Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de la Acción Social denominada, “Apoyos y Estímulos para Actividades Culturales, Deportivas, Educativas y Recreativas”, para el ejercicio fiscal 2020

ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS

PATRICIA JIMENA ORTIZ COUTURIER, ALCALDESA DE LA MAGDALENA CONTRERAS, con fundamento en los artículos 52 numerales 1 y 4; y 53 apartado A numerales 1, 2 fracciones VIII y XIII, numeral 12 fracción VIII, apartado B numerales 1, 3 inciso a) fracciones XXXIV y XXXVII; así como del Trigésimo Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 4, 6 fracción X, 11 fracción II párrafo 2 y Noveno transitorio de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 1, 3, 4, 6, 9, 20 fracciones II y XIII, 29 fracción VIII, 30 y 35 fracción IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículos 3 fracción I, 4 fracción XIII, 7 y 39 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículos 123, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; artículos 1, 21 y 22 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; así como en el Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos para la Elaboración de Acciones Sociales 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, de fecha 12 de diciembre de 2019; he tenido a bien emitir el siguiente:

Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de la Acción Social denominada "Apoyos Y Estímulos Para Actividades Culturales, Deportivas, Educativas Y Recreativas" para el Ejercicio Fiscal 2020 a cargo de la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía la Magdalena Contreras.

I. Nombre de la Acción Social.

1.1. Apoyos Y Estímulos Para Actividades Culturales, Deportivas, Educativas Y Recreativas.

2. Tipo de Acción Social.

2.1. Transferencia monetaria.

3. Entidad Responsable.

3.1. Alcaldía La Magdalena Contreras.

3.2. Dirección General de Bienestar Social.

4. Diagnóstico.

4.1. Antecedentes.

Las actividades para la promoción de actividades culturales, artísticas, deportivas, educativas y de salud mediante premios y estímulos se han otorgado cada año en la Demarcación, sin embargo, no existen medios fiables de verificación en las metas y resultados obtenidos en los ejercicios en cuestión, dado que no existía la obligatoriedad de los mismos, debido a su carácter de Línea de Acción.

4.2. Problema o Necesidad Social que atiende la Acción.

De acuerdo a la Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo (ENUT 2014), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en las ciudades, solamente el 27.4 % de la población acude a eventos culturales, deportivos y de entretenimiento, el

18.4 % participa en juegos y aficiones; y el 36.5% realiza actividades de deporte y ejercicio físico. Lo anterior revela deficiencias gubernamentales para proveer de alternativas de calidad y accesibles para toda la población, con lo cual se generen hábitos para mejorar las expectativas de desarrollo personal y social, incrementar la calidad de vida de las personas y mejorar el entorno comunitario.

Según el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social (CONEVAL) el porcentaje de las personas en situación de pobreza de la demarcación es de 32.6%, lo que significa una cifra de aproximadamente 80,000 individuos que no tienen las condiciones idóneas para satisfacer necesidades de esparcimiento, acceso a la cultura y a las actividades físicas que les ayuden a mantener una buena salud física e intelectual.

De acuerdo al documento La Política Social en el Contexto de la Pandemia por el Virus SARS-COV-2 (Covid-19) en México publicado por CONEVAL "Las diferentes crisis económicas que México ha enfrentado en el pasado han puesto en evidencia que, a pesar de ser un país de ingreso medio, los altos niveles de pobreza y desigualdad acentúan la vulnerabilidad social frente a choques económicos adversos, afectando casi invariablemente a la población históricamente en desventaja. Los hogares mexicanos dependen fuertemente de sus ingresos laborales (el ingreso por trabajo subordinado e independiente representa más de 50 por ciento del ingreso corriente total de los hogares en cada uno de los deciles de ingreso) y cuatro de cada diez personas en México se encuentran en situación de pobreza (41.9 por ciento de la población)." Por lo anterior se

20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 de noviembre de 2020

considera que la población con mayor vulnerabilidad ha resultado con mayores afectaciones en su capacidad para integrarse o participar en actividades de promoción de la salud, artísticas, culturales, deportivas y educativas por lo cual se considera pertinente otorgar estímulos y apoyos a personas o colectivos que participen o contribuyan en la oferta de actividades para un sano desarrollo integral y se refuercen los vínculos comunitarios.

4.3, Justificación y Análisis de Alternativas.

El otorgamiento de transferencias económicas y/o en especie para estimular la participación comunitaria en actividades en materia de salud, culturales, deportivas y de esparcimiento se elige como la alternativa más eficiente para promover la integración de la población a las mismas.

4.4. Participación Social.

No se establecen mecanismos de participación social para la implementación de la Acción Social.

4.5. Análisis de similitudes y coordinación con Acciones o Programas Sociales del Gobierno central de la Ciudad de México y/o Alcaldías.

No hay registro de actividades similares en otras entidades gubernamentales que atiendan a la población de la Demarcación.

5. Definición de poblaciones objetivo, beneficiarias y/o usuarias.

5.1 La población objetivo de la Acción Social se estima en 80,000 habitantes de la Demarcación La Magdalena Contreras, que actualmente requieren facilidades para incorporarse a diversas actividades de esparcimiento, cultura, educación o deporte y se encuentran en situación de pobreza.

5.2 La focalización se realizará dando prioridad a la población habitante de las Unidades Territoriales con Índice de Desarrollo Social Bajo y Muy bajo, de acuerdo al Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México.

5.3. La población beneficiaria se establece en 363 participantes de actividades culturales, deportivas, educativas y del cuidado a la salud que se hagan acreedoras a estímulos y premiaciones de acuerdo a las dinámicas de cada actividad.

Las actividades de los podrán ser de manera remota por medios digitales y también podrán ser ejecutadas en diferentes locaciones de la Alcaldía, en función de la naturaleza de la misma actividad, tales como: centros deportivos, módulos deportivos, instalaciones deportivas de barrio, Casa de Bellas Artes, Foro Cultural, espacios barriales recuperados, entre otros, siempre y cuando las condiciones de sanidad...

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