Aviso REF:000280

Fecha de publicación12 Enero 2023
SecciónAvisos Judiciales y Generales
AVISO AL PÚBLICO
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del procedimiento de declaración especial de ausencia para personas desaparecidas expediente 288/2022, el Juez Cuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, Eduardo Hernández Sánchez, ordenó por auto de dieciséis de diciembre de dos mil veintidós, la publicación de un edicto para hacer del conocimiento de la sociedad la desaparición de Marco Antonio Orgen Maldonado, para el efecto de que sí hay alguien que tenga noticia de su paradero y oposición de alguna persona interesada, lo haga del conocimiento de este órgano jurisdiccional.
Asimismo, se hace saber que Irma Virginia, Jocelyn y Tania, todas de apellidos Orgen Calderón, hijas del desaparecido Marco Antonio Orgen Maldonado, fueron quienes promovieron el procedimiento de declaración especial de ausencia para personas desaparecidas expediente 288/2022 y en síntesis manifestó lo siguiente:
"... ||.- EL NOMBRE, PARENTESCO O RELACION DE LA PERSONA SOLICITANTE CON LA PERSONA DESAPARECIDA Y SUS DATOS GENERALES;
IRMA VIRGINIA ORGEN CALDERÓN, hija de MARCO ANTONIO ORGEN MALDONADO, de 40 añosde edad.
JOCELYN ORGEN CALDERÓN, hija de MARCO ANTONIO ORGEN MALDONADO, de 42 años de edad.
TANIA ORGEN CALDERÓN, hija de MARCO ANTONIO ORGEN MALDONADO, de 39 años de edad.
II. EL NOMBRE, FECHA DE NACIMIENTO Y EL ESTADO CIVIL DE LA PERSONA DESAPARECIDA;
MARCO ANTONIO ORGEN MALDONADO, con fecha de nacimiento el 03 de febrero de 1956, en Huauchinango, Puebla. Casado con Valentina Calderón Romero, los cuales se encontraban separados.
III.- LA DENUNCIA PRESENTADA AL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FISCALIA ESPECIALIZADA O DEL REPORTE A LA COMISION NACIONAL DE BUSQUEDA, EN DONDE SE NARREN LOS HECHOS DE LA DESAPARICION;
Actualmente se encuentra la averiguación previa número AP/PGR/SDHPDSC/UEBPD/M23/004/2014, radicada en la Fiscalía Especializada en lnvestigación de Delitos de Desaparición Forzada, de la Fiscalía General de la Republica, a cargo del licenciada María de Lourdes Palacios Espinosa, Agente del Ministerio Público de la Federación.
(...)
IV.- LA FECHA Y LUGAR DE LOS HECHOS RELACIONADOS CON LA DESAPARICIÓN (...)
Dentro de mi declaración, en la averiguacn previa AP/PGR/SDHPDSC/UEBPD/M23/004/2014, manifesté que el 17 de noviembre de 2013, en la Sierra Norte en los límites de los Estados de Puebla y Veracruz.
V.- EL NOMBRE Y EDAD DE LOS FAMILIARES O DE AQUELLAS PERSONAS QUE TENGAN UNA RELACIÓN SENTIMENTAL AFECTIVA INMEDIATA Y COTIDIANA CON LA PERSONA DESAPARECIDA;
· IRMA VIRGINIA ORGEN CALDERÓN, hija de MARCO ANTONIO ORGEN MALDONADO,de 40 años de edad, con fecha de nacimiento 23 de marzo de 1992.
· JOCELYN ORGEN CALDERÓN, hija de MARCO ANTONIO ORGEN MALDONADO, de 42 años de edad, con fecha de nacimiento 01 de julio de 1980.
· IRMA TANIA ORGEN CALDERÓN, hija de MARCO ANTONIO ORGEN MALDONADO, de 39 años de edad, con fecha de nacimiento 05 de septiembre de 1983.
· CRISTINA ALHELÍ ORGEN MENDOZA, hija de MARCO ANTONIO ORGEN MALDONADO, edad y fecha de nacimiento desconocida.
VI.- LA ACTIVIDAD A LA QUE SE DEDICA LA PERSONA DESAPARECIDA, ASÍ COMO NOMBRE Y DOMICILIO DE SU FUENTE DE TRABAJO Y, SI LO HUBIERE, DATOS DEL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL AL QUE PERTENEZCA LA PERSONA DESAPARECIDA;
MARCO ANTONIO ORGEN MALDONADO:
a) Extrabajador de la extinta compañía de Luz y Fuerza del Centro, liquidada en el año de 2009.
b) Realizaba trabajos propios de su profesión como Ingeniero Civil, tales como levantamientos de terrenos y promociones en ventas de terrenos en Nuevo Necaxa, Puebla.
c) Asociado de una sociedad cooperativa que se dedica a la explotación de piedra en Tenangode Doria,
situada en el Estado de Hidalgo.
En proveído de 16 de diciembre de 2022, se determinó lo siguiente:
"(...) En tal virtud, se tiene a Irma Virginia, Jocelyn y Tania, todas de apellidos Orgen Calderón iniciando el procedimiento especial de declaración de ausencia para personas desaparecidas, el cual se admite con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7, 14, 15, 16 y 17 y demás relativos a la Ley Federalde Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas y 70 del supletorio Código Federal deProcedimientos Civiles.
En tales circunstancias, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 15 del ordenamiento legal en comento, requiérase al Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Búsqueda de Personas Desaparecidas, a la Comisión Nacional de Búsqueda y a la Comisión Ejecutiva a efecto de que remitan la información pertinente que obre en sus expedientes, en copia certificada, respecto de Marco Antonio Orgen Maldonado, lo que deberán hacer en el término de diez...

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