Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos para la acción social denominada, “Festivales e Intervenciones Comunitarias 2019”

SECRETARÍA DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

JOSÉ ALFONSO SUÁREZ DEL REAL Y AGUILERA, Secretario de Cultura de la Ciudad de México, con fundamento en el artículos 33 numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 11, 16 fracción IV y 29 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México;124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS PARA LA ACCIÓN SOCIAL DENOMINADA "FESTIVALES E INTERVENCIONES COMUNITARIAS 2019"

I. CONSIDERANDOS

Que "Toda persona, grupo o comunidad gozan del derecho irrestricto de acceso a la cultura. El arte y la ciencia son libres y queda prohibida toda forma de censura. De manera enunciativa y no limitativa, tienen derecho a: "Acceder y participar en la vida cultural a través de las actividades que libremente elija y a los espacios públicos para el ejercicio de sus expresiones culturales y artísticas, sin contravenir la reglamentación en la materia" (Constitución Política de la Ciudad de México, en adelante la CPCDMX, artículo 8 apartado D numeral 1, inciso e);

Que "Toda persona tiene derecho al acceso a los bienes y servicios que presta el Gobierno de la Ciudad de México en materia de arte y cultura" (CPCDMX, artículo 8, apartado D, numeral 2);

Que "Las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias protegerán los derechos culturales. Asimismo, favorecerán la promoción y el estímulo al desarrollo de la cultura y las artes. Los derechos culturales podrán ampliarse conforme a la ley en la materia que además establecerá los mecanismos y modalidades para su exigibilidad" (CPCDMX, artículo 8, apartado D, numeral 3);

Que "La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales" (CPCDMX, artículo 11, apartado A);

Que "Los espacios públicos son bienes comunes. Tienen una función política, social, educativa, cultural, lúdica y recreativa. Las personas tienen derecho a usar, disfrutar y aprovechar todos los espacios públicos para la convivencia pacífica y el ejercicio de las libertades políticas y sociales reconocidas por esta Constitución, de conformidad con lo previsto por la ley" (CPCDMX, artículo 13, apartado D, numeral 1);

Que "Las autoridades de la Ciudad garantizarán el carácter colectivo, comunitario y participativo de los espacios públicos y promoverán su creación y regeneración en condiciones de calidad, de igualdad, de inclusión, accesibilidad y diseño universal, así como de apertura y de seguridad que favorezcan la construcción de la ciudadanía y eviten su privatización" (CPCDMX, artículo 13, apartado D, numeral 2);

Que a la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México, le corresponde el despacho de las materias relativas a garantizar el ejercicio pleno de los derechos culturales de quienes habitan o transitan por la Ciudad, promover el desarrollo de la identidad cultural de las personas, asegurar que se respete la diversidad de sus modos de expresión, su memoria y su conocimiento tradicional, así como asegurar la accesibilidad y enriquecer la calidad de las manifestaciones culturales, con base en los principios democráticos de igualdad, libertad, tolerancia y pluralidad (Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, artículo 29);

Que la Encuesta Nacional de Hábitos, Prácticas y Consumos Culturales realizada por el entonces Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA) en 2010 muestra que el 34% de la población está poco interesada por lo que pasa en la cultura o en las actividades culturales (teatro, danza, cine, literatura, conciertos), si desplazamos este contenido a la Ciudad de México vislumbramos el desinterés generalizado social y la importancia de incidir en estos aspectos;

Que la Ciudad de México, a pesar de ser el centro de la actividad cultural del país sólo cuenta actualmente con 224 centros culturales para una población de 8,985,339 personas, y su distribución tiene diferencias sustanciales en el número de

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de julio de 2019

espacios culturales en relación con el total de la población por alcaldía, de acuerdo al "Atlas de infraestructura cultural de México 2010" del CONACULTA, mientras que la alcaldía Cuauhtémoc cuenta con 65 espacios culturales con una población de 531,831 habitantes, en comparación con Iztapalapa que cuenta con 18 centros culturales y una población de 1,815,786 habitantes, existiendo así una inequidad en el acceso a la cultura;

Que el rezago en materia cultural, educativa y artística para el pleno ejercicio de los derechos culturales ha sido en gran medida el bajo presupuesto destinado al sector cultural por no considerarlo como un elemento central para el bienestar y desarrollo de la sociedad. El problema en ese sentido es la limitada oferta cultural, agravándose en zonas de alta marginalidad en donde el acceso para sus habitantes es escaso, adicional a la falta de proyectos en el que se incluyan perfiles adecuados que puedan desarrollar las diversas acciones y actividades culturales en las comunidades de manera óptima, con la sensibilidad y pertinencia cultural necesaria para su buen funcionamiento;

Que la desigualdad en el acceso a la cultura no sólo se muestra en la distribución geográfica al estar centralizada, sino también por género de acuerdo al Módulo sobre Eventos Culturales Seleccionados (MODECULT) realizada en 2018 por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el porcentaje de la población de 18 y más años que asistió en los últimos doce meses a eventos culturales seleccionados por sexo, muestra que los hombres acuden más con un 59% respecto de las mujeres con un 57.3%, tendencia que se ha mantenido desde el 2016. Derivado de lo anterior la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) refiere que el acceso a la cultura se encuentra restringido a ciertos grupos sociales, particularmente a mujeres y niñas;

Por otro lado, los resultados del INEGI en el MODECULT muestran que el porcentaje de la población de 18 y más años que más han acudido a eventos culturales por nivel de escolaridad son aquellos que tienen al menos un grado de educación superior con el 80.1%, mientras que los que menos asistieron a eventos culturales no terminaron la educación básica con el

28.8%, lo que representa que el acceso a la cultura también está ligado con el acceso a la educación;

Que los derechos culturales son considerados derechos humanos que promueven el respeto y la protección de la diversidad y la integridad cultural, y por lo tanto son interdependientes al resto de derechos;

Que la creciente violencia social, el delito, la intolerancia, ausencia de diálogo presentes en la sociedad aunados a los derechos culturales en tanto derechos humanos que no son garantizados en plenitud a toda la población de la Ciudad de México, representa un limitante para tener las condiciones necesarias de construirse como sujetos sociales capaces de participar activamente de manera positiva en la comunidad en donde convive, establecer vínculos con los otros e imaginar un futuro posible;

Que los derechos vulnerados inminentes con la escaza oferta, distribución, difusión y divulgación de la formación artística y cultural, son el derecho a la autodeterminación personal, derecho a la integridad libre de violencia, derecho a la identidad, libertad de expresión, derecho a la información, derecho a la educación, a una vida digna;

Que el acceso a los derechos culturales no solo depende del reconocimiento de las instancias de gobierno, sino la capacidad de generar las condiciones para combatir las desigualdades que vulneran los derechos, es por ello que la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México a través de la presente acción social "Festivales e intervenciones comunitarias 2019" busca contribuir a coadyuvar al pleno ejercicio de los derechos culturales a través de una amplia oferta artística y cultural de manera gratuita en cada una de las alcaldías, esperando atender a la mayoría los grupos etarios posibles;

Que la trascendencia de los Lineamientos para la Acción Social "Festivales e intervenciones comunitarias, 2019" reside en favorecer al desarrollo cultural comunitario en las 16 alcaldías, a través de los festivales comunitarios de barrio, de calle, fandangos, caravanas, entre otros, mediante la disposición presentaciones, intervenciones y/o exposiciones artísticasculturales, para propiciar el ejercicio del derecho a la educación, derecho al acceso a la cultura y a la cultura de paz, el derecho a la información, derecho a libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio conforme lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Que la acción social beneficiará a corto plazo a los habitantes de las zonas de menor índice de desarrollo social y marginalidad de la Ciudad de México, así como a los grupos más vulnerables. El impacto esperado a largo plazo es beneficiar al mayor número de habitantes para la reconstrucción del tejido social, la disminución de desigualdades y al rezago de políticas culturales.

II.POBLACIÓN OBJETIVO

Habitantes de las diferentes colonias, pueblos o barrios originarios de...

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