Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social denominado “Apoyo Económico y Fomento al Desarrollo Social 2023”

ALCALDÍA EN ÁLVARO OBREGÓN

MAESTRA LÍA LIMÓN GARCÍA Alcaldesa del Órgano Político Administrativo en Álvaro Obregón, con fundamento en los artículos 52 numerales I y 4, 53 apartado A, numerales 1 y 2 fracciones I, III, XI, y XII, apartado B numeral 1 y 3 inciso a) fracciones XXXIV y XXXVII de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones I y II, 15, 16, 21, 29 fracción VII, 30, 31 fracción I, 35 fracciones I, II, IV, 40, 71 fracción VI, VII y VIII de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones I y IV, 6 fracción I y 13 último párrafo de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México; 4, 24, 27 fracción I, 34, 58, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 1, 6 fracción XLI, 21, 33 fracción IX y 122, 124 fracción II y 124 fracción VI de la Ley Transparencia Acceso a la Información Pública de la Ciudad de México; 1, 3, 27, 32, 33, 34, 35, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, y en los Lineamientos para la Elaboración de Reglas de Operación de los Programas Sociales para el ejercicio 2023, publicados el 31 de octubre del 2022 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 53 fracción XXXIV de la Constitución Política de la Ciudad de México señala que es competencia de los titulares de la alcaldía ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, tomando en consideración la participación ciudadana, así como políticas y lineamientos que emita el Gobierno de la Ciudad de México.

Que el mismo artículo en su fracción XXXV, señala que es una atribución la de diseñar e instrumentar políticas públicas y proyectos comunitarios encaminados a promover el progreso económico, el desarrollo de las personas, la generación de empleo y el desarrollo turístico sustentable y accesible dentro de la demarcación territorial.

Que el artículo 124 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, establece que los subsidios, donativos, apoyos y ayudas deberán sujetarse a criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad, y que a fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, se deberán sustentar en lineamientos y reglas de operación.

Que el decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2023, publicado el 27 de diciembre de 2022, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Que mediante la Primera Sesión Extraordinaria del Comité de Planeación para el Desarrollo de la Ciudad de México del año 2023, el secretario técnico del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, mediante el Acuerdo COPLADE/SE/I/13/2023 celebrada el 9 de febrero de 2023, tuvo a bien aprobar las Reglas de Operación del Programa Social denominado "Apoyo Económico y Fomento al Desarrollo Social 2023", razón por la cual, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DENOMINADO "APOYO ECONÓMICO Y FOMENTO AL DESARROLLO SOCIAL 2023".

1. Nombre del programa social y dependencia o entidad responsable

1.1 El nombre completo del Programa Social: Apoyo Económico y Fomento al Desarrollo Social 2023.

1.2 La dependencia, órgano desconcentrado, organismo descentralizado, alcaldía o entidad que es directamente responsable de la ejecución del programa:

Alcaldía de Álvaro Obregón.

1.3 La o las unidades administrativas involucradas en la operación del programa social y, si fuese el caso, las unidades de apoyo técnico operativo que participan en la instrumentación del mismo:

Unidad Administrativa Responsable: Dirección General de Desarrollo Social.

52 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de febrero de 2023

Unidad Administrativa Apoyo Técnico-Operativo: Dirección de Desarrollo Económico y Fomento Cooperativo.

Unidad Administrativa encargada de liberar el recurso económico: Dirección General de Administración.

2. Alineación programática

2.1 Este Programa Social se alinea con los siguientes Planes y Programas:

Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México:

Eje 1. Ciudad igualitaria y de derechos, educadora y de bienestar.

Objetivo Estratégico 4. Reducción de la pobreza e inseguridad alimentaria.

Meta 1. Reducir en al menos dos terceras partes la pobreza extrema y a la mitad la pobreza multidimensional, garantizar el derecho de prioridad de las niñas y los niños, y establecer mecanismos de inclusión para grupos de atención prioritaria.

Meta 2. Erradicar la inseguridad alimentaria severa y reducir a la mitad la moderada en la Ciudad de México, garantizar el derecho de prioridad de las niñas, niños, y adolescentes, a fin de que tengan acceso a una alimentación adecuada y se cumplan todos sus derechos. De igual forma se da especial atención a grupos de atención prioritaria.

Objetivo Estratégico 6. Sistema Universal de Salud

Meta 2. La Ciudad de México es un territorio en el que las personas no enferman o mueren por padecimientos prevenibles o en exceso evitables. Con el cumplimiento de esta meta, se erradica la muerte evitable, causada por los determinantes sociales de la salud, particularmente en grupos de población prioritaria.

Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024:

Eje 1 Igualdad y Derechos

1.5 Derechos de las Mujeres

1.6 Derecho a la igualdad e inclusión

2.2 El Programa Social denominado "Apoyo Económico y Fomento al Desarrollo Social" busca garantizar y reconocer los derechos establecidos en la Constitución Política de la Ciudad de México, según lo dispuesto en los artículos:

Artículo 7

"Ciudad democrática" apartado A. Derecho a la buena administración pública.

Artículo 9

"Ciudad Solidaria" apartados A. Derecho a la vida digna; B. Derecho al cuidado y C. Derecho a la alimentación y a la nutrición, D. Derecho a la salud, E. Derecho a la vivienda y F. Derecho al agua y a su saneamiento.

Artículo 10

"Ciudad Productiva", apartado A. Derecho al desarrollo sustentable.

Artículo 11

"Ciudad incluyente", apartado A. Grupos de atención prioritaria, y.

Artículo 4

Fracciones II, IV, V, VIII, X, XI y XII de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

3. Diagnóstico y prospectiva

3.1 Antecedentes.- En el ejercicio fiscal 2022 se realizó el programa social Apoyo Económico para el Fomento al Desarrollo Social, el cual inició el 31 de enero del 2022 con la publicación de sus reglas de operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, no teniendo modificaciones relevantes en su diseño y operación.

3.2 Identificación del problema público prioritario en conjunto con la ciudadanía.

3.2.1 La Medición de la Pobreza Municipal 2020 del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) señala que en la Alcaldía Álvaro Obregón la población con ingreso inferior a la línea de pobreza por ingreso asciende a 351,400 personas, equivalente al 48.4 de la población, y 124,449 personas, equivalente al 17.1 por ciento del total poblacional tienen un ingreso inferior a la línea de pobreza extrema por ingreso; 77,743 personas en condición de vulnerabilidad por ingreso, equivalente al 10.7 por ciento de la población, y 166,174 personas, es decir, el 22.9 por ciento del total poblacional, con vulnerabilidad por carencia social, con 1.5 carencias sociales en promedio.

Así mismo, el 9.0 por ciento de la población padece rezago educativo; el 25.8 por ciento del total poblacional presenta carencias por acceso a los servicios de salud; el 47.4 por ciento del total poblacional tiene carencia por acceso a la seguridad social; el 5.3 por ciento del total poblacional registra carencias por calidad y espacios de la vivienda; el 3.5 por ciento de la población total sufre carencia por acceso a los servicios básicos de la vivienda, y el 16.4 por ciento sufre de carencia por acceso a la alimentación.

3.2.2 En los últimos años, el desarrollo de la demarcación se ha dado de manera heterogénea, lo cual ha generado la existencia de profundos contrastes que requieren de políticas públicas y acciones de gobierno efectivas que atiendan la falta de una respuesta positiva a las necesidades apremiantes de los habitantes de Álvaro Obregón, ya que como consecuencia de ello se generan distintas carencias sociales, desigualdad de oportunidades, pobreza y vulnerabilidad.

A su vez, la Medición de la Pobreza Municipal 2020 del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) reporta que el 37.7 por ciento de la población de Álvaro Obregón, equivalente a 273,656 personas, se encuentran en condición de pobreza y tienen en promedio 1.9 carencias sociales de las 6 consideradas en la Medición Multidimensional de la Pobreza en México. Así mismo, la población en condición de pobreza extrema en 2020 se estimó en 40,958 personas, equivalente al 5.6 por ciento de la población de la alcaldía y que en promedio tienen 3.3 carencias sociales.

Por otro lado, la desaceleración económica registrada a partir del cuarto trimestre del año 2018, aunado a las consecuencias generadas a causa de la emergencia sanitaria por el virus SARS-COV2 (COVID-19), han sido negativas en prácticamente todos los ámbitos de la actividad económica. De acuerdo con estimaciones de la Confederación Patronal de la República Mexicana, el 90 por ciento de las micro y pequeñas empresas y negocios en México no recibió ningún apoyo para sobrevivir a la crisis económica, por lo que, un gran número de éstas, se vieron obligadas a cerrar o reducir su operación, y con ello se cancelaron fuentes de empleo que...

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