Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos de operación y supervisión de los registros físicos en los libros utilizados para asentar inhumaciones, exhumaciones, reinhumaciones, depósito de restos humanos cumplidos o cremados, así como cremaciones y alojamiento de restos humanos, en los cementerios de la Ciudad de México

16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 de marzo de 2024

CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

LIC. JUAN ROMERO TENORIO, Director General Jurídico y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y Secretario Técnico de la Comisión Consultiva de Servicios Funerarios en la Ciudad de México; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 7 apartado A numerales 1 y 2, y 33 numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 3 fracciones II y XI, 11 fracción I, 16 fracción XIX, 18 párrafo segundo, 43 fracción XXI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 11 párrafo primero de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 3 fracción I, 7 fracción XIX inciso A), 21 fracción I y 229 fracción XXI del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como 8, 10 fracción III, 12 fracción XII y 26 del Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que el 11 de marzo de 2022 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México no. 808 Bis el Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en la Ciudad de México, con la finalidad de actualizar los procedimientos, trámites y atribuciones con las que cuenta cada área de la Administración Pública, para homologar el régimen jurídico administrativo de los cementerios, crematorios y servicios funerarios en la Ciudad de México.

Que la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México establece que la Consejería Jurídica y de Servicios Legales es una dependencia de la administración pública centralizada a la que, entre otras atribuciones, corresponde coordinar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia de cementerios.

Que la referida ley determina que al frente de cada dependencia habrá una persona titular quien tiene competencia originaria para atender todos los asuntos a cargo de la misma. Asimismo, dispone que para el despacho de los asuntos de su competencia dicha persona titular se auxilia de las direcciones generales que tenga adscritas en los términos que establezca el Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y los Manuales Administrativos que correspondan.

Que la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos es una unidad administrativa adscrita a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, encargada de aplicar las disposiciones jurídicas en materia de trámites funerarios y cementerios en la Ciudad de México, así como vigilar su cumplimiento.

Que de conformidad con los artículos 127 y 128 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, así como el artículo 6 del Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios en la Ciudad de México, la prestación del servicio público de cementerios, corresponde a la Administración Pública local, sin perjuicio de poder ser concesionado a particulares mediante título de concesión.

Que el Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios de la Ciudad de México contempla en su artículo 26 que la operación y supervisión del registro físico de inhumaciones, exhumaciones, reinhumaciones, depósito de restos humanos áridos y cremaciones en cementerios (cualquiera que sea la modalidad) se realizará conforme a los lineamientos de operación que al efecto emita la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. Asimismo, los artículos 25 y 28 de dicho Reglamento establecen que la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos es la unidad administrativa encargada de administrar y actualizar el "Sistema de Registro de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios de la Ciudad de México" y que en él se incorporará la información obtenida de los registros físicos anteriormente mencionados, además de otra información derivada de la prestación del servicio público de cementerios, así como los servicios funerarios.

Que como un acuerdo interinstitucional, se presentaron los "Lineamientos de Operación y Supervisión de los Registros Físicos en los Libros utilizados para asentar Inhumaciones, Exhumaciones, Reinhumaciones, Depósito de Restos Humanos cumplidos o cremados y Cremaciones en los Cementerios de la Ciudad de México" ante la "Comisión Consultiva de Servicios Funerarios", los cuales fueron aprobados por unanimidad en su Cuarta Sesión Ordinaria, celebrada el 15 de diciembre de 2023; por lo que en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 26 del multicitado Reglamento he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LOS REGISTROS FÍSICOS EN LOS LIBROS UTILIZADOS PARA ASENTAR INHUMACIONES, EXHUMACIONES, REINHUMACIONES, DEPÓSITO DE RESTOS HUMANOS CUMPLIDOS O CREMADOS, ASÍ COMO CREMACIONES Y ALOJAMIENTO DE RESTOS HUMANOS, EN LOS CEMENTERIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ÚNICO. Se dan a conocer, como anexo del presente los Lineamientos de operación y supervisión de los registros físicos en los libros utilizados para asentar inhumaciones, exhumaciones, reinhumaciones, depósito de restos humanos cumplidos o cremados, así como cremaciones y alojamiento de...

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