Aviso de Prevención L.C.P. María del Rocío Quintero González, Presidenta de la Organización Civil de Ciudadanos Denominada 'Nueva Generación Azteca, A.P.N. Se Concede Tres Días Hábiles a Efecto de Que Subsane las Omisiones Relativas Al Cumplimiento de los Requisitos y Acompañamiento de la Documentación Estipulados en los Artículos 45 y 46 del Citado Reglamento para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Estatales; Apercibido de Que de no Hacerlo en Dicho Lapso, éstos Se Tendrán por no Presentados para Todos los Efectos Legales a Que Haya LUGAR.

Tomo 101, Colima, Col., Miércoles 22 de Junio del año 2016; Núm. 35, pág. 1140.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO

AVISO DE PREVENCIÓN

L.C.P. MARÍA DEL ROCÍO QUINTERO GONZÁLEZ, PRESIDENTA DE LA ORGANIZACIÓN CIVIL DE CIUDADANOS DENOMINADA "NUEVA GENERACIÓN AZTECA, A.P.N. SE CONCEDE TRES DÍAS HÁBILES A EFECTO DE QUE SUBSANE LAS OMISIONES RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Y ACOMPAÑAMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN ESTIPULADOS EN LOS ARTÍCULOS 45 Y 46 DEL CITADO REGLAMENTO PARA LA CONSTITUCIÓN Y REGISTRO DE PARTIDOS POLÍTICOS ESTATALES; APERCIBIDO DE QUE DE NO HACERLO EN DICHO LAPSO, ÉSTOS SE TENDRÁN POR NO PRESENTADOS PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.

Oficio No. IEE-CTCRPPE-27/2016

Colima, Col., 08 de junio de 2016

AVISO DE PREVENCIÓN

L.C.P. MARÍA DEL ROCÍO QUINTERO GONZÁLEZ

PRESIDENTA DE LA ORGANIZACIÓN CIVIL DE CIUDADANOS DENOMINADA "NUEVA GENERACIÓN AZTECA, A.P.N."

P R E S E N T E

A través de este conducto hago de su conocimiento que en el desarrollo de Sesión de la Comisión Temporal para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Estatales, celebrada en esta misma fecha, sus consejeros integrantes determinaron que, con fundamento en lo previsto en el artículo 49 del Reglamento para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Estatales y en virtud de la inobservancia de las disposiciones contenidas en los numerales 45 y 46 del referido Reglamento, es procedente PREVENIR a la Organización Ciudadana que Usted representa en los términos siguientes:

ÚNICO: Se concede tres días hábiles a efecto de que subsane las omisiones relativas al cumplimiento de los requisitos y acompañamiento de la documentación estipulados en los artículos 45 y 46 del citado Reglamento; apercibido de que de no hacerlo en dicho lapso, éstos se tendrán por no presentados para todos los efectos legales a que haya lugar.

Lo anterior en virtud de que si bien es cierto que la organización presentó en su oportunidad el Informe de Intención a que se refieren los artículos señalados en el párrafo que antecede, con fecha 19 de marzo próximo pasado se aprobó, mediante Acuerdo número IEE/CG/A010/2016, el Reglamento para la Constitución y Registro de Partidos Políticos Estatales, y toda vez que dicho ordenamiento se emitió en fecha posterior a la presentación del referido Informe, en sus artículos Transitorios Tercero, Cuarto y Quinto se estableció la obligación de que los requisitos y

formatos que debieron cumplir y acompañar las...

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