Aviso mediante el cual se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Obras de la Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal Registro MEO-11/020217-OD-SEDUVI-AEPDF-22/010916

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AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO

ROBERTO JESÚS REMES TELLO DE MENESES, Coordinador General de la Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal, en su carácter de Presidente del Subcomité de Obras, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 8-F inciso

a), 8-H fracción I del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; y 1, 2, 3 fracción IV, 4, 7 fracción II, 19, y 198 A del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ DE OBRAS DE LA AUTORIDAD DEL ESPACIO PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL REGISTRO: MEO-11/020217-OD-SEDUVI-AEPDF-22/010916

CONTENIDO

I MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN.

II OBJETIVO GENERAL

III INTEGRACIÓN

IV ATRIBUCIONES

V FUNCIONES

VI CRITERIOS DE OPERACIÓN

VII PROCEDIMIENTO (S)

VIII GLOSARIO

IX VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN

I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN

Constitución

  1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma 29 de enero de 2016.

    Estatuto

  2. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 1994. Última reforma 27 de junio de 2014.

    Leyes

  3. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04 de enero del 2000. Última reforma el 13 de enero de 2016.

  4. Ley de Obras Públicas del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998. Última reforma 17 de septiembre de 2015.

  5. Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de octubre de 2008. Última reforma el 28 de noviembre de 2014.

  6. Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de mayo de 2004. Última reforma el 25 de mayo de 2016.

  7. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2009. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de diciembre de 2016.

  8. Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de diciembre de 2016.

  9. Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 08 de julio de 2012. Última reforma el 27 de noviembre de 2014.

    Decretos

  10. Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017.

  11. Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de diciembre de 2016.

    Reglamentos

  12. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 2010.

  13. Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 1999. Última reforma el 10 de julio de 2009.

  14. Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2004. Última reforma el 17 de junio de 2016.

  15. Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 08 de marzo de 2010.

    Manuales

  16. Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero de 2006. Última reforma el 28 de febrero de 2007.

    Normas

  17. Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal.

    Políticas

  18. Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 07 noviembre de 2000.

    El Marco Jurídico es enunciativo más no limitativo y se ajustará conforme a las disposiciones vigentes en la materia.

    II. OBJETIVO GENERAL

    El presente Manual tiene por objeto el brindar al Subcomité de Obras de la Autoridad del Espacio Público del Distrito

    Federal, un instrumento que contenga la integración, funcionamiento y demás directrices básicas del referido Cuerpo

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    Colegiado, para que en el ejercicio de sus funciones verifique el cumplimiento normativo y administrativo de la contratación relacionada con la obra pública mediante la toma de decisiones, emisión de dictámenes, generación de directrices y políticas internas en sus respectivas competencias, las cuales tendrán por objeto que la obra pública se realice de manera racional, óptima, eficiente y transparente, vigilando las acciones referentes a la planeación, programación, presupuestación, gasto, ejecución, conservación, mantenimiento y control de la misma y de los servicios relacionados con ésta se encuentren en apego a lo establecido en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

    III. INTEGRACIÓN

    De conformidad con lo establecido en el artículo 8º-F del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, el Subcomité de Obras se integrará de la siguiente manera:

    Cargo Responsable

    Presidente Coordinador General de la Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal.

    Secretario Técnico Será designado por el Presidente del Subcomité.

    Dirección General de Proyectos, Construcción e Infraestructura. Dirección General de Gestión, Vinculación y Asuntos Jurídico-Normativos. Dirección Ejecutiva de Edificación del Espacio Público.

    Vocales Dirección Ejecutiva de Proyectos.

    Dirección Ejecutiva de Administración en la Autoridad del Espacio Público del Distrito Federal.

    Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos.

    Dos ciudadanos que serán acreditados y designados en términos de la Ley de Contralores Ciudadanos Participación Ciudadana del Distrito Federal.

    Asesores El Contralor Interno en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

    Invitados Servidores públicos y/o especialistas en la materia que serán invitados cuando sea requerida su presencia por el Presidente del Subcomité.

    III.1 DE LAS DESIGNACIONES Y MECANISMO DE SUPLENCIA

    III.1.1 En caso de ausencia del Presidente, éste será suplido por el servidor público que expresa y formalmente designe el mismo, el cual tendrá el carácter de Presidente Suplente.

    III.1.2 El Presidente designará al Secretario Técnico y por lo tanto no tendrá suplencia, sólo en casos excepcionales o de fuerza mayor, el Presidente podrá designar por única ocasión a otro servidor público para que funja como Secretario Técnico para determinada Sesión.

    III.1.3 Los Vocales, Asesores e Invitados del Subcomité podrán designar, en caso de ausencia, mediante oficio de acreditamiento un suplente, eligiendo preferentemente al servidor público jerárquicamente inmediato inferior, según las respectivas estructuras dictaminadas.

    III.1.4 Los suplentes asumirán las facultades, funciones y responsabilidades que a los titulares correspondan.

    III.1.5 Los Contralores Ciudadanos no tendrán suplencia.

    IV. ATRIBUCIONES

    REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL

    Artículo 8-H.- Para el cumplimiento de su objeto, los Subcomités de Obras, además de las que expresamente señala la Ley, tendrán las siguientes facultades y obligaciones:

    Para el cumplimiento de su objeto, se delegan al Subcomité de Obras, las siguientes funciones:

    IV.1 En Materia de Normas:

    IV.1.1 Elaborar y someter al Comité Central el Manual de Integración y Funcionamiento, para su aprobación;

    IV.1.2 Difundir entre los miembros del Subcomité las normas vigentes en materia de obras publicas y servicios relacionados con la misma;

    IV.1.3 Promover la estricta observancia de la normatividad en materia de obra pública, aplicar y difundir la Ley Local, el Reglamento y demás disposiciones aplicables; así como la Ley Federal y su Reglamento y coadyuvar a su debido cumplimiento;

    IV.1.4 Realizar propuestas sobre normas que regulen las Obras y los Servicios Relacionados con las Mismas observando las disposiciones Legales y Normativas en Materia de Obra Pública, tanto Local como Federal;

    IV.1.5 Emitir su opinión respecto a proyectos de obra cuando le sea solicitada.

    IV.1.6 Observar las políticas que defina el Comité Central, respecto a proyectos específicos.

    IV.1.7 Aclarar las dudas que se presenten por parte de las unidades administrativas y dar solución a las consultas relacionadas con la Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas;

    IV.1.8 Promover iniciativas para agilizar el Marco Legal que encuadra la Obra Pública y los Servicios Relacionados con las Mismas;

    IV.1.9 Dar seguimiento al cumplimiento de sus acuerdos;

    IV.1.10 Dictaminar sobre la procedencia de los casos de excepción previstos en el Artículo 63 de la Ley local y artículo 42 de la Ley Federal y resolver sobre la procedencia de realizar los convenios especiales previstos en el párrafo quinto del Artículo 56 de la Ley Local; y

    IV.1.11 Verificar el estricto cumplimiento de las normas vigentes en material de obra pública.

    IV.1.12 Cumplir con las políticas y lineamientos establecidos por el Comité Central en materia de obra pública.

    IV.1.13 Las demás que le confieran las disposiciones aplicables en la materia.

    IV.2 En Materia de Organización:

    IV.2.1 Establecer el Calendario Anual para las Sesiones Ordinarias del Subcomité;

    IV.2.2 Organizar el Subcomité aplicando los lineamientos generales y las políticas que emita en el ámbito de sus atribuciones el Comité Central;

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