Aviso por el que se dan a conocer los enlaces electrónicos en los que podrán ser consultados los Padrones de personas beneficiarias de los programas sociales, correspondientes al ejercicio fiscal 2023

O R G A N I S M O S D E S C E N T R A L I Z A D O S INSTITUTO DE LA JUVENTUD JAVIER ALBERTO HERNÁNDEZ PLATA, Director General del Instituto de la Juventud de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los con fundamento en los artículos 4 apartado A, 7 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 primer y segundo párrafos, 11 fracción II, 45 y 54 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 34, 35 y 36 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 13 y 14 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 124 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México;135, 138, 139, 148 fracción I de la Ley de los Derechos de las Personas Jóvenes en la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; y CONSIDERANDO Que el artículo 34, fracción II, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, determina que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública local, que tienen a su cargo programas destinados al desarrollo social, deben publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo del año de ejercicio que se trate, los padrones de beneficiarios de los programas sociales, indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y Alcaldía, así como entregar en el mismo plazo a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal dichos padrones, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO POR EL...

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