Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación del programa social, “Cultura Viva Comunitaria GAM”, para el ejercicio fiscal 2021

ALCALDÍA EN GUSTAVO A. MADERO

RUBÉN LINARES FLORES, Director General de Desarrollo Social en la Alcaldía Gustavo a. Madero, con fundamento en los artículos Trigésimo y Trigésimo Cuarto Transitorios de la Constitución Política de la Ciudad de México, artículo 35 Fracción IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11, 33, 34 Fracción I, 35, 36, 37, 38 y 38 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México); artículo 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México); artículos 34, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, y los Lineamientos para la Elaboración de Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2021; así como el Ordinal Tercero del Acuerdo por el que se delega en la persona Titular de la Dirección General de Desarrollo Social y de la Dirección Ejecutiva de Cultura, Recreación y Deporte las facultades derivadas de las atribuciones que se indican y expresamente les otorguen los ordenamientos jurídicos correspondientes a la Alcaldía de Gustavo A. Madero y su Titular; publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con fecha 31 de enero de 2020; y

CONSIDERANDO

  1. Que la Alcaldía de Gustavo A. Madero, es un Órgano Político-Administrativo dotado de personalidad jurídica y autonomía con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto; forma parte de la administración pública de la Ciudad de México y conforma un nivel de gobierno, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México;

  2. Que la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Social cuenta con las facultades que le han sido delegadas mediante el Acuerdo por el que se delega en la persona Titular de la Dirección General de Desarrollo Social y de la Dirección Ejecutiva de Cultura, Recreación y Deporte las facultades derivadas de las atribuciones que se indican y expresamente les otorguen los ordenamientos jurídicos correspondientes a la Alcaldía de Gustavo A. Madero y su Titular; publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con fecha 31 de enero de 2020;

  3. Que durante la Vigésimo Quinta Sesión Extraordinaria 2020 del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, celebrada el 17 de diciembre de 2020, fueron aprobados mediante el acuerdo COPLADE/SE/XXV/16/2020, los programas sociales a ejecutarse en el ejercicio 2021 por la Alcaldía Gustavo A. Madero, entre los que se encuentra el programa "Cultura Viva Comunitaria GAM", por lo cual he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL "CULTURA VIVA COMUNITARIA GAM", PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021.

1. Nombre de programa social y dependencia o entidad responsable

1.1. Nombre completo del Programa Social

Cultura Viva Comunitaria GAM

1.2. Entidad responsable

Alcaldía de Gustavo A. Madero

1.3. Unidades administrativas involucradas en la operación del programa social.

Dirección General de Desarrollo Social. (Supervisión general del programa)

Dirección Ejecutiva de Cultura, Recreación y Deporte. (Responsable del Programa)

Coordinación de Control y Seguimiento de Cultura Recreación y Deporte. (Supervisión y Administración del programa) Dirección de Cultura y Recreación (Seguimiento del programa)

Subdirección de Actividades Culturales y Turismo. (Operación del programa)

Dirección Ejecutiva de Comunicación e Imagen Institucional (Difusión del Programa)

Dirección de Finanzas. (Transferencia de recursos)

2. Alineación programática

Este programa social se encuentra alineado con los ejes, derechos y líneas de acción del Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024:

88 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de diciembre de 2020

  1. Ciudad Sustentable

    2.1 Desarrollo Económico sustentable e incluyente y generación de empleo

    Implementar mejoras en las políticas públicas de protección social dirigidas a las personas en situación de desempleo.

  2. Ciudad de México, Capital Cultural de América

    La Ciudad de México, es por excelencia una ciudad pluriétnica, pluricultural y con un entramado complejo de relaciones sociales donde la diversidad de ideas y manifestaciones convergen en un espacio territorial muy limitado.

    En este marco de gran riqueza y diversidad, amplios sectores de la población de la ciudad no gozan de los beneficios de la cultura de calidad. Ante los problemas de desescolarización, los jóvenes viven un acceso limitado en sus derechos culturales debido a los inadecuados mecanismos de difusión que permitan mejorar la calidad de los bienes y servicios culturales producidos en la ciudad.

    4.1. Cultura Comunitaria

    Objetivo general

    Desarrollar la cultura comunitaria para la construcción de esquemas de intervención y procesos colaborativos que permitan vincular proyectos de base social y crear las condiciones para que las comunidades se favorezcan y ejerzan sus capacidades creativas y críticas, en condiciones de equidad, confianza y transparencia.

    Asimismo, con este Programa Social se reconocen las libertades y derechos plasmados en la Constitución Política de la Ciudad de México específicamente los señalados en el Artículo 8 Ciudad Educadora y de Conocimiento inciso D. Derechos Culturales.

Artículo 8

Ciudad Educadora y de Conocimiento.

  1. Derechos Culturales

  1. Toda persona, grupo o comunidad gozan del derecho irrestricto de acceso a la cultura. El arte y la ciencia son libres y queda prohibida toda forma de censura. De manera enunciativa y no limitativa, tienen derecho a:

    1. Elegir y que se respete su identidad cultural, en la diversidad de sus modos de expresión;

    2. Conocer y que se respete su propia cultura, como también las culturas que, en su diversidad, constituyen el patrimonio

      común de la humanidad;

    3. Una formación que contribuya al libre y pleno desarrollo de su identidad cultural;

    4. Acceder al patrimonio cultural que constituye las expresiones de las diferentes culturas;

    5. Acceder y participar en la vida cultural a través de las actividades que libremente elija y a los espacios públicos para el ejercicio de sus expresiones culturales y artísticas, sin contravenir la reglamentación en la materia;

    6. Ejercer las propias prácticas culturales y seguir un modo de vida asociado a sus formas tradicionales de conocimiento, organización y representación, siempre y cuando no se opongan a los principios y disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los tratados internacionales y de esta Constitución;

    7. Ejercer en libertad su derecho a emprender proyectos, iniciativas y propuestas culturales y artísticas;

    8. Constituir espacios colectivos, autogestivos, independientes y comunitarios de arte y cultura que contarán con una regulación específica para el fortalecimiento y desarrollo de sus actividades;

    9. Ejercer la libertad creativa, cultural, artística, de opinión e información; y

    10. Participar, por medios democráticos, en el desarrollo cultural de las comunidades a las que pertenece y en la elaboración, la puesta en práctica y la evaluación de las políticas culturales.

  2. Toda persona tiene derecho al acceso a los bienes y servicios que presta el Gobierno de la Ciudad de México en materia de arte y cultura.

  3. Las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias protegerán los derechos culturales. Asimismo, favorecerán la promoción y el estímulo al desarrollo de la cultura y las artes. Los derechos culturales podrán ampliarse conforme a la ley en la materia que además establecerá los mecanismos y modalidades para su exigibilidad.

  4. Toda persona y colectividad podrá, en el marco de la gobernanza democrática, tomar iniciativas para velar por el respeto de los derechos culturales y desarrollar modos de concertación y participación.

  5. El patrimonio cultural, material e inmaterial, de las comunidades, grupos y personas de la Ciudad de México es de interés y utilidad pública, por lo que el Gobierno de la Ciudad garantizará su protección, conservación, investigación y difusión.

  6. El Gobierno de la Ciudad otorgará estímulos fiscales para el apoyo y fomento de la creación y difusión del arte y cultura.

  7. Los grupos y comunidades culturales gozarán del derecho de ser reconocidos en la sociedad.

Artículo 10

Ciudad Productiva.

  1. Derecho al trabajo

    1. En la Ciudad de México tutela el Derecho Humano al trabajo, así como la promoción de habilidades para el emprendimiento, que generen valor mediante la producción de bienes y servicios.

    3. Diagnóstico

    3.1. Antecedentes

    El programa social "Cultura Viva Comunitaria GAM" no contaba con antecedentes directos en la Alcaldía Gustavo A. Madero hasta el ejercicio 2019 cuando se implementó por primera vez; en dicho ejercicio conto con un monto total autorizado de $5, 880,000.00 (Cinco millones ochocientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.), con los que se benefició a 147 facilitadores de servicios (Talleristas culturales en situación de desempleo), quienes con los conocimientos con que contaban contribuyeron a incrementar la oferta de talleres de iniciación artística, actividades, presentaciones musicales, exposiciones, espectáculos de artes escénicas y formación de capital cultural, tanto en la infraestructura cultural institucional con la que cuenta la Alcaldía como en los espacios públicos: calles, jardines y plazas de las diferentes colonias.

    Durante el ejercicio 2020, se asignó un presupuesto total de $9,000,000.00 (Nueve millones de pesos 00/100 M.N.) con los que se benefició a 150 facilitadores de servicios (Talleristas culturales en situación de desempleo), a lo largo de 12 meses, a diferencia del ejercicio anterior en el cual los talleristas iniciaron sus actividades en el mes de mayo.

    Cabe señalar que a través de las...

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