Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de la Acción Institucional “Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación para Unidades Habitacionales y Vivienda” para el Ejercicio Fiscal 2016

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO D E L E G A C I Ó N C U A U H T É M O C

DR. RICARDO MONREAL ÁVILA, JEFE DELEGACIONAL EN CUAUHTÉMOC, con fundamento en el artículo 4, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87,104, 112,117 y 118 del estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción VI, 36, 37 y 39 fracciones VIII, XLV, LIV, LVI y LXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Distrito Federal; 12 y 13 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 32, 33, 34 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 97, 101 y 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y considerando que:

Es de orden público e interés social tal como lo establece la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal cumplir en el marco de las atribuciones de la Administración Pública de la Ciudad de México, con la responsabilidad social del Estado y asumir plenamente las obligaciones constitucionales en materia social para que la ciudadanía pueda gozar de sus derechos sociales universales.

Promover, proteger y garantizar el cumplimiento de los derechos sociales universales de los habitantes de la Ciudad de México en particular en materia de alimentación, salud, educación, vivienda, trabajo e infraestructura social; disminuir la desigualdad social en sus diversas formas, derivada de la desigual distribución de la riqueza, los bienes y los servicios, entre los individuos, grupos sociales y ámbitos territoriales; integrar las políticas y programas contra la pobreza en el marco de las políticas contra la desigualdad social.

Impulsar la política de desarrollo social, con la participación de personas, comunidades, organizaciones y grupos sociales que deseen contribuir en este proceso de modo complementario al cumplimiento de la responsabilidad social del Estado y a la ampliación del campo de lo público, así como integrar o reintegrar socialmente a los grupos de población excluidos de los ámbitos del desarrollo social, la familia o la comunidad con pleno respeto a su dignidad y derechos.

Y que uno de los objetivos básicos que promueve el Gobierno Delegacional en Cuauhtémoc es el cumplimiento cabal de los principios de la política de Desarrollo Social, así como la garantía de dar a las generaciones futuras y a los grupos vulnerables como adultos mayores, mujeres, población indígena, infancia, personas con discapacidad y población en situación de calle, opciones que incidan en los sectores de la economía, la cultura, el deporte, la vivienda, la salud, el empleo, la educación y la protección social, principales rubros atendidos en los programas sociales que buscan mitigar los efectos más severos de marginación y pobreza, satisfaciendo con ello, necesidades básicas de nuestra población.

Que en cumplimiento de la responsabilidad social, esta administración se inscribe en el marco de la política social organizada en los cinco Ejes Estratégicos que conforman el Programa General de Desarrollo 2013-1018 del Gobierno de la Ciudad de México, siendo el que nos compete el del Desarrollo Humano Equidad e Inclusión Social, en el que convergen las atribuciones y facultades de la Administración Pública de la Ciudad de México, en torno a los objetivos y estrategias de donde se desprenden las acciones que habrán de ordenarse en los programas sectoriales.

Y que con base en el Manual de Funciones de la Dirección General de Desarrollo Social, así como de los 15 Compromisos por la Regeneración, del Gobierno Delegacional en Cuauhtémoc, buscamos cumplir con una política incluyente, comprometida e igualitaria, consolidando la calidad de los servicios, actividades y programas sociales, asumiendo junto con la ciudadanía, en el pleno ejercicio del gobierno, de manera progresiva acorde a los recurso disponibles y a la incorporación de modalidades universales y con apego a la Ley.

Que en los beneficios de tipo material y económico que se otorgan y de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y el artículo 60 de su Reglamento, todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos deben llevar impresa la siguiente leyenda: "Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa para fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo a la Ley aplicable y ante la autoridad competente".

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de Diciembre de 2016

Al respecto y considerando los elementos contenidos en los "Lineamientos para la Formulación de Nuevos Programas Sociales Específicos que otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas y para la Modificación de los Existentes" (GODF, 18 de agosto de 2010), que definen a las Acciones Institucionales como actividades a cargo de las propias dependencias, órganos desconcentrados, entidades o delegaciones, vinculadas a la realización de eventos, al pago de promotores, instructores o personal para operación de programas sociales, con cargo al capítulo 4000. (Retomado parcialmente de la Definición de Acciones Institucionales de Beneficio Social).

Que son todas aquellas transferencias monetarias o en especie no permanente (única o dos veces por año) para atender problemáticas específicas, ya sea para atender contingencias y emergencias, para solventar una necesidad concreta; mismas que deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 97 de la de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y que deberán considerar criterios de solidaridad social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y temporalidad. A fin de asegurar transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso y otorgamiento de subsidios, apoyos, y ayudas a la población, se deberá sustentar en reglas de operación; por lo tanto se hace del conocimiento que el programa social PAIVIP se establece como Acción Institucional.

Por lo anterior y con base en las atribuciones que la Ley me confiere, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL "MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN PARA UNIDADES HABITACIONALES Y VIVIENDA" A CARGO DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN CUAUHTÉMOC PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.

Introducción

a) Antecedentes

El Programa Social Apoyos a Inmuebles con Viviendas Plurifamiliares (PAIVIP), se inició formalmente en enero de 2002, como parte de una política de Desarrollo Social relacionada con el mejoramiento del entorno físico y social, de quienes viven en condiciones de marginalidad y/o habitan inmuebles que muestran un sensible deterioro físico.

En la Delegación Cuauhtémoc existe un gran número de unidades habitacionales con distintos grados de deterioro físico debido a la edad de la construcción, a la falta de mantenimiento, a los pocos recursos económicos de que disponen sus habitantes para preservarlos y en general, a una escasa cultura de participación y corresponsabilidad para el mantenimiento de sus propios inmuebles.

De ahí que se haya instrumentado este programa que busca fomentar el mejoramiento físico de las unidades habitacionales y la participación de sus habitantes en su mantenimiento, otorgando para ello apoyos económicos directos que posibiliten la ejecución de obras de mantenimiento de áreas e instalaciones comunes.

El apoyo económico se otorga considerando el tamaño de la unidad, el tipo de obra a realizar y la necesidad de la misma. Existiendo en todo momento un seguimiento de la administración de la obra.

Este programa se ha aplicado ininterrumpidamente desde 2002, con mucha aceptación por parte de los vecinos. En 2015 se benefició a 171 unidades habitacionales, con un total de 4,134 viviendas y 20,670 habitantes. Para el ejercicio fiscal 2016, el programa social se vuelve Acción Institucional y cambia de nombre a "Mejora tu Unidad Habitacional en el Corazón de México"

b) Alineación Programática

Alineación con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018

Eje 1 Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano

Área de oportunidad 1.1 Discriminación y derechos humanos

Objetivo 1.1.1.- Realizar acciones que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las personas, independientemente de su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras, para evitar bajo un enfoque de corresponsabilidad la exclusión, el maltrato y la discriminación.

Meta.-1.1.1.2.- Reforzar el diseño, la legislación y la implementación de las políticas, programas y servicios de apoyo a la población para evitar la exclusión, el maltrato y/o la discriminación hacia las personas bajo un enfoque de corresponsabilidad social.

Línea de acción- 1.1.1.2.3.-Promover una cultura de corresponsabilidad social entre las personas participantes de los programas sociales.

Línea de acción.- 1.1.1.2.5.-Promover las acciones comunitarias y la coinversión social dentro de los programas sociales, a favor de las personas en situación de pobreza y exclusión, así como de grupos vulnerables: mujeres, adultos mayores, indígenas, niñas y niños, jóvenes y personas con discapacidad, entre otros.

Eje 4 Habitabilidad y Servicios, Espacio Público e Infraestructura

Área...

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