Aviso para la realización del refrendo de empadronamiento de los comerciantes permanentes que desarrollan actividades comerciales en los Mercados Públicos de la Ciudad de México

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

AVISO PARA LA REALIZACIÓN DEL REFRENDO DE EMPADRONAMIENTO DE LOS COMERCIANTES PERMANENTES QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES COMERCIALES EN LOS MERCADOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Salomón Chertorivski Woldenberg, Secretario de Desarrollo Económico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15, fracción III, 16, fracción IV, 25, fracciones I, II y XVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 5°, fracción I, 7º, fracción III, inciso E), 8° y 51, fracción V, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que a la Secretaría de Desarrollo Económico corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades económicas, en los sectores industrial, comercial y de servicios; así como dictar normas y disposiciones generales para que los Órganos Políticos-Administrativos ejerzan las atribuciones que les conceden las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Que los artículos 39, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 124, fracción XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, prevén que es competencia de los Órganos Político Administrativos la administración de los mercados públicos, la cual se llevará a cabo atendiendo a la normativa que la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México expida.

Que el empadronamiento de los comerciantes en los Mercados Públicos deberá ser refrendado gratuitamente durante el mes de enero de cada año, siempre y cuando subsistan las circunstancias que fundaron el empadronamiento; trámite que deberá llevarse a cabo ante la Ventanilla Única Delegacional (VUD) correspondiente; de conformidad con lo señalado en el artículo 31 del Reglamento de Mercados para el Distrito Federal y los numerales Décimo Quinto, fracción II, Décimo Sexto, Vigésimo Quinto y Vigésimo Sexto de los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal; he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO PARA LA REALIZACIÓN DEL REFRENDO DE EMPADRONAMIENTO DE LOS COMERCIANTES PERMANENTES QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES COMERCIALES EN LOS MERCADOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Artículo 1.- El presente Aviso tiene por objeto difundir el trámite que se realiza para el refrendo del empadronamiento de los...

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