Aviso por el cual se dan a conocer los enlaces electrónicos donde se podrán consultar los padrones de los programas sociales del ejercicio 2023

28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 14 de febrero de 2024

ALCALDÍA EN ÁLVARO OBREGÓN

Maestra Lía limón García, Alcaldesa del Órgano Político Administrativo en Álvaro Obregón, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52 numerales 1 y 4, artículo 53 Apartado A numerales 1, 12 fracciones I, VIII y XIII, Apartado B numerales 1, 3 inciso a) fracción I, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 3, 6, 9, 15, 16, 21, 29 fracciones I, XIII y XVI, 30, 31 fracción I, 65, 71 fracción VII y 74, de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 4, 24, 27 fracción I, 34, 58, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 1, 6 fracción XLI, 21, 33 fracción IX y 123 fracción III de la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública de la Ciudad de México, 1, 3 fracción I, III, 32, 33 y 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que la demarcación territorial en Álvaro Obregón corresponde a esta Alcaldía, en su carácter de Órgano Político Administrativo, el cual goza de autonomía presupuestaria, gestión y de gobierno interno, por lo que no habrá autoridades intermedias entre ésta y el Gobierno de la Ciudad de México respecto al ejercicio de sus facultades constitucionales.

Que las Alcaldías ejercerán las atribuciones y llevarán a cabo sus funciones administrativas conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y los demás ordenamientos vigentes en la Entidad Federativa.

Que, en atención a lo establecido en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, en su artículo 34 en el cual señala que en la Ciudad de México existirá un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las Dependencias de la administración pública local, que contendrá la información sobre la totalidad de las personas que acceden a los diversos programas de desarrollo social, por lo cual se deberá publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los padrones de beneficiarios de los programas sociales, indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y delegación. Dichos padrones deberán estar ordenados en orden alfabético y establecerse en un mismo formato, razón por la cual he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS ENLACES ELECTRÓNICOS DONDE SE PODRÁN CONSULTAR...

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