Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de la Acción Social “Apoyo Emergente Temporal para Comercios afectados por las Obras de la Ampliación de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo del Metro”

P O D E R E J E C U T I V O

SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

M. EN I. JESÚS ANTONIO ESTEVA MEDINA, Secretario de Obras y Servicios, con fundamento en los artículos 16, fracción XIII y 20, fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como los artículos 128 y 129, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 134 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 48 de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México; 5°, 6°, 32, 33 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículo 20 fracciones VI, XI, XIII, XVII y XVIII, artículo 208 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; así como en el Marco Conceptual para la Definición de Criterios en la Creación y Modificación de Programas y Acciones Sociales, y los Lineamientos para la Elaboración de las Acciones Institucionales de Desarrollo Social (Acciones Sociales), aprobado mediante oficio número CECDMX/P/SE/164/2022 de fecha 02 de mayo de 2022 emitido por el Mtro. Guillermo Jiménez Melgarejo, Secretario Ejecutivo del Consejo de Evaluación de la Ciudad de México.

CONSIDERANDO

Que el Programa Integral de Movilidad 2013-2018 contempló, como Meta 4, la ampliación y modernización de vías, estaciones y paraderos, entre las cuales se incluyó, para el periodo 2016-2018, la ampliación de la línea 12 del Metro en el tramo de Mixcoac a Observatorio. Para la realización de las obras se obtuvo opinión favorable de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Álvaro Obregón, Declaratoria de Cumplimiento Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México y dictamen positivo al Estudio de Impacto Urbano únicamente para la primera etapa, la cual comprende 13 lumbreras y túneles.

Que durante la ejecución de la obra se han visto afectados diversos comercios de la colonia Primera Victoria, Sección Bosques, toda vez que las obras han tornado problemática la circulación peatonal y dificultan la posibilidad de que los automovilistas puedan estacionar sus vehículos, lo cual ha repercutido en una disminución significativa en ventas.

Que el derecho a que una persona se dedique al comercio lícito se encuentra tutelado por el artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el artículo 10, Apartado B, de la Constitución Política de la Ciudad de México, en tanto que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, tiene por objeto ampliar las oportunidades de las personas, prestando especial atención a su condición humana tendiente a garantizar los Derechos Humanos. Contrario a tales ordenamientos y a raíz del inicio de las obras de ampliación de la Línea 12 del Metro, se dificultó el acceso a diversos comercios, por lo que los mismos han sufrido una merma en sus ingresos, afectación que tiene un impacto de mayor alcance, pues incluso pone en riesgo el empleo de los comercios y sus familias.

Que la Secretaría de Obras y Servicios cuenta con la suficiencia presupuestal para atender a los comerciantes afectados.

Por lo anterior, he tenido a bien expedir los siguientes:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE LA ACCIÓN SOCIAL "APOYO EMERGENTE TEMPORAL PARA COMERCIOS AFECTADOS POR LAS OBRAS DE LA AMPLIACIÓN DE LA LÍNEA 12 DEL METRO"

  1. Nombre de la Acción:

    "Apoyo Emergente Temporal para Comercios Afectados por la Obra de Ampliación de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo Metro"

    2. Tipo de Acción Social:

    Apoyo social emergente.

    Caso de excepción: transferencia monetaria.

    4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3 de junio de 2022

    3. Entidad Responsable:

    Secretaría de Obras y Servicios.

    4. Diagnóstico

    4.1 Antecedentes

    El 5 de octubre de 2014, se aprobó el Programa Integral de Movilidad 2013-2018, que en su Capítulo II. "Ejes estratégicospolíticas públicas" señala lo siguiente:

    "Eje Estratégico 1. Sistema Integrado de Transporte (SIT)"

    La Ciudad de México avanza hacia conformar un Sistema Integrado de Transporte público (SIT). Ello implica la integración física, operativa, de medios de pago e información de los seis sistemas que concentran la movilidad de la ciudad hoy en día Sistema de Transporte Colectivo Metro, Metrobús, Servicio de Transportes Eléctricos, Red de Transporte de Pasajeros, transporte público colectivo concesionado y ECOBICI, así como las nuevas modalidades en desarrollo.

    El SIT es el conjunto articulado de redes para prestar un servicio confiable, eficiente, cómodo y seguro, que permita movilizar a las personas usuarias con altos estándares de calidad y accesibilidad, con cobertura en toda la ciudad y adecuado a las necesidades de viaje.

    El 25 de agosto de 2015, la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación, ahora Alcaldía Álvaro Obregón, emitió opinión en sentido positivo respecto de la realización de la obra de ampliación de la Línea 12 del Metro.

    El 10 de febrero de 2016, la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, a través de la Dirección General de Regulación, emitió la Declaratoria del Cumplimiento Ambiental con número de folio 003474.

    El 20 de junio de 2016, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México, a través de los oficios con números SEDUVI/DGAU/14168/16 y DGAU.06/DEJU/030/2016, emitió dictamen positivo al Estudio de Impacto Urbano respecto del proyecto denominado "Ampliación de la Línea 12 del Metro Tramo de la Estación Terminal Mixcoac de dicha línea y de correspondencia con línea 7 hasta llegar a la Estación Terminal Observatorio en la delegación Álvaro Obregón, en el que se resuelve:

    El 23 de agosto de 2016, la Dirección General de Regulación Ambiental de la Secretaría del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR