de su cambio de domicilio en esta Administración Local del Oriente del D.F. y al constituirse el notificador(es), Sergio Argüello Tolentino y Adrián Lozada García en el domicilio ubicado en calle del Carmen 20 B Centro de la Ciudad de México, Area 3 San Idelfonso y J. Sierra, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06020, lo cual se hace constar mediante actas circunstanciadas de fechas, 30 de julio y 13 de agosto de 2003, informando que al constituirse en la dirección indicada en el documento, el local está cerrado al preguntar en el local A denominado Artículos de Importación y Nacional manifiesta una persona quien se niega a proporcionar su nombre que el local B los dueños son unas personas de origen coreano, que tiene como un mes que cerraron y no sabe si cambiaron de domicilio, asimismo informa que dichas personas se dedican a la venta de calcetines, por lo que se encuentra desaparecido y se ignora su domicilio. Y en virtud de que esta Administración Local de Recaudación del Oriente del D.F. controla los créditos de la liquidación determinada en la Resolución número 326-SAT-A32-30832 de fecha 25 de abril de 2003, emitido por Servicio de Administración Tributaria, Administración General de Aduanas, Aduana de Querétaro, por la no acreditación de la mercancía de procedencia extranjera solicitada al señor José Luis Alvares Murillo y de conformidad al oficio 326-SAT-A32-3 0106 de fecha 20 de enero de 2003, con el cual se le genera el (los) siguiente(s) concepto(s): pago del Impuesto al Comercio Exterior a la Importación Sector Privado (otros) $1'478,400.00 (un millón cuatrocientos setenta y ocho mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), multas establecidas en la Ley Aduanera y su reglamento $1'921,920.00 (un millón novecientos veintiún mil novecientos veinte pesos 00/100 M.N.), multas derivadas de infracciones establecidas en la Ley Aduanera y su reglamento $22'513,920.00 (veintidós millones quinientos trece mil novecientos veinte pesos 00/100 M.N.), multas derivadas de infracciones establecidas en la Ley Aduanera y su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba