Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Operación de la acción social denominada, “Mercomuna Azcapotzalco”

28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de abril de 2020

ALCALDÍA EN AZCAPOTZALCO

VIDAL LLERENAS MORALES Alcalde en Azcapotzalco, con fundamento en lo establecido en los artículos 122 apartado A, base VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 3, 4, 5 apartado A, 7 apartado A, 9, 17, 52, 53 apartado A, numerales 1, 2 fracciones I, II, III, XI, XIII y XXI y 12 fracciones VIII y XV, apartado B numerales 1 y 3 fracciones I, III, XXXIV, XXXV Y XXXVII de la Constitución Política de la Ciudad de México; 4, 20 fracciones I, II, III, XI, XIII y XXIV, 29 fracciones VIII y IX y 35 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 3 fracción I, 4, 11 fracciones I y IX, 36 y 37 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México); 128 y 129 de la Ley Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, 11, 12, 13, 14 y 121 fracción XLI de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México); así como el Aviso por el cual se dan a conocer los "Lineamientos para la Elaboración de Acciones Institucionales de Desarrollo Social (Acciones Sociales) 2019", publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el pasado 06 de septiembre del 2019, y

CONSIDERANDO

  1. Que uno de los objetivos básicos que promueve la Alcaldía en Azcapotzalco es el cumplimiento de los principios de la Política de Desarrollo Social, en particular en materia de alimentación, salud, educación, vivienda, trabajo e infraestructura social; así como el de garantizar a los grupos vulnerables opciones que incidan en los sectores de la economía, la cultura, el deporte, la vivienda, la salud, el empleo, la educación y la protección social, principales rubros atendidos en los Programas Sociales que buscan mitigar los efectos de la marginación y la pobreza, satisfaciendo con ello, necesidades básicas de nuestra población.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México) y su Reglamento, las dependencias que tengan a su cargo acciones sociales destinados al Desarrollo Social deben establecer anualmente los lineamientos y mecanismos de operación en los que se incluirán, al menos: la dependencia o entidad responsable del programa; introducción; sus metas físicas; su programación presupuestal; los requisitos y procedimientos de acceso; los procedimientos de instrumentación; el procedimiento de queja o denuncia ciudadana; los mecanismos de exigibilidad; los mecanismos de evaluación y los indicadores; las formas de participación social y la articulación con otros programas sociales.

  3. Que con fecha 06 de septiembre de 2019, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México Aviso por el cual se dan a conocer los "Lineamientos para la Elaboración de Acciones Institucionales de Desarrollo Social (Acciones Sociales) 2019.

  4. Que el pasado 27 de febrero de 2020, se presentó el primer caso de SARS-Cov-2 en México, un virus que se originó en la región de Wuhan, China, en diciembre de 2019 extendiéndose a nivel mundial. Por tal motivo el Gobierno Federal a través de la Secretaria de Salud, ha implementado medidas de aislamiento social para prevenir el contagio masivo en la comunidad.

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL DENOMINADA "MERCOMUNA AZCAPOTZALCO" (APOYO ECONÓMICO A LOS BENEFICIARIOS DEL PADRÓN DE LICONSA EN LA DEMARCACIÓN).

I. NOMBRE DE LA ACCIÓN SOCIAL

"MERCOMUNA AZCAPOTZALCO" (APOYO ECONÓMICO A LOS BENEFICIARIOS DEL PADRÓN DE LICONSA EN LA DEMARCACIÓN).

II. TIPO ACCIÓN SOCIAL.

La presente Acción Social "MERCOMUNA AZCAPOTZALCO" es un apoyo económico que beneficiará a los titulares inscritos en el padrón de beneficiarios de LICONSA en la Alcaldia de Azcapotzalco. Esta Acción se hará mediante la entrega de vales con un valor de $1,050 (mil cincuenta pesos 00/100) por titular.

III. ENTIDAD RESPONSABLE.

3.1 Alcaldía de Azcapotzalco

Órgano político administrativo, responsable de la ejecución del Acción Social

3.2. Dirección General de Desarrollo Social y Bienestar.

Supervisar la correcta implementación del Acción Social, desde la planeación hasta su evaluación.

3.3. Subdirección de Programas Sociales, Servicios Comunitarios y Grupos Prioritarios.

Unidad encargada de supervisar y observar el correcto funcionamiento y ejecución de la Acción Social

3.4 Jefatura de Unidad Departamental de Grupos Prioritarios.

Recabar la documentación e información pertinente de las y los solicitantes. Elaborar el padrón de beneficiarios a partir del padrón del Programa de Abasto Social de Leche LICONSA; informar a las y los beneficiarias el mecanismo y calendario de ministraciones (apoyos).

Realizar la entrega de apoyos económicos (vales), en un horario de 05:00 a 09:00 horas, los días lunes a sábado en las lecherías del Programa de Abasto Social de Leche LICONSA, garantizando todas las medidas sanitarias recomendadas por las autoridades.

3.5 Dirección General de Administración y Finanzas

Encargada de la contratación del servicio de impresión y canje de vales y la adhesión de negocios en donde estos sean válidos para la adquisición de bienes y servicios.

3.6 Dirección General de Planeación del Desarrollo y Fomento Económico

Promover y facilitar la adhesión de los negocios y comercios que así lo deseen al padrón de establecimientos susceptibles de recibir los vales.

Difundir el padrón de establecimientos susceptibles de recibir los vales.

Evaluar el impacto económico de la acción social en los negocios y comercios participantes.

3.7 Dirección General de Gobierno

Promover y facilitar la adhesión de los locatarios de mercados públicos que así lo deseen al padrón de establecimientos susceptibles de recibir los vales.

Difundir el padrón de locales de mercados públicos susceptibles de recibir los vales.

Evaluar el impacto económico de la acción social en los locales de mercados públicos participantes.

IV. DIAGNÓSTICO.

4.1 Antecedentes.

La presente Acción Social "MERCOMUNA AZCAPOTZALCO", se realiza por primera vez en la Alcaldía de Azcapotzalco. Esta acción surge como respuesta a la declaratoria de emergencia sanitaria por la epidemia del SARS-COV-2 o COVID-19, que restringe las actividades y la movilidad de la población para evitar la propagación de esta enfermedad y con ello genera una disminución en el consumo local de insumos de primera necesidad y en los ingresos de la población y los comercios.

Es una acción emergente, cuyo objetivo es apoyar a las familias más vulnerables, usando como base el padrón de LICONSA; así como reactivar el comercio local de las demarcaciones de la Ciudad de México, durante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-Cov-2.

4.2 Problema o necesidad social que atiende la acción.

Ante la contingencia por el Covid-19 (coronavirus), la población en general es vulnerable a los contagios, especialmente aquellas que interactúan con otras personas en el espacio público y quienes no toman las medidas de prevención (sana distancia, estornudo de etiqueta, evitar tocarse la cara) e higiene (lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón, o utilizar alcohol en gel al 70% para la desinfección).

La OMS señala que es recomendable aplazar las citas médicas que no sean esenciales, y cuando esto no sea posible, extremar las medidas de prevención antes citadas. Aunado a esto, deben procurar guardar una distancia de un...

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