Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del programa social, “Impulso Social”, para el ejercicio fiscal 2021

124 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de diciembre de 2020

ALCALDÍA EN GUSTAVO A. MADERO

RUBÉN LINARES FLORES, Director General de Desarrollo Social en la Alcaldía Gustavo a. Madero, con fundamento en los artículos Trigésimo y Trigésimo Cuarto Transitorios de la Constitución Política de la Ciudad de México, artículo 35 Fracción IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11, 33, 34 Fracción I, 35, 36, 37, 38 y 38 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México); artículo 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México); artículos 34, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, y los Lineamientos para la Elaboración de Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2021; así como el Ordinal Tercero del Acuerdo por el que se delega en la persona Titular de la Dirección General de Desarrollo Social y de la Dirección Ejecutiva de Cultura, Recreación y Deporte las facultades derivadas de las atribuciones que se indican y expresamente les otorguen los ordenamientos jurídicos correspondientes a la Alcaldía de Gustavo A. Madero y su Titular; publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con fecha 31 de enero de 2020; y

CONSIDERANDO

  1. Que la Alcaldía de Gustavo A. Madero, es un Órgano Político-Administrativo dotado de personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto; forma parte de la administración pública de la Ciudad de México y conforma un nivel de gobierno, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México;

  2. Que la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Social cuenta con las facultades que le han sido delegadas mediante el Acuerdo por el que se delega en la persona Titular de la Dirección General de Desarrollo Social y de la Dirección Ejecutiva de Cultura, Recreación y Deporte las facultades derivadas de las atribuciones que se indican y expresamente les otorguen los ordenamientos jurídicos correspondientes a la Alcaldía de Gustavo A. Madero y su Titular; publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con fecha 31 de enero de 2020;

  3. Que durante la Vigésimo Quinta Sesión Extraordinaria 2020 del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, celebrada el 17 de diciembre de 2020, fueron aprobados mediante el acuerdo COPLADE/SE/XXV/16/2020, los programas sociales a ejecutarse en el ejercicio 2021 por la Alcaldía Gustavo A. Madero, entre los que se encuentra el programa "Impulso Social", por lo cual he tenido a bien expedir el siguiente:

    AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL "IMPULSO SOCIAL", PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021.

    1. Nombre de programa social y dependencia o entidad responsable

    1.1. Nombre completo del Programa Social

    Impulso Social

    1.2. Entidad responsable

    Alcaldía de Gustavo A. Madero

    1.3. Unidades administrativas involucradas en la operación del programa social.

    Dirección General de Desarrollo Social. (Supervisión del programa)

    Dirección Ejecutiva de Comunicación Social e Imagen Institucional (Difusión)

    Dirección de Servicios Médicos y Equidad Social. (Coordinación y Seguimiento del programa)

    Dirección de Finanzas. (Transferencia de recursos)

    Subdirección de Igualdad Social (Control del programa)

    Jefatura de Unidad Departamental de Atención Prioritaria a Grupos Vulnerables. (Operación del programa)

    2. Alineación programática

    Este programa tiene como objetivo contribuir al desarrollo económico y social de Adultos Mayores, Personas con Discapacidad, Madres Solas y Padres Solo y personas con enfermedades crónico-degenerativas y/o crónico-invalidantes que por causas como su edad, enfermedad , se encuentran en condiciones de desventaja de desarrollo y acceder a mejores

    condiciones de vida y/o empleo; lo anterior en reconocimiento a las libertades y derechos plasmados en la Constitución Política de la Ciudad de México y el Programa de Gobierno de la Ciudad de México, ejes 1.5, 1.6, 1.6.3, 1.6.4 y 1.6.7, tal y como se señala a continuación:

    - Artículo 11, Ciudad Incluyente, Apartados A. Grupos de atención prioritaria, C. Derechos de las mujeres, F. Derechos de personas mayores y G. Derechos de personas con discapacidad, de la Constitución Política de la Ciudad de México:

    1. Grupos de atención prioritaria

      La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales.

    2. Derechos de las mujeres

      Esta Constitución reconoce la contribución fundamental de las mujeres en el desarrollo de la ciudad, promueve la igualdad sustantiva y la paridad de género. Las autoridades adoptarán todas las medidas necesarias, temporales y permanentes, para erradicar la discriminación, la desigualdad de género y toda forma de violencia contra las mujeres.

    3. Derechos de personas mayores

      Las personas mayores tienen los derechos reconocidos en esta Constitución, que comprenden, entre otros, a la identidad, a una ciudad accesible y segura, a servicios de salud especializados y cuidados paliativos, así como a una pensión económica no contributiva a partir de la edad que determine la ley. Tomando en cuenta las necesidades específicas de mujeres y hombres, la Ciudad establecerá un sistema integral para su atención que prevenga el abuso, abandono, aislamiento, negligencia, maltrato, violencia y cualquier situación que implique tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes o atente contra su seguridad e integridad.

    4. Derechos de personas con discapacidad

      Las personas con discapacidad tendrán derecho a recibir un apoyo no contributivo hasta el máximo de los recursos disponibles.

  4. Derechos de las personas migrantes y sujetas de protección internacional

    Las personas migrantes y las personas sujetas de protección internacional y en otro contexto de movilidad humana, así como sus familiares, independientemente de su situación jurídica, tendrán la protección de la ley y no serán criminalizados por su condición de migrantes. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para la protección efectiva de sus derechos, bajo criterios de hospitalidad, solidaridad, interculturalidad e inclusión.

    En alineación con las estrategias del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México:

    - Ampliar la cobertura de los programas sociales (salud, educación, trabajo, vivienda, alimentación) para avanzar progresivamente y atendiendo el principio de no regresividad en los programas de reducción de la pobreza de los grupos en desventaja social.

    - Propiciar la exigibilidad del derecho a la igualdad y no discriminación en la Ciudad de México.

    - Desarrollar programas educativos, civiles, políticos, laborales, culturales, deportivos, sociales y comunitarios con perspectiva de género, que incorpore contenidos actuales, prácticos, científicos y humanísticos para personas adultas mayores, con generación de conocimientos y saberes intergeneracionales que fomenten un envejecimiento activo y saludable.

    3. Diagnóstico

    3.1. Antecedentes

    Este programa social tiene como antecedente el programa "Brindar Apoyo a Personas con Discapacidad y Población Vulnerable" publicado en el año 2007 cuyo objetivo fue apoyar a las personas con discapacidad y los grupos de atención prioritaria, este programa consistía en otorgar acceso a actividades y servicios como recreación, servicios médicos y de salud, educación, cultura y deporte.

    En 2009 se crea el programa "Apoyo Alimentario a Adultos Mayores de 60 a 69 Años, Madres Solteras y Madres en Situación de Abandono con Hijos de Hasta 5 años, así como personas con discapacidad, todos en condiciones de pobreza y marginación". Este programa consistió en la entrega de un apoyo económico de $ 200.00 de manera bimestral a Adultos

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    Mayores, Madres Solteras y Madres en situación de Abandono y Personas con Discapacidad, buscando realizar la entrega de 20,000 apoyos entre los grupos de población mencionados, con esto se buscó reducir los principales indicadores de Pobreza de la entonces Delegación Gustavo A. Madero.

    A partir del ejercicio fiscal 2013 cambia el nombre a "Grupos Vulnerables", programa que busco ayudar a Adultos Mayores de 60 a 67 años de edad, Personas con Discapacidad y las Madres Solas con hijos de entre 0 y 4 años de edad, todos en condiciones de pobreza y marginación, su objetivo principal fue contribuir a mejorar el nivel de bienestar y calidad de vida de su población objetivo incrementando los montos otorgados. Para el año 2016 se publica en la entonces Gaceta Oficial de la del Distrito Federal un cambio de nombre en el programa pasando a "MiGAM Apoyo" nombre con el que se conoció hasta 2018, teniendo la misma población objetivo; aumentando el número de beneficiarios y disminuyendo el monto económico entregado por persona.

    El programa "Impulso Social", fue creado en el ejercicio 2019 y continuó operando durante el ejercicio 2020, con el objetivo de contribuir a la economía familiar de los grupos de atención prioritaria de la Alcaldía Gustavo A. Madero, como son: Adultos Mayores de 60 a 67 años de edad, Personas con Discapacidad de 18 a 59 años de edad, Madre sola o Padre solo con hijo de 0 a 4 años de edad y Personas con enfermedades crónico-degenerativas y/o crónico-invalidantes, a través de la entrega de apoyos económicos.

    Durante el ejercicio 2020, se tenía presupuestado beneficiar a:

    - 2,000 Adultos Mayores hombres y mujeres de 60 a 67 años de edad.

    - 500 Personas con Discapacidad hombres, mujeres, niños y niñas de 0 a 59...

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