Aviso por el cual se dan a conocer los mecanismos y criterios para aplicar reducciones en las cuotas fijadas por el uso y aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio público o por la prestación de servicios en el ejercicio de funciones de derecho público y productos o por la prestación de servicios del derecho privado en la “Ciudad Deportiva de La Magdalena Mixhuca” y en los demás Centros Generadores dependientes de este Órgano Político Administrativo

148 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 10 de febrero de 2021

ALCALDÍA EN IZTACALCO

Raúl Armando Quintero Martínez, Alcalde del Órgano Político Administrativo en Iztacalco, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 21, 52 y 53 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 3, 6 y 20 fracción XI y XXIII, 31 fracción III y XI de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y con la finalidad de dar cumplimiento al capítulo III, del Título IV y numeral 58 del título VI de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de los Ingresos de Aplicación Automática, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 19 de enero de 2021; y

CONSIDERANDO

Que la población de esta Alcaldía requiere de espacios donde realizar actividades sociales, deportivas y culturales que coadyuven en la elevación de su nivel de vida; que la situación económica por la que atraviesa nuestro país no es la adecuada para que la población cubra elevados costos en su acceso a espacios públicos de esparcimiento y deportivos para su beneficio, que la Alcaldía de Iztacalco, como política pública promueve e impulsa el uso de los espacios para bienestar de la población y como respuesta a los altos costos de la vida y en apoyo principalmente a la población de escasos recursos y grupos vulnerables, ha decidido implementar los presentes mecanismos y criterios en el marco de diversas acciones que contrarresten la situación económica que padecemos, doy a conocer el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS MECANISMOS Y CRITERIOS PARA APLICAR REDUCCIONES EN LAS CUOTAS FIJADAS POR EL USO Y APROVECHAMIENTO O ENAJENACIÓN DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO O POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL EJERCICIO DE FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO Y PRODUCTOS O POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL DERECHO PRIVADO EN LA "CIUDAD DEPORTIVA DE LA MAGDALENA MIXHUCA" Y EN LOS DEMÁS CENTROS GENERADORES DEPENDIENTES DE ESTE ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO.

  1. Hasta del 100% en las cuotas vigentes, en favor del alumnado y personal docente de las escuelas de nivel básico pertenecientes al sistema oficial de enseñanza en su calidad de usuarios de espacios y de servicios prestados en la Ciudad Deportiva Magdalena Mixhuca y en los centros culturales, sociales, comunitarios, deportivos y recreativos.

    En el caso de los alumnos, exhibir constancia de estudios vigente y/o credencial de la escuela del ciclo escolar en curso.

    Los docentes presentarán credencial de trabajador vigente.

  2. Hasta del 100% en las cuotas vigentes, en favor de adultos mayores, pensionados, jubilados y personas con discapacidad y grupos vulnerables, por el uso de instalaciones y de los servicios prestados en la Casa del Adulto Mayor Elena Poniatowska, en...

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