Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de operación del programa social denominado “Apoyo económico y fomento al desarrollo social 2024”

A L C A L D Í A S ALCALDÍA EN ÁLVARO OBREGÓN MAESTRA LÍA LIMÓN GARCÍA, Alcaldesa del Órgano Político Administrativo en Álvaro Obregón, con fundamento en los artículos 4 apartado B, numeral 4, 11, inciso D, 52 numerales I y 4, 53 apartado A, numerales 1 y 2 fracciones I, III, XI, y XII, apartado B numeral 1 y 3 inciso a) fracciones XXXIV y XXXVII de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones I y II, 15, 16, 21, 29 fracción VII, 30, 31 fracción I, 35 fracciones I, II, IV, 40, 71 fracción VI, VII y VIII de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones I y IV, 6 fracción I y 13 último párrafo de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México; 4, 24, 27 fracción I, 13, 14, 34, 58, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 1, 6 fracción XLI, 21, 33 fracción IX y 122, 124 fracción II y 124 fracción VI de la Ley Transparencia Acceso a la Información Pública de la Ciudad de México; 1, 3, 27, 32, 33, 34, 35, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, y en los Lineamientos para la Elaboración de Reglas de Operación de los Programas Sociales para el ejercicio 2024, publicados el 9 de noviembre de 2023 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; y, CONSIDERANDO Que el artículo 53 fracción XXXIV de la Constitución Política de la Ciudad de México señala que es competencia de los titulares de la alcaldía ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, tomando en consideración la participación ciudadana, así como políticas y lineamientos que emita el Gobierno de la Ciudad de México. Que el mismo artículo en su fracción XXXV, señala que es una atribución la de diseñar e instrumentar políticas públicas y proyectos comunitarios encaminados a promover el progreso económico, el desarrollo de las personas, la generación de empleo y el desarrollo turístico sustentable y accesible dentro de la demarcación territorial. Que el artículo 124 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, establece que los subsidios, donativos, apoyos y ayudas deberán sujetarse a criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad, y que a fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, se deberán sustentar en lineamientos y reglas de operación. Que el decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2024, publicado el 26 de diciembre de 2023, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Que mediante la Primera Sesión Ordinaria del Comité de Planeación para el Desarrollo de la Ciudad de México del año 2024, el secretario técnico del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, mediante el Acuerdo COPLADE/SO/I/18/2024 celebrada el 17 de enero de 2024, tuvo a bien aprobar las Reglas de Operación del Programa Social denominado "Apoyo Económico y Fomento al Desarrollo Social 2024", razón por la cual, he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DENOMINADO "APOYO ECONÓMICO Y FOMENTO AL DESARROLLO SOCIAL 2024". 1. Nombre del programa social y dependencia o entidad responsable 1.1 El nombre completo del Programa Social: Apoyo Económico y Fomento al Desarrollo Social 2024. 1.2 La dependencia, órgano desconcentrado, organismo descentralizado, alcaldía o entidad que es directamente responsable de la ejecución del programa: Alcaldía de Álvaro Obregón. 1.3 La o las unidades administrativas involucradas en la operación del programa social y, si fuese el caso, las unidades de apoyo técnico operativo que participan en la instrumentación del mismo: 12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de enero de 2024 Dirección General de Desarrollo Social - Unidad Administrativa Responsable. Dirección de Desarrollo Económico y Fomento Cooperativo - Unidad Administrativa Apoyo Técnico-Operativo. Coordinación de Fomento Cooperativo - Unidad Administrativa de Apoyo Técnico-Operativo. Dirección General de Administración y Finanzas - Responsable a través de sus áreas dependientes y en ámbito de sus facultades, del control presupuestal y el ejercicio de los recursos financieros necesarios para la implementación y operación de este programa social. 1.4 No aplica. 1.5 No aplica. 1.7 La incorporación de la perspectiva de género y de la transversalidad de la perspectiva de las niñas, niños y adolescentes en las presentes reglas de operación, se establecen de acuerdo con lo indicado en los artículos 4 apartado B, numeral 4, 11, inciso D, de la Constitución Política de la Ciudad de México y los artículos 13 y 14 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México. 2. Alineación programática 2.1 Este Programa Social se alinea con los siguientes Planes y Programas: Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México 2020-2040 Eje 1. Ciudad de Bienestar e Igualitaria. Objetivo de Desarrollo 1.1 Reducir la Pobreza Línea de Política Pública: Impulsar la protección e integración de los grupos en situación de vulnerabilidad a través de la implementación de programas y acciones que contribuyan al bienestar social. Objetivo de Desarrollo 1.4 Igualdad y Equidad Línea de Política Pública: Promover la igualdad entre hombres y mujeres, que garanticen mejoras en las dimensiones económica, social, política y cultural en los sectores público y privado. Impulsar programas, acciones y servicios que contribuyan al cuidado niñas, niños y personas mayores. Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024: Eje 1 Igualdad y Derechos 1.5 Derechos de las Mujeres 1.6 Derecho a la igualdad e inclusión 2.2 El Programa Social denominado "Apoyo Económico y Fomento al Desarrollo Social 2024" busca garantizar y reconocer los derechos establecidos en la Constitución Política de la Ciudad de México, según lo dispuesto en los artículos: Artículo 7 "Ciudad democrática" apartado A. Derecho a la buena administración pública. Artículo 9 "Ciudad Solidaria" apartados A. Derecho a la vida digna; B. Derecho al cuidado y C. Derecho a la alimentación y a la nutrición, D. Derecho a la salud, E. Derecho a la vivienda y F. Derecho al agua y a su saneamiento. Artículo 10 "Ciudad Productiva", apartado A. Derecho al desarrollo sustentable. Artículo 11 "Ciudad incluyente", apartado A, C y D. Grupos de atención prioritaria, Derechos de las mujeres y Derechos de las niñas, niños y adolescentes, respectivamente, y Artículo 4, Fracciones II, IV, V, VIII, X, XI y XII de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Artículo 13, apartado A, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en la Ciudad de México; y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que establece la normatividad que establece la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. 3. Diagnóstico y prospectiva 3.1 Antecedentes. El programa social en el ejercicio fiscal 2022 benefició a 800 mujeres y hombres y en el ejercicio fiscal del 2023 a 400 mujeres y hombres. Es importante señalar que, para el presente ejercicio fiscal, las reglas de operación tendrán una modificación en su diseño y operación, en virtud de que se incorporará la perspectiva de género y la transversalidad de la perspectiva de niñas, niños y adolescentes. Con relación a lo anterior, es importante mencionar que el programa social de "Apoyo Económico y Fomento al Desarrollo Social" ha priorizado la participación de las mujeres en el programa social, toda vez que se trata de una población vulnerable que va en aumento como jefas de familia, por ello en las ediciones anteriores han tenido una participación relevante: Ejercicio Fiscal Mujeres Hombres 2022 76% 24% 2023 82% 18% Identificación del problema público prioritario en conjunto con la ciudadanía. 3.2.1 El problema público que atiende este programa social es la vulnerabilidad por ingreso y la brecha de desigualdad entre hombres y mujeres en la Alcaldía Álvaro Obregón. De acuerdo con datos del Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI, en la Alcaldía Álvaro Obregón el 52.4% de la población económicamente activa son mujeres y el 47.6% hombres. Sin embargo, la participación económica de las mujeres es de 46.5%, mientras que el porcentaje de hombres es de 76%. Esto quiere decir que el diferencial de la participación económica entre mujeres y hombres es de 29.5 puntos porcentuales; lo que acentúa la conservación y naturalización de los roles de género tradicionales que sostienen que las actividades económicas y financieras son exclusivamente del género masculino y las actividades domésticas e intramuros son de las mujeres. Esta situación se agrava al observar que la brecha salarial entre hombres y mujeres en la Alcaldía Álvaro Obregón alcanza un 9%. Además, de acuerdo con el (INEGI. 2020), el 38.8% de los hogares en la Alcaldía están a cargo de una mujer. De ellos, casi la mitad se encuentran en situación de pobreza. De esta manera, la pobreza afecta de manera agravada a las mujeres jefas de familia, y las enfrenta a una doble vulnerabilidad por su condición de ser mujeres: la pobreza y las cargas de trabajo laborales y del hogar que las excluyen del mercado formal de trabajo. Por lo que tienen que acercarse a fuetes de ingresos que no les representen una rigidez en los horarios de trabajo que contribuyan a su economía familiar que les permita satisfacer su canasta de necesidades básicas, como el programa social Apoyo Económico y Fomento al Desarrollo Social 2024. La...

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