Aviso por el cual se dan a conocer los días inhábiles para la Atención, Registro, Trámite y Notificación de Solicitudes de Información Pública, así como de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales que ingresen o se encuentren en trámite, y para los Asuntos y Procedimientos competencia de la Unidad de Transparencia del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, correspondientes a los meses de diciembre de 2016 y enero 2017

24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de Diciembre de 2016

INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES PARA LA ATENCIÓN, REGISTRO, TRÁMITE Y NOTIFICACIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES QUE INGRESEN O SE ENCUENTREN EN TRÁMITE, Y PARA LOS ASUNTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDIENTES A LOS MESES DE DICIEMBRE DE 2016 Y ENERO 2017.

ING. RAYMUNDO COLLINS FLORES, Director General del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40, 54 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 10 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, y el numeral 33 segundo párrafo de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, tiene como objeto transparentar el ejercicio de la función pública, garantizando el efectivo acceso de toda persona a la información pública en posesión de los órganos locales; Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomos por Ley, así como de todo Ente público del Distrito Federal que ejerza gasto público.

Que la actuación de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares se encuentra regulada en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, ordenamiento que establece para las actuaciones y diligencias del orden administrativo, la obligación de ser ejecutadas en días y horas hábiles, señalando como inhábiles, entre otros, aquellos en que se suspendan de manera general las labores de las Dependencias, Delegaciones, Órganos Desconcentrados o Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.

Que la Administración Pública del Distrito Federal es Centralizada, Paraestatal, Desconcentrada y Descentralizada, formando parte de ésta última el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, así como en el artículo décimo fracciones I, XII y XIII del Decreto que Crea el Instituto de Vivienda del Distrito Federal.

Que por lo...

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