Aviso para dar a conocer el Incentivo para almacenaje, fletes y costos financieros de sorgo del Estado de Tamaulipas del ciclo agrícola otoño-invierno 2013/2014, del Componente Incentivos a la Comercialización

EmisorSecretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. BALTAZAR MANUEL HINOJOSA OCHOA, Director en Jefe de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), con fundamento en los artículos 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 y 12 de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 32 fracciones VI, 104, 105, 108, 178, 179, 183, fracción V, 188, 189, 190, fracción II y 191, fracciones II, III, VI, VII y VIII de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 3 fracciones XI, XX y XXI, 30, 31 fracción IV y 36 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 2 apartado D, fracción I, 44, 45 párrafos primero y segundo, 46 y octavo transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1, fracción I, 2, 3, 4 fracción LXXXI, 7, 8 numeral 2, 9, 10, 20, 23, 24 fracción II, 69, 70, 71, 72, 73, 74 primer y segundo párrafo, 77, 83 y Anexo I del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y sus Acuerdos Modificatorios publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), respectivamente, el 18 de diciembre de 2013 y el 1 de agosto y 9 de septiembre de 2014 (Reglas de Operación), y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el DOF el 20 de mayo de 2013 tiene contemplado dentro de la cuarta meta nacional "México Próspero" en su Objetivo 4.10 construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país;

Que conforme al Decreto que establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre (SINHAMBRE) publicado el 22 de enero de 2013 en el DOF, el Gobierno Federal debe garantizar en el corto plazo a la población, el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, a través de acciones coordinadas, eficientes y transparentes con alto contenido de participación social, a fin de contribuir al cumplimiento de uno de los objetivos de SINHAMBRE estipulados en el artículo segundo, inciso III referido a la necesidad de aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas;

Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-2018 (Programa Sectorial) publicado en el DOF el 13 de diciembre de 2013 establece en el numeral II.1 Estrategia Integral: Elevar la Productividad para Alcanzar el Máximo Potencial del Sector Agroalimentario, considerando así la prevención de riesgos climáticos y de mercado; y que entre sus objetivos se tiene el de Impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante inversión en capital físico, humano y tecnológico que garantice la seguridad alimentaria, a través de estrategias como el de orientar la política comercial con un enfoque de agronegocios y la planeación del balance oferta-demanda para garantizar un abasto oportuno;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación 2014, publicado en el DOF el 3 de diciembre de 2013, establece en su Anexo 10, de conformidad con su artículo 3 fracciones XI, XX y XXI, la asignación del gasto para el Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados, para el componente, denominado Incentivos a la Comercialización (Componente), dentro del Ramo 08, en la Vertiente de Competitividad, del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable;

Que en el artículo 8, numeral 2 de las Reglas de Operación, se determinó como parte del Componente Incentivos a la Comercialización, el concepto de Incentivos para Almacenaje, Fletes y Costos Financieros;

Que las Reglas de Operación establecen en su Artículo 23 que "De acuerdo con la problemática y características del producto elegible, la Unidad Responsable dará a conocer, mediante Avisos, y conforme al tipo de incentivo de que se trate, lo siguiente: justificación de la instrumentación del apoyo, población objetivo específica, productos elegibles, volumen, concepto y monto del incentivo, entidades federativas, ciclo agrícola,..., así como las Ventanillas y las fechas de apertura y cierre para la realización de los trámites, y las disposiciones y requisitos previstos en las presentes Reglas de Operación aplicables al incentivo específico que se instrumente", conceptos que en lo procedente se incluyen en el presente Aviso;

Que para garantizar y fortalecer el ingreso de los productores de sorgo del ciclo agrícola otoño-invierno 2013/2014 del Estado de Tamaulipas, resulta necesario instrumentar el incentivo para Almacenaje, Fletes y Costos Financieros, que permita cubrir el costo de retirar del mercado de manera temporal excedentes de sorgo para su comercialización en otro momento y facilitar su desplazamiento vía marítima hacia otros destinos nacionales que tradicionalmente son importadores de grano o al mercado exterior, tengo a bien expedir el siguiente:

AVISO PARA DAR A CONOCER EL INCENTIVO PARA ALMACENAJE, FLETES Y COSTOS FINANCIEROS DE SORGO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS DEL CICLO AGRÍCOLA OTOÑO-INVIERNO 2013/2014, DEL COMPONENTE INCENTIVOS A LA COMERCIALIZACIÓN

PRIMERO.- Objeto.- ASERCA en su carácter de Unidad Responsable, mediante el presente instrumento da a conocer el Incentivo para...

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