Aviso por el que se hace del conocimiento del público en general, el cambio de domicilio de su Unidad de Transparencia y los días de suspensión de términos de los Procedimientos y Trámites Administrativos que se realizan ante la misma

SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

Arq. Myriam Urzúa Venegas, Secretaria de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos: 11, 71, 73 y 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, 2, 16 fracción VIII, 20 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de la Ciudad de México; 10, 206, 230 Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 3 fracción XII y 8 Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México y 33 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México.

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada.

Que la actuación de la Administración Pública de la Ciudad de México, ante los particulares se encuentra regulada en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, ordenamiento en el que se establece que las actuaciones y diligencias de orden administrativo se practicarán en días y horas hábiles y, que se consideran inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados o entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Que las dependencias de la Administración Pública de la Ciudad de México, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo en cita, pueden determinar la suspensión de labores señalando los días que deberán ser considerados como inhábiles para efectos de los actos, trámites, servicios, notificaciones y procedimientos al público en general, en consecuencia, no correrán los términos para dichos actos de gobierno.

Que numeral 33 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México, establece que para efecto de la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales, serán días hábiles todos los del año a excepción de los sábados, domingos e inhábiles y los que por disposición de ley se consideren inhábiles y los que se establezcan por acuerdo del Pleno del Instituto, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; de igual manera, serán inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en esos Lineamientos, mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Que el 9 de diciembre...

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