Aviso por el que se realiza la tercera modificación al Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del programa, “Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México” (FOCOFESS 2020), publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 31 de enero de 2020

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

DRA. HAYDEÉ SOLEDAD ARAGÓN MARTÍNEZ, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en los artículos: 25 párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 fracción V, 5 fracción IX, 10 fracciones V, VII y IX, 14 fracción V, 33, 34 y 35 de la Ley General de Desarrollo Social; 1, 2, 3, 4 fracción IV, 6, 8, 42 fracción V, 44 fracción VI, 45 fracción III y 48 de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía; 1, 2, 3, 5, 6, 8, 12 último párrafo, 13, 21 fracciones I y II y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas; 1 numeral 5, 3 numeral 2 inciso a), 7 apartado A, punto 1 y apartado B, 10 apartado A, apartado B, numeral 11, apartado D, numerales 1 y 2, 11 apartado A y apartado B numerales 1 y 2 inciso a), 17 apartado A numeral 1, inciso g), apartado B numeral 3, inciso b) e inciso d), numerales 7 y 9, así como 59 apartado F, numeral 3, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 11 fracción I, 13, 14, 16 fracción XVII, 18, 20 fracción IX y 41 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y 7 fracción XVII, inciso B), 221 fracciones XI y XII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 124 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 32 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 1, 4 fracciones I y III y 50 de su Reglamento; 1, 2, 3 fracción I, 4, 5, 7, 9 inciso A) fracciones I, II y III, 12, 16, 18, 19, 20, 22 y 23 de la Ley de Fomento Cooperativo para el Distrito Federal y 1, 4 primer párrafo, 6 fracciones IV, VI y XV 11 y 13 fracción V de su Reglamento; y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; así como en el Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa "Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México" (FOCOFESS 2020) para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 31 de enero de 2020 y en sus posteriores Acuerdos modificatorios publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 18 de mayo y 23 de julio, ambos de 2020; y

CONSIDERANDO

Que en cumplimiento al artículo 34 segundo párrafo, fracción I de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 51 de su Reglamento, con fecha 31 de enero de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa "Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México" (FOCOFESS 2020) para el Ejercicio Fiscal 2020.

Que con fecha 31 de marzo de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el "Aviso por el que se da a conocer la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor del Consejo de Salud de la Ciudad de México, en concordancia con la emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General, para controlar, mitigar y evitar la propagación del COVID-19"; a través del cual, se emite la Emergencia Sanitaria en la Ciudad de México, instruyendo asumir y adecuar las acciones establecidas en la Declaratoria de Emergencia Nacional del Consejo de Salubridad General del Gobierno de México.

Que el día 1º de abril de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el "Tercer Acuerdo por el que se determinan acciones extraordinarias en la Ciudad de México para atender la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, en concordancia con el Acuerdo del Consejo de Salubridad General del Gobierno Federal, con el propósito de evitar el contagio y propagación del COVID201319", estableciendo en su punto Primero, fracción II, que solo podrían continuar en funcionamiento las actividades esenciales, señalando entre éstas, las relacionadas directamente con la operación de Programas Sociales.

Que con fecha 18 de mayo de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se modifica y adiciona el Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa "Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México" (FOCOFESS 2020) para el Ejercicio Fiscal 2020; en cuyas modificaciones se adicionó el apartado 19, a efecto de normar el procedimiento de instrumentación de dicho Programa, durante la Emergencia Sanitaria.

Que con fecha 23 de julio de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se realiza la segunda modificación al Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa "Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México" (FOCOFESS 2020) para el ejercicio fiscal 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 31 de enero de 2020.

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de septiembre de 2020

Que en situaciones de Emergencia Sanitaria, los Programas Sociales pasan a ser una actividad esencial para el Gobierno de la Ciudad de México, como detonante laboral y económico; por lo que dada la prolongación de la actual emergencia sanitaria, se determinó necesario ajustar el presupuesto del Programa "Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México" (FOCOFESS 2020) para el Ejercicio Fiscal 2020, y en consecuencia, sus metas físicas y financieras.

Que el artículo 20 Bis de la Ley de Procedimiento Administrativo, faculta a las autoridades para que, en caso de riesgo a la integridad física y salubridad de las personas, procedan directamente a la ejecución de los trabajos pertinentes para la atención de las medidas de que se trate.

Que en situación de contingencia, desastre o emergencia especial en la Ciudad de México, las Reglas de Operación del Programa "Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México" (FOCOFESS 2020) para el Ejercicio Fiscal 2020, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 31 de enero de 2020, prevén la posibilidad de variar los requerimientos y documentación solicitada.

Que dentro de la actual emergencia sanitaria, resulta menester otorgar con la mayor prontitud y en la forma más expedita, los apoyos a las Cooperativas beneficiarias del Programa FOCOFESS 2020 y anterior; sin embargo, a razón de la dificultad actual que tienen las Cooperativas beneficiarias para concluir con su trámite fiscal y bancario, es preciso reajustar el procedimiento establecido para el otorgamiento de los apoyos y homologar los requisitos establecidos para tal efecto, especialmente por lo que hace al Subprograma de Fomento y Constitución de Empresas Sociales y Solidarias.

Que la información derivada de la operación de Programas, debe ser accesible y visible al gobernado en todo momento.

Que el Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, aprobó y validó la modificación al Programa "Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México" (FOCOFESS 2020) para el ejercicio fiscal 2020, en su 19ª. Sesión Extraordinaria 2020, celebrada el 21 de septiembre de 2020; por lo que, con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas, tengo a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE REALIZA LA TERCERA MODIFICACIÓN AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA "FOMENTO, CONSTITUCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE EMPRESAS SOCIALES Y SOLIDARIAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO" (FOCOFESS 2020), PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL 31 DE ENERO DE 2020.

ÚNICO.- Se modifican lo puntos 4.2, 5, 6, 7.1, 7.2, 19, 19.1, 19.2, 19.3 y 19.4 adicionándose el punto 19.5; todos, del Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa "Fomento, Constitución y Fortalecimiento de Empresas Sociales y Solidarias de la Ciudad de México" (FOCOFESS 2020) para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 31 de enero de 2020 y sus acuerdos modificatorios de 18 de mayo y 23 de julio, ambos de 2020; para quedar como sigue:

"4.2 Objetivos y acciones específicas

Los objetivos específicos del Programa FOCOFESS 2020, son:

Fomentar la constitución legal de hasta 138 Organizaciones Sociales que realicen actividades de producción, distribución, comercialización y/o consumo de bienes y/o servicios en la Ciudad de México, bajo un esquema solidario de participación en la toma de decisiones y reparto de las ganancias, con domicilio fiscal y comercial en la Ciudad de México, mediante un apoyo económico directo e indirecto total, por la cantidad de hasta $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

Fortalecer hasta 276 Cooperativas, con domicilio fiscal y comercial en la Ciudad de México, que realicen actividades de producción distribución, comercialización y/o consumo de bienes y/o servicios en la Ciudad de México, mediante un apoyo económico directo e indirecto total, por la cantidad de hasta $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

El Programa FOCOFESS 2020, reconoce como grupos de atención prioritaria, a los establecidos en el artículo 11 "Ciudad incluyente" de la Constitución Política de la Ciudad de México, entre los que se encuentran de manera enunciativa: mujeres, personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas de la comunidad LGBTTTI, personas de comunidades indígenas, entre otras.

Las principales acciones específicas del Programa FOCOFESS 2020, son:

Brindar apoyos económicos indirectos para cubrir los gastos de asistencia técnica...

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