Aviso por el que se hace del conocimiento los días de suspensión de labores y suspensión de términos en materia de Responsabilidad Administrativa ante la Secretaría de la Contraloría General

EDUARDO ROVELO PICO, CONTRALOR GENERAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en lo previsto por los artículos 12, fracciones I, II, IV y VI, 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 27, 29 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional; 74, 90, 111 y 119 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 74, 90, 111 y 119 de la Ley Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México; 1°, 2°, 7°, 15, fracción XV, 16, fracción IV, 17 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7º, fracción XIV, 8º, 9º, 28, 102 Bis 1, 102 Bis 2, 102 Bis 3, 102 Bis 4, 105, y 113 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal en correlación con su artículo Quinto Transitorio del Decreto modificatorio publicado el 18 de julio de 2017; y

C ONSIDERANDO

Que a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, en su actuación gubernativa como dependencia de la Administración Pública de la Ciudad de México, se auxilia para el ejercicio de sus atribuciones por diversas Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que le están adscritas.

Que la actuación de la Secretaría de la Contraloría General en algunas de sus materias encuentra fundamento en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, ordenamiento que establece para las actuaciones y diligencias de orden administrativo la obligación de ser ejecutadas en días y horas hábiles, y que se consideran inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados o entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Que al efecto el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México emitió en enero de 2018, un acuerdo general de suspensión de términos y procedimientos administrativos aplicable a varios periodos del presente año, mismo que será atendido por la Secretaría de la Contraloría General, salvo la materia de Responsabilidades Administrativas en razón de que la misma, está excepcionada de la aplicación de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Que las personas servidoras públicas de la Secretaría de la Contraloría General de conformidad con la legislación burocrática, tienen entre otros derechos, el relativo a días de descanso, por lo que para certeza y seguridad jurídica de las personas involucradas en...

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