Aviso por el que se hace del conocimiento público la Primera Convocatoria para participar en el Subprograma, Compensación a la Ocupación Temporal y la Movilidad Laboral (SCOTML), en la modalidad Compensación a la Ocupación Temporal (COT), 2020

SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO

DRA. HAYDEÉ SOLEDAD ARAGÓN MARTÍNEZ, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en los Artículos 10 "Ciudad Productiva", inciso A, B, numeral 5, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 16 fracción XVII, 20 fracción IX y 41 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 47, 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1 y 7, fracción XVII y 222 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; el Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social "Fomento al Trabajo Digno", para el ejercicio fiscal 2020, publicado el 31 de enero en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

CONSIDERANDO

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México (STyFE) tiene como objetivo principal fomentar y garantizar el trabajo digno o decente en la capital, mediante programas y acciones enfocados en generar empleos de calidad y mejorar la calidad de los empleos existentes.

Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo opera el Programa Social Fomento al Trabajo Digno para el Ejercicio Fiscal 2020, respecto del cual fueron publicadas sus Reglas de Operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 31 de enero de 2020.

Que el Programa Social Fomento al Trabajo Digno para el Ejercicio Fiscal 2020 (PFTD), está constituido por tres Subprogramas denominados: Capacitación para el Trabajo (SCAPAT), Fomento al Autoempleo (SFA) y Compensación a la Ocupación Temporal y Movilidad Laboral (SCOTML); asimismo el PFTD cumple con lo plasmado en la Constitución Política de la Ciudad de México, en su artículo 10, denominado "Ciudad Productiva", apartado B, numeral 5, inciso a, que señala que las autoridades de la Ciudad establecerán, de conformidad con las leyes aplicables y en el ámbito de sus competencias, la capacitación, adiestramiento, formación profesional y de acceso al empleo y a otras actividades productivas; así como su Artículo 11, denominado "Ciudad incluyente", apartado A, referente a grupos de atención prioritaria, señalando que la Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales; y cumple con el artículo 59 de la misma Constitución respecto de los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, al considerar a dicha población susceptible de recibir el Programa. En atención a las necesidades de la población trabajadora de la CDMX, la STyFE lleva a cabo acciones encaminadas a fomentar el trabajo digno, en condiciones de igualdad y de inclusión social.

El PFTD se alinea con los siguientes principios de la política social de la Ciudad de México: Universalidad, Igualdad, Equidad de Género, Equidad Social, Justicia Distributiva, Diversidad, Integralidad, Exigibilidad, Participación, Transparencia y Efectividad.

Que el PFTD, para el ejercicio 2020, ratifica su carácter integral de atención a la problemática del desempleo, subempleo y la precariedad laboral en la Ciudad de México, con diversas modalidades que atienden las causas que le dan origen, además de reiterar su enfoque incluyente para los diversos grupos de población que enfrentan mayores dificultades para acceder al trabajo digno. Asimismo, en el diseño de nuevas políticas laborales, la STyFE emprende acciones para el fomento de empleos verdes.

Que en cumplimiento a lo dispuesto en las Reglas de Operación del Programa Fomento al Trabajo Digno, para el ejercicio fiscal 2020, específicamente el apartado 4. Objetivos, subapartados 4.1 Objetivo general, 4.2 Objetivos y acciones específicas; el apartado 8. Requisitos y procedimientos de acceso, subapartado 8.2 Requisitos de acceso, respecto a los Subprogramas: A) Capacitación para el Trabajo (SCAPAT), B) Fomento al Autoempleo (SFA), y C) Compensación a la Ocupación Temporal y la Movilidad Laboral (SCOTML), y con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas, tengo a bien emitir el siguiente:

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de marzo de 2020

AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO LA PRIMERA CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL SUBPROGRAMA COMPENSACIÓN A LA OCUPACIÓN TEMPORAL Y LA MOVILIDAD LABORAL (SCOTML), EN LA MODALIDAD COMPENSACIÓN A LA OCUPACIÓN TEMPORAL (COT) 2020

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE), a través de la Dirección General de Empleo (DGE):

CONVOCA

A las dependencias y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, Poderes y Alcaldías de la Ciudad de México; empresas sociales y/o de innovación social y organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, actualmente en operación, con domicilio legal en la Ciudad de México, a participar en el proceso de selección de proyectos de carácter gubernamental, social, ambiental y/o comunitario susceptibles de recibir apoyos del Subprograma Compensación a la Ocupación Temporal y la Movilidad Laboral (SCOTML), en la modalidad de Compensación a la Ocupación Temporal (COT), y

A personas desempleadas o subempleadas, habitantes de la Ciudad de México, con interés de participar en proyectos de ocupación temporal, a través de proyectos presentados por las dependencias y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, Poderes y Alcaldías de la Ciudad de México; empresas sociales y/o de innovación social y organizaciones de la sociedad civil; conforme a las siguientes:

BASES

1. DESCRIPCIÓN

El Subprograma Compensación a la Ocupación Temporal y la Movilidad Laboral (SCOTML) tiene dos modalidades: Compensación a la Ocupación Temporal (COT) y Movilidad Laboral (ML).

La Modalidad Compensación a la Ocupación Temporal (COT) apoya a población de 16 años y más, desempleada o subempleada, residente de la Ciudad de México, principalmente a los grupos de atención prioritaria, con interés en participar en el desarrollo de actividades de carácter temporal, en el marco de proyectos locales de carácter gubernamental, social, ambiental y/o comunitario de las dependencias y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México; Poderes y Alcaldías de la Ciudad de México; organizaciones de la sociedad civil; empresas sociales y/o de innovación social, éstas últimas, debidamente registradas, siempre y cuando presenten proyectos que abonen a la generación y fomento de empleo o promuevan acciones que impulsen cambios para la construcción de una ciudad innovadora y respetuosa de los derechos humanos.

Durante el ejercicio fiscal 2020, con el PFTD se otorgarán apoyos a 7,098 personas residentes de la Ciudad de México, susceptible de modificación en función de cambios en la asignación presupuestal; dentro del cual, el SCOTML tiene una meta física de 3,785 apoyos a igual número de personas.

2. TIPO Y MONTO DE LOS APOYOS

De conformidad con lo dispuesto en el Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Fomento al Trabajo Digno, para el ejercicio fiscal 2020, numeral 8.6 Características Generales de los Subprogramas, los apoyos específicos que obtendrán las personas beneficiarias de la modalidad COT, son los siguientes:

SUBPROGRAMA DE COMPENSACIÓN A LA OCUPACIÓN TEMPORAL Y LA MOVILIDAD LABORAL Modalidad: Compensación a la Ocupación Temporal (COT)

Tipo y Monto de los Apoyos A cargo de COT

A cargo de la Institución / Organización responsable del proyecto

Apoyo económico mensual: De 1 a 2 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en 2020 (https://www.inegi.org.mx/temas/uma/), por un periodo de hasta tres meses. Para efectos de cálculo, se consideran 20 días hábiles por mes.1

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Podrá otorgarse ayuda de transporte de $10.00 (Diez...

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