Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de operación del programa social denominado “Apoyo para el bienestar cultural de las festividades, carnavales, tradiciones y costumbres representativas”, para el ejercicio fiscal 2024

96 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de enero de 2024 ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA LIC. MARÍA DEL CARMEN ZARAGOZA GONZÁLEZ , DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 123, 124, 128 y 129 de La Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; los artículos 3, 4 fracciones V, VII, X,XII; 32, 33, 34 fracciones I y II; 42 y 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; Los artículos 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y considerando el Artículo Quinto del "ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN LOS TITULARES DE LAS DIRECCIONES GENERALES Y EJECUTIVAS DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA QUE SE MENCIONAN, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN" publicado el 7 de octubre de 2022, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. C O N S I D E R A N D O Que la creación y la operación de programas de desarrollo social están sujetas a las previsiones presupuestales que anualmente son aprobadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México y que es necesario que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades que pretendan la ejecución de programas de desarrollo social, sometan los mismos al conocimiento del Comité de Planeación del Desarrollo con la información necesaria que permita la emisión de la resolución que a dicha instancia corresponde, que derivado de lo anterior la Alcaldía en Venustiano Carranza sometió a consideración del Consejo las reglas de operación del presente programa y considerando el acuerdo aprobatorio de dicho órgano colegiado se emite, el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL "APOYO PARA EL BIENESTAR CULTURAL DE LAS FESTIVIDADES, CARNAVALES, TRADICIONES Y COSTUMBRES REPRESENTATIVAS EN VENUSTIANO CARRANZA" A CARGO DE LA ALCALDÍA EN VENUSTIANO CARRANZA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024. 1. Nombre de programa social y dependencia o entidad responsable 1.1. El nombre completo del Programa Social o denominación oficial y, en su caso, la abreviatura con la que será conocido. "APOYO PARA EL BIENESTAR CULTURAL DE LAS FESTIVIDADES, CARNAVALES, TRADICIONES Y COSTUMBRES REPRESENTATIVAS EN VENUSTIANO CARRANZA" La Alcaldía en Venustiano Carranza, a través de la Dirección General de Desarrollo Social como área responsable de este Programa Social: 1. Coordinación de la implementación del programa social: la Dirección de Cultura, Recreación y Deporte, responsable del programa social. 2. Operación e instrumentación del programa social, atender las solicitudes, concentración, resguardo y sistematización de la documentación de datos: la Dirección de Cultura, Recreación y Deporte a través de la Subdirector de Fomento Cultural y Recreación. 1.6. El presente programa social se registró en la plataforma digital denominada Sistema de Información para el Bienestar (SIBIS) en la url https://tubienestar.cdmx.gob.mx/loginDependencia previo a que se lleve a cabo la sesión del Comité de Planeación para el Desarrollo de la Ciudad de México, COPLADE, para que una vez aprobado y autorizado se proceda a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. 1.7. La Secretaría de las Mujeres emitió opinión técnica con el sobre la incorporación de la perspectiva de género en las presentes reglas de operación. 2. Alineación programática PLAN GENERAL DE DESARROLLO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Eje 1 Ciudad igualitaria y de derechos, educadora y de bienestar. Objetivo estratégico 3 Reducir las brechas de acceso de la población indígena Meta 1: La pobreza extrema de la población indígena se reduce sustancialmente.Desarrollar mecanismos de coordinación interinstitucional en el gobierno de la ciudad y las alcaldías, y los instrumentos de planeación para garantizar los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, con enfoques transversales de derechos humanos. Objetivo estratégico 8. Ciudad multiculturalMeta 4. La Ciudad de México es capital iberoamericana de las artes escénicas a través del impulso al turismo local, nacional e internacional en la urbe y apoya recintos, agrupaciones, orquestas, emprendimientos y negocios culturales Líneas estratégicas: Fortalecer las capacidades y oportunidades formativas para músicos, directores y compositores nacionales e internacionales. PROGRAMA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2019-2024 Eje 1. Igualdad y DerechosSub eje 1.6 Derecho a la igualdad e inclusión 1.6.1 Niñas, niños y adolescentes 1.6.2 Jóvenes 1.6.3 Personas adultas mayores 1.6.4 Personas con discapacidad 1.6.5 Personas LGBTTIQA 1.6.6 Personas en situación de calle 1.6.7 Personas migrantes 1.6.8 VíctimasObjetivo general: Ampliar los programas y acciones que avancen en la garantía de los derechos para los grupos de atención prioritaria, eliminando programas clientelares que se orientaban a la compra del voto. Fortalecer las acciones transversales que erradiquen la discriminación y la violencia hacia las personas que requieren atención prioritaria. Sub eje 1.7 Pueblos originarios y poblaciones indígenas residentes Avanzar hacia hacer efectivos los derechos de los pueblos y barrios originales y de las comunidades indígenas residentes en la ciudad. Acciones: Rescatar la cultura de nuestros pueblos originarios: su lengua, tradiciones, formas de organización y creación artística, reconociendo la gran riqueza histórica y la diversidad cultural de nuestra ciudad. PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Democracia y Derechos HumanosDerecho a la igualdad y no discriminaciónObjetivo general: Respetar, proteger, garantizar y promover el derecho a la igualdad y a la no discriminación de las personas que habitan y transitan en la Ciudad de México. PROYECTO DEL PROGRAMA GENERAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2020 - 2035 Línea Estratégica: Revitalización Cultural y Patrimonial Esta estrategia tiene la misión de ayudar en la reducción sustantiva de la desigualdad socioterritorial, expresada especialmente en los barrios y pueblos originarios, y de garantizar el derecho a la ciudad mediante el acceso a servicios, oportunidades de desarrollo, autodeterminación y de vivienda en centros históricos bajo tres principios. Integración de los Temas Transversales (Equidad de género) Se reconoce la vulnerabilidad de las mujeres y las niñas en materia de movilidad y el derecho al tránsito así como en el acceso a equipamientos y servicios públicos. El diseño y desarrollo de espacios públicos deberá contemplar las necesidades particulares de las mujeres y niñas para que puedan acceder a éstas en igualdad de condiciones 98 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de enero de 2024 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible. A. Esta Constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para: IV. Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad. Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.2026Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural2026 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CAPÍTULO VII. CIUDAD PLURICULTURAL Artículo 57. Derechos de los pueblos indígenas en la Ciudad de México. Esta Constitución reconoce, garantiza y protege los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas y sus integrantes. Las mujeres y hombres que integran estas comunidades serán titulares de los derechos consagrados en esta Constitución. En la Ciudad de México los sujetos de los derechos de los pueblos indígenas son los pueblos y barrios originarios históricamente asentados en sus territorios y las comunidades indígenas residentes. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos jurídicos internacionales de los que México es parte serán de observancia obligatoria en la Ciudad de México. Artículo 59 De los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes E. Derechos culturales Los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, tienen derecho a preservar, revitalizar, utilizar, fomentar, mantener y transmitir sus historias, lenguas, tradiciones, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas. Así mismo, tienen derecho a mantener, administrar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus ciencias, tecnologías, comprendidos los recursos humanos, las semillas y formas de conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, así como la danza y los juegos tradicionales, con respeto a las normas de protección animal. LEY DE DERECHOS DE LOS PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS RESIDENTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO. Artículo 13. Obligaciones de las Alcaldías 3. Las Alcaldías preservarán el patrimonio, las culturas, identidades y festividades de los pueblos, barrios y comunidades en su demarcación territorial, siempre en un nivel de coordinación, acompañamiento y coadyuvancia con ellos mismos. Adicionalmente, establecerán los mecanismos o sistemas que faciliten o permitan que los mencionados sujetos colectivos de derecho preserven, revitalicen, desarrollen, utilicen, fomenten, mantengan y...

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