Aviso FGJCDMX/23/2022 por el que se dan a conocer los Lineamientos por los que se otorga el Pago de Aguinaldo para Mandos Medios, Superiores y Homólogos, así como Enlaces y Líderes Coordinadores, todos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2022

44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 08 de diciembre de 2022

FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA

LIC. ERNESTINA GODOY RAMOS, FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 44, apartado A, numeral 1, apartado B, numeral 1, inciso k), 46, apartado, A, inciso c), Apartado B, numeral 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 6, 35, fracción IX 48, y Transitorio Tercero, párrafos segundo y tercero de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México; 10° del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2022; 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio de Estado; 1°, 2° fracciones XLV y LXXI, 3, 7, fracción II, 99, 100, 117 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México es un organismo constitucional autónomo, de carácter especializado e imparcial que goza de personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica y de gestión, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y para determinar su organización interna.

Que el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, establece que las personas servidoras públicas tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el Presupuesto de Egresos, el cual se pagará el 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50%, a más tardar el 15 de enero y que será equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna.

Que es obligación de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México garantizar los derechos laborales de las personas servidoras públicas en estricto apego a la normativa laboral vigente, y que es derecho de las personas servidoras públicas recibir una remuneración bajo el concepto de aguinaldo, como un reconocimiento a su labor durante una anualidad constituyendo un beneficio remunerador.

Que bajo los principios de equidad social y justicia laboral, que permiten establecer criterios de igualdad, complementariedad, sustitución o no duplicidad, entre otros, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México implementa acciones encaminadas a mejorar los niveles de bienestar del capital humano, a través de una política salarial, que permita apoyar la economía de los Mandos Medios, Superiores y Homólogos, así como Enlaces y Líderes Coordinadores.

Que al Comité de Administración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, de conformidad con el artículo 4, fracciones II, numeral 2, V, IX y XXI del Acuerdo FGJCDMX/33/2021, por el que se reforman diversas disposiciones del similar FGJCDMX/08/2020 por el que se crea el Comité de Administración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, le corresponde aprobar los tabuladores y remuneraciones aplicables al personal de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, así como aprobar normas o...

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