Aviso FGJCDMX/23/2021 por el que se dan a conocer los Lineamientos por los que se otorga por única vez en el ejercicio 2021, un pago extraordinario a las Personas Físicas que prestan servicios bajo la partida presupuestal 1211 honorarios asimilables a Salarios en la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

88 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de diciembre de 2021

LIC. ERNESTINA GODOY RAMOS, FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 44, apartado A, numeral 1, apartado B, numeral 1, inciso k), 46, apartado, A, inciso c), Apartado B, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 3, 4, 6, 9, 12, 35, fracciones IX y XXI, 48, 62, fracción V, 75 y Transitorio Tercero, párrafos segundo y tercero de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México; 10° del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2021; 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio de Estado; 1°, 2° fracciones XLV y LXXI, 3, 7, fracción II, 99, 100, 104, 115, fracción IV de la Ley Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, es un organismo constitucional autónomo, de carácter especializado e imparcial que goza de personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica y de gestión, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y para determinar su organización interna.

Que por tratarse de una prestación de servicios con cargo a la partida presupuestal "1211 Honorarios asimilables a salarios" se realiza de forma temporal, independiente, no subordinada por lo que no existe ninguna relación de carácter laboral entre las personas físicas que prestan sus servicios bajo este régimen y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

Que se determina otorgar por única ocasión, un pago extraordinario a las personas físicas que prestan servicios por honorarios asimilables a salarios en la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, sin que dicho pago, implique que se trate de algún tipo de prestación de carácter laboral.

Que al Comité de Administración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, de conformidad con el artículo 4, fracciones V y IX del Acuerdo FGJCDMX/33/2021, por el que se reforman diversas disposiciones del similar FGJCDMX/08/2020 por el que se crea el Comité de Administración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, le corresponde aprobar los tabuladores y remuneraciones aplicables al personal de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de...

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