Aviso por el cual se dan a conocer las Convocatorias correspondientes a los programas sociales, para el ejercicio fiscal 2020

54 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 de febrero de 2020

ALCALDÍA AZCAPOTZALCO

VIDAL LLERENAS MORALES Alcalde en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 122 apartado A, base VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53 apartado A, numerales 1, 2 fracción XI y 12 fracciones VIII y IX, apartado B numerales 1 y 3 fracciones XXXIV, XXXVI, XXXVII y XXXIX de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 fracciones I y II, 20 fracciones I, II, III, VIII y XI, 29 fracciones VIII y IX, 35 fracciones I, III y IV, 36 fracción I, 36 BIS fracciones I, III y IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 124 y 128 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 3 fracción XXIII, 11 fracciones I y IX, 32, 33, 34, fracción I, 35, 36, 37, 38 y 38 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (hoy de la Ciudad de México); 11, 13, 14 y 121 fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 50, 51, 52 y 60 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (hoy de la Ciudad de México); así como el Aviso por el que se da a conocer el vínculo electrónico de los Lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el ejercicio 2020, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de octubre de 2019, y

CONSIDERANDO

I.- Que con fecha del 10 de febrero de 2020, fue publicado el "Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social a Cargo de la Dirección General de Desarrollo Social y Bienestar de la Alcaldía Azcapotzalco, para el Ejercicio Fiscal 2020.", en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, Número 279.

III.- Que a efecto de cumplir con el principio de máxima publicidad he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS CONVOCATORIAS CORRESPONDIENTES A LOS PROGRAMAS SOCIALES A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y BIENESTAR DE LA ALCALDÍA AZCAPOTZALCO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

Convocatoria del Programa Social "Ayuda Para Unidades Habitacionales" para el Ejercicio Fiscal 2020 en la Alcaldía de Azcapotzalco.

BASES

1.-Objetivo:

Beneficiar hasta 20 edificios condomínales con el apoyo en especie por única vez, consistente en impermeabilizante, pintura y mantenimiento hidráulico, que será cuantificado por la cantidad de departamentos que conformen cada edificio beneficiado, además de apoyar con los gastos operativos de la mano de obra para su colocación, que les permitirá a sus habitantes mejorar la imagen urbana de sus viviendas, así como, la entrega de un kit ahorrador que contiene un juego de llaves y una regadera que permitan el ahorro de agua, focos ahorradores de energía eléctrica, esto se incluye como un apoyo para la reducción del gasto económico que hacen las personas al pagar estos servicios. Para el ejercicio fiscal 2020 se autorizó un presupuesto de $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100), el cual será cuantificado entre el número de departamentos que conformen los edificios de las Unidades Habitacionales beneficiarias

2.-Requisitos de Acceso:

-Podrán acceder al programa aquellos edificios que no hayan sido beneficiados anteriormente. (Con 3 años anteriores). -Edificios condomínales de hasta 50 departamentos.

-La Unidad Habitacional deberá estar en condiciones de deterioro en fachada o impermeabilizante, que se evaluará mediante inspección ocular y la toma de evidencia fotográfica.

-Residir en la Alcaldía de Azcapotzalco en Unidades Habitacionales que se encuentren preferentemente en una colonia, pueblo y/o barrio con bajo índice de desarrollo social.

-Contar con al menos 60% de asistencia de los condóminos a la asamblea informativa.

3.-Documentación requerida:

Solicitud de acceso al programa, deberá realizarse por uno de los condóminos (persona o administrador solicitante), a través del Servicio Unificado de Atención Ciudadana (SUAC), ubicado en la planta baja del edificio de la Alcaldía, con domicilio

en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a 19:00 hrs, a partir de un día hábil después de la publicación de la Convocatoria correspondiente y hasta que el ejercicio del presupuestos anual del programa permita seguir recibiendo solicitudes, la cual deberá contar con nombre completo del solicitante, domicilio, número telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal, anexando la siguiente documentación en original (para cotejo) y copia:

-Las firmas de al menos el 60% de los condóminos que habitan en el edificio, en el que manifiesten estar enterados del ingreso de la petición para poder ser beneficiario del programa.

-Original y copia de Credencial de elector del solicitante.

-Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses (predial, agua, luz o teléfono fijo) que coincida con la credencial de elector del solicitante.

-El trámite será personal y presencial por cada persona habitante de edificio condominal interesada en ingresar la petición, NO se aceptaran bajo ningún caso solicitudes o listados promovidos por terceros, gestores o gestorías para ingresar como beneficiario del programa.

En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en él, puede variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.

4.- Procedimientos de Acceso

Una vez que sea autorizado el programa, las Reglas de Operación del presente programa se podrán consultar en la página electrónica de la Alcaldía, misma que estará abierta para la población en general. Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección establecidos por el son públicos. Estos documentos, además de estar publicados en la Gaceta Oficial vigente, estarán pegados a la vista en las oficinas de la Subdirección de Programas Sociales, Servicios Comunitarios y Grupos Prioritarios.

Servicios Unificado de Atención Ciudadana (SUAC), ubicado en la planta baja del edificio de la Alcaldía, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a 19:00hrs, con la documentación requerida en el apartado VII.2 de las presentes Reglas.

Una vez recibida su solicitud, una promotora o promotor de la J.U.D de Grupos Prioritarios, asistirá a la Unidad Habitacional a realizar un diagnóstico del edificio, el cual podrá ser atendido por la persona solicitante o por alguna o algún vecino residente del edificio en cuestión.

5.-Causales de baja:

No contar con el 60% de asistencia de los condóminos a la asamblea informativa, la cual podrá calendarizarse hasta en dos ocasiones.

Cuando existan riesgos físicos en las estructuras de las Unidades Habitacionales.

No existe la suspensión temporal en ningún caso.

6.-Para conocer los procedimientos de instrumentación se deberá consultar las Reglas de Operación del presente programa social publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, No. 279, de fecha 10 de febrero de 2020, así como sus posibles modificaciones.

7.- Los mecanismos para la presentación de quejas, informidad ciudadana, así como, la exigibilidad, podrán ser consultados en las Reglas de Operación publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, No. 279, de fecha 10 de febrero de 2020.

  1. Será responsabilidad de cada persona solicitante el conocer las Reglas de Operación del Programa Social "AYUDA PARA UNIDADES HABITACIONALES" para el ejercicio fiscal 2020, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, No. 279, de fecha 10 de febrero de 2020, así como sus posibles modificaciones, mismas que pueden ser consultadas directamente en las oficinas del Sistema Unificado de Atención Ciudadana (SUAC), ubicado en la planta baja del edificio de la Alcaldía, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, http://azcapotzalco.cdmx.gob.mx/

    De acuerdo al Art. 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, que a la letra dice:

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    "Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.

    Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente".

    Convocatoria del Programa Social "Iniciativas Juveniles Azcapotzalco 2020" para el Ejercicio Fiscal 2020 en la Alcaldía de Azcapotzalco

    BASES

    1.- Objetivo

    Fomentar e impulsar la participación de grupos juveniles, conformados por personas de entre 18 a 29 años de edad que habitan en Azcapotzalco, y participen en la solución de problemáticas sociales de su comunidad, este se hará mediante la entrega de un apoyo económico de $24,000.00 (Veinticuatro mil pesos 00/100 M.N.) para cada una de las 50 iniciativas beneficiarias, a fin de que puedan financiar la implementación de sus proyectos los cuales promuevan el desarrollo social y comunitario.

    2.- Requerimientos de Acceso

    Para ser persona beneficiaria del "Iniciativas Juveniles Azcapotzalco 2020", los interesados deberán:

    Ser un grupo conformado por 3 a 5 integrantes, mujeres y hombres jóvenes en un rango de edad de 18 a 29 años, con una residencia en Azcapotzalco.

    Hoja responsiva en donde manifieste no ser familiar directo del personal de estructura de la Alcaldía de Azcapotzalco, del Gobierno la Ciudad de México o del Gobierno Federal con el fin de...

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