Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de la Acción Social denominada “Haciendo Comunidad enel Mes de las Juventudes” para el Ejercicio Fiscal 2021 a cargo de la Dirección General de Bienestar Social de laAlcaldía la Magdalena Contreras

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3 de septiembre de 2021

A L C A L D I A S

ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS

PATRICIA JIMENA ORTIZ COUTURIER, ALCALDESA DE LA MAGDALENA CONTRERAS, con fundamento en los artículos 52 numerales 1 y 4; y 53 apartado A numerales 1, 2 fracciones VIII y XIII, numeral 12 fracción VIII, apartado B numerales 1, 3 inciso a) fracciones XXXIV y XXXVII; así como del Trigésimo Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 4, 6 fracción X, 11 fracción II párrafo 2 y Noveno transitorio de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 1, 3, 4, 6, 9, 20 fracciones II y XIII, 29 fracción VIII, 30 y 35 fracción IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículos 3 fracción I, 4 fracción XIII, 7 y 39 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículos 123, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; así como en el Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos para la Elaboración de Acciones Sociales 2021, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, de fecha 02 de diciembre de 2020; he tenido a bien emitir el siguiente:

Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de la Acción Social denominada "Haciendo Comunidad en el Mes de las Juventudes" para el Ejercicio Fiscal 2021 a cargo de la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía la Magdalena Contreras.

I. Nombre de la Acción Social.

1.1. Haciendo Comunidad en el Mes de las Juventudes

2. Tipo de Acción Social.

2.1. Transferencia monetaria.

3. Entidad Responsable.

3.1. Alcaldía La Magdalena Contreras.

3.2. Dirección General de Bienestar Social.

4. Diagnóstico.

4.1. Antecedentes

La presente Acción Social se implementa por primera vez derivado de la identificación de factores de desigualdad de la población entre 15 y 29 que habita las Unidades territoriales con Índice de Desarrollo Social Bajo y Muy Bajo, acentuada por motivos de la Contingencia Sanitaria por motivo de la presencia de COVID 19 en la Ciudad de México.

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo (ENUT 2019), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en las ciudades, solamente el 27.4 % de la población acude a eventos culturales, deportivos y de entretenimiento, el 18.4 % participa en juegos y aficiones; y el 36.5% realiza actividades de deporte y ejercicio físico. Lo anterior revela deficiencias gubernamentales para proveer de alternativas de calidad y accesibles para toda la población, con lo cual se generen hábitos para mejorar las expectativas de desarrollo personal y social, incrementar la calidad de vida de las personas y mejorar el entorno comunitario.

Además de esto y de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017 (ENADIS) realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) el 42 % de la población considera que se respetan poco o nada los derechos de la población adolescente y joven.

Se obtuvo que el 60.5% de la población considera que la mayoría de las y los jóvenes son irresponsables por lo que se dificulta su ingreso a un trabajo. También se estableció que el 20.5 % de los jóvenes expresaron dificultades para seguir estudiado debido a las conductas excluyentes.

Estas actitudes se reproducen en diversos ámbitos como el académico, el laboral, al recibir servicios médicos, en la calle o el transporte público y en otros contextos sociales que resultan en perjuicios a la población joven que ve reducidas las oportunidades de desarrollo por las limitaciones que le imponen los prejuicios y la exclusión social.

De acuerdo con el Censo 2020 del INEGI se estima en 58,287 habitantes jóvenes de la Demarcación La Magdalena Contreras de los cuales el 32.6% padece condición de pobreza, lo que se traduce en 19,001 jóvenes pobres habitantes de la demarcación, los cuales se sienten en su mayoría discriminados y excluidos por su condición social.

Por lo anterior y para fomentar el ejercicio del Derecho a la Igualdad y el principio de No Discriminación, a través de mecanismos que otorguen alternativas para la inclusión y la integración social, brindando las posibilidades de participar en actividades culturales, deportivas y lúdicas en las juventudes habitantes de La Magdalena Contreras, para atender la discriminación y la exclusión en la población juvenil.

4.3. Justificación y Análisis de Alternativas.

La realización de actividades de capacitación para la inclusión e integración social, así como la integración a actividades culturales, deportivas y lúdicas, y en la transferencia de estímulos económicos a jóvenes que habitan la Magdalena Contreras se elige como la alternativa más eficiente para dotar a los mismos de las habilidades y herramientas para su desarrollo.

4.4. Participación Social.

No se establecen mecanismos de participación social para la implementación de la Acción Social.

4.5. Análisis de similitudes y coordinación con Acciones o Programas Sociales del Gobierno central de la Ciudad de México y/o Alcaldías.

No hay registro de actividades similares en otras entidades gubernamentales que atiendan a la población de la Demarcación.

5. Definición de poblaciones objetivo, beneficiarias y/o usuarias.

5.1. La población objetivo de la Acción Social se estima en 59,429 personas jóvenes

La población usuaria de los servicios se estima en un máximo de 250 personas jóvenes habitantes de la Demarcación identificados como agentes de cambio en sus comunidades, así como 70 facilitadores de servicios

5.2. La focalización para la incorporación a la Acción Social se atenderá mediante la priorización de población en situación de pobreza y en segundo lugar al preponderar a la población habitante de las colonias de Muy bajo y Bajo Índice de Desarrollo Social, de acuerdo con los datos del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México (EVALÚA).

5.3. Las actividades que realizarán los facilitadores serán las brindar los medios para impartir las actividades, mismas que se realizarán de manera virtual, en caso de que las disposiciones sanitarias lo autoricen, podrán llevarse a cabo de manera presencial. De ser así, se acatarán las medidas sanitarias correspondientes, con los espacios públicos adaptados, aforo limitado, uso en todo momento de cubrebocas y gel antibacterial.

Las actividades tendrán temáticas culturales, deportivas y lúdicas que promuevan la inclusión y la...

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