Aviso mediante el cual se informa la supresión del “Sistema de Datos Personales de Canalización y Seguimiento de Adicciones (SICASE)”

INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES

DR. JOSÉ ANTONIO ALCOCER SÁNCHEZ, Director General del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 3 numeral 2, inciso b, 33 numeral 1 y 60 numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 3 fracciones I, III y XII, 11 fracción II, 44 fracción I, 45, 50, 52, y 74 fracciones I, IV, y XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 62, 63, 66 fracción II, 71 fracciones I, IV, XI y XXVI de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México; 18 fracciones I, IV, V y XXXV del Estatuto Orgánico del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México; los dos últimos ordenamientos en cita vigentes en términos del Quinto Transitorio de la Ley de Salud de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial el 09 de agosto de 2021; 36 y 37 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados de la Ciudad de México y 71 de los Lineamientos de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 62 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México, establece que el Instituto es un organismo descentralizado de la Administración Pública de la Ciudad de México con personalidad jurídica y patrimonio propios, dotado de autonomía presupuestal, técnica, operativa y administrativa.

Que el artículo 36 de la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas de la Ciudad de México, señala que el Instituto es la instancia normativa respecto a la intervención, tratamiento y rehabilitación del consumo de sustancias psicoactivas.

Que el artículo 9 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados de la Ciudad de México, establece que el Responsable del tratamiento de Datos Personales observará los principios de: calidad, confidencialidad, consentimiento, finalidad, información, lealtad, licitud, proporcionalidad, transparencia y temporalidad.

Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA LA SUPRESIÓN DEL "SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE CANALIZACIÓN Y SEGUIMIENTO DE ADICCIONES (SICASE)".

ÚNICO.-202fSe da a conocer el enlace electrónico del...

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