Aviso REF:153786

••Estados Unidos Mexicanos ••Estados Unidos Mexicanos

Procuraduría General de la República

Delegación Estatal Puebla

Agencia Octava Investigadora del Ministerio Público de la Federación

Sección Penal

Mesa: I

Oficio: 1005

Expediente A.P. 67/2000/8a.

NOTIFICACION POR EDICTO

Asunto: Se notifica aseguramiento.

Quien resulte ser el legítimo propietario del combustible gasolina Magna Sin que a continuación se describe:

En cumplimiento a mi acuerdo de esta misma fecha y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, 102 apartado “A” constitucionales; 2o., 123 del Código Federal de Procedimientos Penales; artículos 7o., 8o. fracción II, 9o., tercer párrafo, 44 fracción I de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, le notificó que con fecha doce de mayo del año dos mil se decretó el aseguramiento precautorio del siguiente bien de su propiedad: combustible gasolina Magna, con un volumen de 16,650 litros; mismo que no podrá enajenar ni gravar y en un término de seis meses, contado a partir de la presente notificación, deberá manifestar lo que a su derecho convenga, y de no realizar ninguna manifestación causará abandono a favor de la Federación, en términos en lo dispuesto por el artículo 46 y demás relativos de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Puebla, Pue., a 30 de octubre de 2001.

El Agente del Ministerio Público...

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