Aviso mediante el cual la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones informa del inicio de la investigación radicada bajo el número de expediente AI/DE-002-2016, por la probable comisión de conductas contrarias a la legislación aplicable en materia de competencia económica

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EmisorInstituto Federal de Telecomunicaciones

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.- Autoridad Investigadora. "Aviso mediante el cual la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones informa del inicio de la investigación radicada bajo el número de expediente AI/DE-002-2016, por la probable comisión de conductas contrarias a la legislación aplicable en materia de competencia económica.

Con fundamento en los artículos 28, párrafo décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 5, primer párrafo, 12, fracciones I y XXX, 26, 27 y 28, fracciones I y XI, 54, 56, fracciones V, XI y XII, 58, 59, 66, primer párrafo, 69, fracción I y 71, párrafos primero y segundo de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el veintitrés de mayo de dos mil catorce; 7, párrafos primero y tercero de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el DOF el catorce de julio de dos mil catorce; 58 y 60 de las Disposiciones Regulatorias de la LFCE para los sectores de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Disposiciones Regulatorias), publicadas en el DOF el doce de enero de dos mil quince; así como 1, párrafos primero y tercero, 4, fracción VI y 62, fracciones VII, VIII y XVIII del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, publicado en el DOF el cuatro de septiembre de dos mil catorce, mismo que fue modificado mediante acuerdo del Pleno de este Instituto, el cual se publicó en el DOF el diecisiete de octubre de dos mil catorce (Estatuto Orgánico), se emite el presente aviso de inicio de investigación por denuncia identificada bajo el número de expediente número AI/DE-002-2016, toda vez que esta Autoridad considera necesario el ejercicio de su facultad investigadora por la posible comisión de diversas prácticas monopólicas relativas establecidas en las fracciones V, XI y XII del artículo 56 de la LFCE, en los mercados de servicios de interconexión; acceso a Internet de banda ancha; Internet directo empresarial; acceso y uso compartido de infraestructura activa y/o pasiva, y servicio de fibra obscura, todos en el territorio nacional.

El presente procedimiento tiene por objeto determinar si existen o no diversas prácticas monopólicas relativas que pudiera tener como objeto o efecto, en el mercado relevante o en algún mercado relacionado, desplazar indebidamente a otros agentes económicos, impedirles sustancialmente su acceso o...

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