Aviso por el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de Operación del Programa Social, “Apoyo Económico para el Combate al Rezago Educativo de las Infancias Indígenas”, para el Ejercicio Fiscal 2022

58 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de enero de 2023

ALCALDÍA EN CUAUHTÉMOC

SANDRA XANTALL CUEVAS NIEVES. Titular de la Alcaldía en Cuauhtémoc, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1 numerales 1, 4 y 5, 52 numerales 1, 2 y 4, 53 apartado A numerales 1, 2 fracciones I, XX y XXI de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2 fracción I, 3, 4, 5, 6, 15, 20, 21, 29, 30, 31, 35 fracción I, 40, 41, 62, 63, 71 y 74 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 123 124 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 32, 33 y 39 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 38, 39, 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL, "APOYO ECONÓMICO PARA EL COMBATE AL REZAGO EDUCATIVO DE LAS INFANCIAS INDÍGENAS", PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022.

Único.- Se modifican los numerales 3.1 apartado Antecedentes, 8.2 apartado Requisitos de Acceso, 8.3 apartado Procedimientos de acceso, y 10.1 apartado Operación, para quedar de la siguiente manera:

3.1. Antecedentes

El Programa de Apoyo Económico para el Combate al Rezago Educativo de las Infancias Indígenas en la Alcaldía Cuauhtémoc, contemplado como parte de la política social de la Alcaldía Cuauhtémoc.

La presencia de la población indígena en la Ciudad de México, ha contribuido a que sea una ciudad multicultural y pluriétnica, desde tiempos prehispánicos esta ciudad ha tenido presencia de los pueblos originarios hasta nuestros días con altas migraciones de grupos poblacionales indígenas provenientes de otros Estados de la República, en estas condiciones de migración y asentamiento urbano las poblaciones indígenas han luchado históricamente para ejercer los derechos sociales básicos, así como por el reconocimiento de sus derechos individuales y colectivos.

Existen varios criterios para identificar a la población indígena, a saber: el del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, y el de auto adscripción del INEGI. El primero permite dimensionar y caracterizar a la población que forma parte de una comunidad lingüística como hablante de lengua indígena (HLI) y requiere contar con recursos humanos y servicios educativos 2013como docentes y libros de texto2013 en su lengua.

El segundo permite dimensionar y caracterizar a la población que, aunque posiblemente ha perdido su lengua por procesos de desplazamiento lingüístico, parte del reconocimiento propio con base en la cultura, la historia y las tradiciones de su comunidad.

8.2. Requisitos de acceso

De acuerdo con el Artículo 33 de la Ley de Desarrollo Social y el Artículo 50 de su Reglamento, el acceso al Programa debe ser a través de convocatoria, y sólo podrán ser beneficiarias aquellas personas que cumplan con todos los requisitos y aporten la documentación completa solicitada.

Los requisitos de acceso, documentos necesarios, formas y criterios de valoración de la petición, para ser admitidas en el Programa, son públicos y se establecen a continuación:

f076 Ser niña, niño o adolescente indígena en el rango de edad de los 6 a los 17 años y 11 meses al momento de registrarse y hasta el término del programa.

f076 Tener como residencia la Alcaldía de Cuauhtémoc.

f076 Estar inscrito en una escuela pública o recibir servicios de educación comunitaria.

f076 Realizar el trámite para el ingreso al programa conforme a la convocatoria, el cual solo puede ser efectuado por la madre, padre o tutor del o de la menor.

Para personas que durante el ejercicio fiscal 2021 hayan solicitado su ingreso al programa social, que sus datos estén integrados, independientemente del estatus de respuesta que hayan tenido, la documentación será la siguiente:

f076 Entregar copia de la solicitud realizada en el año 2021 (documento solo referencial).

f076 Copia actualizada del Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses.

f076 Copia actualizada de la Identificación Oficial de la madre, el padre o el tutor del o de la menor.

f076 Constancia de estudios, boleta o certificado de inscripción vigente, este documento deberá actualizarse con la segunda inscripción en el año.

Tanto el comprobante de domicilio como la identificación oficial deberán coincidir en la dirección de la persona solicitante.

Para personas solicitantes que no realizaron su solicitud de ingreso durante el ejercicio fiscal 2021, deberán de presentar copia legible, así como el original para su cotejo de la documentación que formará parte del expediente electrónico de la persona solicitante misma que se enlista a continuación:

De la madre, padre o tutor:

f076 Cédula Única de Registro de Población (CURP) actualizada.

f076 Identificación...

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