Aviso mediante el cual se dan a conocer los enlaces electrónicos donde podrá consultarse los Acuerdos por los que se modifican los Sistema de Datos Personales “Premio de la juventud del Distrito Federal”; “Los jóvenes unen al barrio”; “Padrón de proveedores de bienes o servicios”, y “Recursos humanos”

INSTITUTO DE LA JUVENTUD JAVIER ALBERTO HERNÁNDEZ PLATA, persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de la Ciudad de México, y en ejercicio de la atribución que me fue conferida en la fracción I del artículo 148 de la Ley de los Derechos de las Personas Jóvenes en la Ciudad de México y del artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, así como con fundamento en los artículos 36, y 37 fracciones I y II de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, 69 de los Lineamientos de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados de la Ciudad de México y CONSIDERANDO Que se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable, así como aquella que presenten los particulares a los sujetos obligados, siempre que tengan el derecho a ello y sólo podrá tener acceso a ésta los titulares de la misma, sus representantes y las personas servidoras públicas facultadas para tal fin, ello de conformidad con el artículo 186 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 base A fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 7 Apartado E, numeral 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México, la información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida por los sujetos obligado en los términos y con las excepciones que fijen las leyes en la materia. Que con fundamento en el artículo 36 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, el titular de los sujeto obligados en su función de responsable del tratamiento de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia, determinará la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales, dichos sistemas tienen como finalidad cumplir con la transparencia, responsabilidad y licitud en el tratamiento de datos personales. Que de conformidad con el Artículo 37 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, el sujeto obligado tiene la obligación de publicar en la Gaceta de la Ciudad de México, la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales a su cargo. por lo que he tenido a bien expedir el siguiente...

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