Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del programa “Comedores Sociales de la Ciudad de México”, 2021

SECRETARÍA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

DRA. ALMUDENA OCEJO ROJO, SECRETARIA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL, con fundamento en

los artículos 1, 2, 3, 7 apartado E, y 9 apartado A, B y C, 17 apartado A de la Constitución Política de la Ciudad de México; 20 fracciones VIII, y IX, y 34 fracciones I, II, III, IV y V, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, 3, 6, 7, 8, 10, 14, 15 y 16 de la Ley de Comedores de la Ciudad de México; 10 fracción IV, 32, 33, 39 y 40 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 97, 129, 130 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, 9 de La Ley de Ingresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2020; el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad De México para el Ejercicio Fiscal 2021, emito el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA "COMEDORES SOCIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO" 2021.

1. Nombre de programa social y dependencia o entidad responsable

1.1 Nombre completo del Programa Social o denominación oficial: "Comedores Sociales de la Ciudad de México" 2021.

1.2 Dependencia responsable de la ejecución del programa: Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México.

1.3. Unidades administrativas responsables de la operación del programa: Dirección General de Inclusión Social, Dirección de Comedores Sociales, Unidad Administrativa Técnico-Operativa encargada de la coordinación, seguimiento, verificación, supervisión y control del programa y la Dirección General de Administración y Finanzas (suministro de recursos, insumo y abasto para la operación).

2. Alineación Programática.

El Programa Comedores Sociales se encuentra alineado con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en particular con lo dispuesto en el: Título Primero, Capítulo I De los Derechos Humanos y sus Garantías, en específico en su artículo 4º que dice:

"Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará. En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez."

Por otro lado, se vincula con la Constitución Política de la Ciudad de México en particular con el: Artículo 9 Ciudad Solidaria., inciso C. Derecho a la Alimentación y a la Nutrición que menciona:

"Toda persona tiene derecho a una alimentación adecuada, nutritiva, diaria, suficiente y de calidad con alimentos inocuos, saludables, accesibles, asequibles y culturalmente aceptables que le permitan gozar del más alto nivel de desarrollo humano posible y la protejan contra el hambre, la malnutrición y la desnutrición.

Las autoridades, de manera progresiva, fomentarán la disponibilidad, distribución, abastecimiento equitativo y oportuno de alimentos nutritivos y de calidad; promoverán la seguridad y sustentabilidad alimentarias; y garantizarán el acceso a este derecho dando prioridad a las personas en pobreza y a las demás que determine la ley."

Además, por lo que respecta al Programa de Gobierno 2019-2024, se encuentra alineado al Eje 1 Igualdad y Derechos y a la estrategia 1.6 Derecho a la Igualdad e Inclusión.

Finalmente, se alinea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con el Objetivo 2: Hambre cero, que establece: "Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible.

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 de diciembre de 2020

3. Diagnóstico

3.1. Antecedentes

El programa Comedores Sociales tiene sus orígenes en el año 2009 con la implementación en el entonces Distrito Federal (hoy Ciudad de México), de los programas sociales Comedores Comunitarios y Comedores Públicos, dichos programas eran operados por la entonces Secretaría de Desarrollo Social (SEDESO), los cuales tenían como objetivo contribuir a garantizar el derecho a la alimentación de la población que reside y/o transita en Unidades Territoriales preferentemente en las clasificadas como de media, alta o muy alta marginación y/o en zonas que se encuentren en situación de vulnerabilidad.

La implementación y operación de los programas se llevaba de manera separada, el Programa Comedores Comunitarios era implementado por la entonces Dirección General de Igualdad y Diversidad Social (DGIDS) y el Programa Comedores Públicos era operado por la entonces Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social (IASIS).

En el año 2014 se decidió instalar en caso de emergencias o contingencias provocadas por inundaciones, incendios, sismos o condiciones climatológicas extremas Comedores Emergentes para contribuir a garantizar el derecho a la alimentación de las personas afectadas.

Actualmente el Gobierno de la Ciudad de México a través de la política pública tiene como objetivo beneficiar a la sociedad, mediante la puesta en marcha de estrategias, acciones y actividades que de forma integral generen bienestar social a la población.

Es por eso que desde 2019 los Comedores Sociales se ajustan a la nueva estructura con la que opera la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social a través de la Dirección General de Inclusión Social (2020), supervisados por la Dirección de Comedores Sociales.

También en 2019 se instalaron los Come-Móviles como un mecanismo de atención a población que asiste por atención médica y familiares de personas hospitalizadas que se encuentra principalmente en zonas hospitalarias.

A partir de 2020 los programas se integran en uno solo, identificado como Programa Social denominado "Comedores Sociales de la Ciudad de México". La unificación permitió tener una mejor coordinación y aprovechar de manera más eficiente los recursos.

Adicionalmente en el 2020, se incorpora una nueva modalidad de Comedores Sociales, el Comedor Consolidado del cual se logró la apertura del denominado CEDA (Central de Abastos de la Ciudad de México), con un modelo de administración autosustentable y Centro Generador de Recursos de Aplicación Automática, a cargo de un Comité de Operación integrado por personas en situación de vulnerabilidad social y económica, con capacidad de producir más de 350 raciones de comida diariamente, por lo que para el ejercicio 2021, se pretende ampliar la modalidad de Comedores Consolidados.

3.2 Problema Social Atendido por el Programa Social.

El programa Comedores Sociales de la Ciudad de México apoya directamente a la economía familiar de las personas que asisten a los comedores sociales por la accesibilidad en los costos, así como brindar una alimentación con calidad e higiene, promoviendo una cultura de la alimentación adecuada, nutritiva, saludable e inocua, de tal manera que se mejoren los hábitos alimenticios entre la población.

El concepto de Seguridad Alimentaria surge en los años setenta, basado en la producción y disponibilidad alimentaria a nivel global y nacional. En los años ochenta, se añade la idea de acceso físico y económico; en los noventa se llega al concepto actual, que incorpora la inocuidad y las preferencias culturales, afirmando la Seguridad Alimentaria como un derecho humano.

De acuerdo con la FAO la inseguridad alimentaria contribuye al sobrepeso y la obesidad, así como a la desnutrición, y coexisten altas tasas de estas formas de malnutrición en muchos países. El costo más alto de los alimentos nutritivos, el estrés que significa vivir con inseguridad alimentaria y las adaptaciones fisiológicas a la restricción de alimentos ayudan a explicar por qué las familias que enfrentan inseguridad alimentaria pueden tener un riesgo más alto de sobrepeso y obesidad.

El escaso acceso a los alimentos hace que aumente el riesgo de bajo peso al nacer y retraso del crecimiento en los niños, que están asociados a un mayor riesgo de sobrepeso y obesidad en etapas posteriores de la vida. (El Estado de la Seguridad Alimentaria y la Nutrición en el Mundo 2018 FAO).

De acuerdo con la FAO el hambre aumenta debido a la exposición a eventos climáticos más complejos, frecuentes e intensos que amenazan con menoscabar y revertir los avances realizados en la erradicación del hambre y la malnutrición (FAO, El Estado de la Seguridad Alimentaria y la Nutrición en el Mundo 2018).

De acuerdo con las cifras del Consejo Nacional de Evaluación de la Política del Desarrollo Social (CONEVAL), en el Informe de Pobreza y Evaluación de las Entidades Federativas 2020 de la Ciudad de México, la población con carencia por acceso a la alimentación en la Ciudad de México es alrededor de 1 millón 218 mil personas.

Cuadro 1. Ciudad de México: Porcentaje y número de personas con carencia por acceso a la alimentación, 2010-2018

Carencia por Acceso a la

Alimentación 2010 2012 2014 2016 2018

Porcentaje 15.5 13.0 11.7 11.5 13.9

Miles de personas 1,381.3 1,157.5 1,031.5 1,014 1,218.0

Fuente: estimaciones del CONEVAL con base en el MCS-ENIGH 2010, 2012, 2014 y el MEC del MCS-ENIGH 2016 y 2018.

La seguridad alimentaria tiene cuatro dimensiones: I) disponibilidad física: referida a la oferta como función de la producción de alimentos, existencias y comercio neto; II) acceso: económico y físico en materia de ingresos y gastos, dado que la oferta no garantiza la seguridad alimentaria; III) utilización: entendida como la forma en la que el cuerpo aprovecha los nutrientes, la ingesta de energía, la correcta preparación de los alimentos, la diversidad de la dieta y el uso biológico de los alimentos; y IV)...

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