Aviso por el cual se dan a conocer las modificaciones a las Reglas de Operación de los programas sociales que se indican, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, No. 279 de fecha 10 de febrero de 2020

102 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de abril de 2020

ALCALDÍA AZCAPOTZALCO

VIDAL LLERENAS MORALES Alcalde en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 122 apartado A, base VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53 apartado A, numerales 1, 2 fracción XI y 12 fracciones VIII y IX, apartado B numerales 1 y 3 fracciones XXXIV, XXXVI, XXXVII y XXXIX de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 fracciones I y II, 20 fracciones I, II, III, VIII y XI, 29 fracciones VIII y IX, 35 fracciones I, III y IV, 36 fracción I, 36 BIS fracciones I, III y IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 124 y 128 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 3 fracción XXIII, 11 fracciones I y IX, 32, 33, 34, fracción I, 35, 36, 37, 38 y 38 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (hoy de la Ciudad de México); 11, 13, 14 y 121 fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 50, 51, 52 y 60 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (hoy de la Ciudad de México); así como el Aviso por el que se da a conocer el vínculo electrónico de los Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el ejercicio 2020, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de octubre de 2019, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS SOCIALES DENOMINADOS "DALE AZCAPO" DEPORTE COMUNITARIO, "APOYO ECONÓMICO A MÚSICOS DE LA SINFÓNICA DE AZCAPOTZALCO" A EJECUTARSE EN LA ALCALDÍA DE AZCAPOTZALCO DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2020, PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, No. 279, DE FECHA 10 DE FEBRERO DE 2020

DALE AZCAPO DEPORTE COMUNITARIO

1- EN EL APARTADO 4.2. OBJETIVOS Y ACCIONES ESPECÍFICOS, 4.2.1. DICE:

4.2. Objetivos y acciones específicos.

4.2.1. El conjunto de acciones que se realizarán para alcanzar el objetivo general, son:

Promover e incentivar la práctica de actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas en los espacios públicos de la Ciudad de México.

Conformar un equipo de hasta 33, entre ellos entrenadores deportivos, activadores físicos y/o recreativos, así como deportistas, que colaboren con la implementación del programa como promotores y desarrollen las actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas en los espacios públicos de la alcaldía.

Consolidar una red de Promotores en los diversos espacios públicos.

Convocar a la población para la práctica de actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas.

Mantener actualizado el padrón de personas beneficiarias (Coordinador/a General del Programa, Subcoordinadores/as y Promotores/as), que desarrollarán las actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas en los espacios públicos.

4.2.2. (2026.)

4.2.3.

Con este programa social se busca promover el ejercicio del derecho al deporte, la promoción de la equidad y cohesión e integración social, como parte de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconocidos universalmente, mediante el acceso gratuito a actividades recreativas, físicas y deportivas.

DEBE DE DECIR:

4.2. Objetivos y acciones específicos.

4.2.1. El conjunto de acciones que se realizarán para alcanzar el objetivo general, son:

Promover e incentivar la práctica de actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas en los espacios públicos de la Ciudad de México.

2022Dar acceso y brindar información nutricional a personas con enfermedades crónico-degenerativas de la población objetivo.

2022 Conformar un equipo de hasta 33, entre ellos entrenadores deportivos, activadores físicos y/o recreativos, deportistas, y un/a asesor/a nutricional que colaboren con la implementación del programa como promotores y desarrollen las actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas y/o de orientación nutricional en los espacios públicos de la Alcaldía.

Consolidar una red de Promotores en los diversos espacios públicos.

Convocar a la población para la práctica de actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas.

Mantener actualizado el padrón de personas beneficiarias (Coordinador/a General del Programa, Subcoordinadores/as y Promotores/as), que desarrollarán las actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas en los espacios públicos.

4.2.2.

(2026.)

4.2.3

Con este programa social se busca promover el ejercicio del derecho al deporte y la salud, la promoción de la equidad y cohesión e integración social, como parte de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconocidos universalmente, mediante el acceso gratuito a actividades recreativas, físicas y deportivas.

2- EN EL APARTADO 5.2. POBLACIÓN BENEFICIARIA DICE:

5.2. Población Beneficiaria:

Hasta 33 instructores/as en diversas disciplinas deportivas, habitantes del territorio de la Alcaldía, priorizando aquellos que provengan de colonias con mayor vulnerabilidad y zonas con mayor índice de marginación

DEBE DECIR

5.2. Población Beneficiaria:

Hasta 33 instructores/as en diversas disciplinas deportivas, habitantes del territorio de la Alcaldía, priorizando aquellos que provengan de colonias con mayor vulnerabilidad y zonas con mayor índice de marginación. El programa contempla la participación de un/a asesor/a nutricional que brinde asesorías gratuitas a la población objetivo.

3- EN EL APARTADO 6.3. LAS METAS FÍSICAS DE OPERACIÓN Y DE RESULTADOS DICE:

6.3. Las metas físicas de operación y de resultados:

  1. De Operación:

    Promover e implementar actividades recreativas, físicas y deportivas en los espacios públicos, ubicados en el territorio de la Alcaldía Azcapotzalco, con el fin de beneficiar a 2500 habitantes dando prioridad a zonas de bajo y muy bajo desarrollo social. Lo anterior a través de la coordinación de una red de hasta 33 beneficiarios, entre ellos entrenadores deportivos, activadores físicos y/o recreativos, así como deportistas, que colaboren con la implementación del programa y desarrollen las actividades en los espacios públicos.

    DEBE DECIR:

    6.3. Las metas físicas de operación y de resultados:

  2. De Operación:

    Promover e implementar actividades recreativas, físicas y deportivas en los espacios públicos, ubicados en el territorio de la Alcaldía Azcapotzalco, con el fin de beneficiar a 2500 habitantes dando prioridad a zonas de bajo y muy bajo desarrollo social. Lo anterior a través de la coordinación de una red de hasta 33 beneficiarios, entre ellos entrenadores deportivos, activadores físicos y/o recreativos, así como deportistas, y un/a asesor/a nutricional que colaboren con la implementación del programa y desarrollen las actividades en los espacios públicos.

    4- EN EL APARTADO VII PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL DICE: VII PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL

    2022 31 promotores: $48,300.00 (Cuarenta y ocho mil trescientos pesos 00/100 M.N.) a cada uno, que se entregarán en 10 ministraciones de $4,830.00 (Cuatro mil ochocientos treinta pesos 00/100 M.N.) cada una de manera mensual.

    Quienes a través de la promoción, implementación y difusión desarrollarán las actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas, dirigidas a la población objeto del presente programa social y demás habitantes que deseen iniciar una actividad física."

    DEBE DE DECIR

    VII PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL

    2022 31 promotores: $48,300.00 (Cuarenta y ocho mil trescientos pesos 00/100 M.N.) a cada uno, que se entregarán en 10 ministraciones de $4,830.00 (Cuatro mil ochocientos treinta pesos 00/100 M.N.) cada una de manera mensual.

    Quienes a través de la promoción, implementación y difusión desarrollarán las actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas y/o de asesoría nutricional, dirigidas a la población objeto del presente programa social y demás habitantes que deseen iniciar una actividad física."

    5- EN EL APARTADO 8.2 REQUISITOS DE ACCESO, 8.2.1 DICE:

    8.2 Requisitos de Acceso

    8.2.1. Requisitos a cumplir para ser beneficiario (Coordinador/a general del programa, Subcoordinador/a y Promotor/a).

  3. Las personas interesadas en colaborar en la implementación de este programa como Coordinador/a General del Programa,

    104 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de abril de 2020

    Subcoordinadores y Promotores en actividades físicas, deportivas y recreativas deberán reunir los siguientes requisitos:

    Habitante de la Alcaldía Azcapotzalco preferentemente de las zonas de bajo y muy bajo desarrollo social.

    Ser mayor de edad.

    No ser persona beneficiaria de otro apoyo económico de la misma naturaleza.

    No prestar servicios como servidor público en ninguna dependencia estatal o local, así como prestadores de servicios (autogenerados) de las dependencias estatales o locales; como constancia de lo anterior, cada integrante del programa deberá firmar una carta bajo protesta de decir verdad que no es funcionario público.

    Tener disponibilidad de horario. (80 horas al mes destinado a impartir actividades y hasta 15 horas al mes para la participación en eventos deportivos de la Alcaldía Azcapotzalco).

    Tener estudios de licenciatura o licenciatura trunca, especialidad indistinta. (Coordinador/a General del Programa)

    Tener estudios de educación media superior concluida. (Subcoordinadores/as)

    Tener experiencia en manejo de grupos. (Coordinador/a General del Programa, Subcoordinador/a)

    Tener conocimientos en implementación de actividades recreativas, físicas y deportivas. Y presentar documento probatorio. (Coordinador/a General del Programa, Subcoordinador/a)

    Tener experiencia como instructor de actividades recreativas y/o físicas y/o deportivas. (Promotores)

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