Aviso FGJCDMX/26/2022 por el que se dan a conocer los Lineamientos por los que se otorga por única vez en el Ejercicio 2022, un Pago Extraordinario a las Personas Físicas que Prestan Servicios por Honorarios Asimilables a Salarios Bajo la partida presupuestal “1211 Honorarios Asimilables a Salarios” en la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

54 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 08 de diciembre de 2022

FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA

LIC. ERNESTINA GODOY RAMOS, FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 44, apartado A, numeral 1, apartado B, numeral 1, inciso k), 46, apartado, A, inciso c), Apartado B, numeral 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 6, 35, fracción XX, 48, 75 y Transitorio Tercero, párrafos segundo y tercero de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México; 10° del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2022; 1°, 2° fracciones XLV y LXXI, 3, 7, fracción II, 99, 100 y 117 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, es un organismo constitucional autónomo, de carácter especializado e imparcial que goza de personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica y de gestión, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y para determinar su organización interna.

Que por tratarse de una prestación de servicios con cargo a la partida presupuestal "1211 Honorarios asimilables a salarios" se realiza de forma temporal, independiente, no subordinada por lo que no existe ninguna relación de carácter laboral entre las personas físicas que prestan sus servicios bajo este régimen y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

Que se determina otorgar por única ocasión, un pago extraordinario a las personas físicas que prestan servicios por honorarios asimilables a salarios en la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, sin que dicho pago, implique que se trate de algún tipo de prestación de carácter laboral.

Que al Comité de Administración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, de conformidad con el artículo 4, fracciones II, numeral 2, V, IX y XXI del Acuerdo FGJCDMX/33/2021, por el que se reforman diversas disposiciones del similar FGJCDMX/08/2020 por el que se crea el Comité de Administración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, le corresponde aprobar los tabuladores y remuneraciones aplicables al personal de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, así como aprobar normas o reglas generales relativas a la...

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