Aviso por el que se habilitan días y horas inhábiles para la substanciación de los procedimientos de contratación de obra pública y servicios relacionados que se encuentren en trámite o inicien en la Dirección General de Obras, Desarrollo y Servicios Urbanos de la Alcaldía, conforme a las disposiciones legales establecidas en la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México y su Reglamento
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3 de octubre de 2023
A L C A L D Í A S
ALCALDÍA EN BENITO JUÁREZ
AVISO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y HORAS INHÁBILES PARA LA SUBSTANCIACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS QUE SE ENCUENTREN EN TRÁMITE O INICIEN EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS, DESARROLLO Y SERVICIOS URBANOS DE LA ALCALDÍA BENITO JUÁREZ, CONFORME A LAS DISPOSICIONES LEGALES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y SU REGLAMENTO.
Mtra. Elia Olivia Pacheco Avila, Directora General de Obras, Desarrollo y Servicios Urbanos de la Alcaldía Benito Juárez, con fundamento en los artículos 53 apartado A, Numerales 1 y 2 fracción I, VII, X, XII, 12 fracción II, apartado B numeral 1,3 inciso a) fracciones I, XIII, XXIV, XXV, XXIX Y XXX de la Constitución Política de la Ciudad de México; los artículos 5, 9, 15, 16, 20 fracción I, X, XII, 21, 29, 30 y 31 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; los artículos 24 inciso A); 25 apartado a, fracción I; 26; 28; 44, fracción I, inciso a), de la Ley de Obras Públicas de la Ciudad de México; y artículo 30 de su Reglamento; así como, a las atribuciones conferidas en el Acuerdo por el que se delega en la persona Titular de la Dirección General de Obras, Desarrollo y Servicios Urbanos, la facultad de otorgar, celebrar, suscribir, rescindir contratos, convenios y documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 01 de noviembre de 2021; y 72, 74 y 75 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, he tenido a bien expedir los siguientes:
CONSIDERANDOS
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Que la Alcaldía Benito Juárez, es un Órgano Político Administrativo del Gobierno de la Ciudad de México, cuya administración pública corresponde al Alcalde, misma que está dotada de personalidad jurídica y autonomía funcional con respecto a su administración y acciones de gobierno en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y demás ordenamientos federales, locales y de la propia demarcación, así como las que deriven de los convenios que se celebren con el Gobierno de la Ciudad de México o con otras demarcaciones de la Ciudad.
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Que los actos de administración pública de la Alcaldía Benito Juárez, se sujetarán a los principios de buena...
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