Aviso por el que se da a conocer el Programa Semestral de Difusión Pública de las Acciones y Funciones del Destino de Gasto 65 “Presupuesto Participativo”, de la Delegación La Magdalena Contreras correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017

DELEGACION LA MAGDALENA CONTRERAS

El que suscribe C. J. Fernando Mercado Guaida, Jefe Delegacional en La Magdalena Contreras de esta Ciudad, y con fundamento en los artículos 44 y fracción ll de la Base Tercera del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87, 104, 105 y segundo párrafo del artículo 122 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 3 fracción lll, 10 fracción XI, 37, 38 y 39 fracciones VIII, LXXV, LXXVI y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 1, 3 fracciones II, III, 8, 18, 120, 122 Bis fracción X, inciso G), 169 y 170 fracciones I, XVI, XVII y XX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 6, 24 fracción VIII de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 1, tercer párrafo del artículo 2, 14 y 16 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 3, 4, 5, fracciones I, II y III, 56, 57, 58, 59, 60, 83, 84, 85, 91, 129, 141, 142, 198, 199, 200 fracción III, 201, 202 y 203 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente; y

CONSIDERANDO

  1. Que la Delegación La Magdalena Contreras es un Órgano Político- Administrativo desconcentrado de la Administración Pública Centralizada de la Ciudad de México de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

  2. Que el Gasto 65 "Presupuesto Participativo", se sujetará a lo previsto en el párrafo segundo del artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que corresponde al 3% del Presupuesto Anual de las Delegaciones, en los rubros generales a los que se destinará la aplicación de dichos recursos en obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención del delito, además de los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales de las colonias o pueblos de la Ciudad de México, así como en los capítulos 2000, 3000, 4000, 5000 y 6000 conforme a lo que establece el Clasificador por el Objeto del Gasto del Distrito Federal para ser aplicable a partir del 1 de enero del año 2017.

  3. Que el Gasto 65 "Presupuesto Participativo" se deberá sujetar a lo previsto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y La Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, en donde se establece que dichos recursos se deberán aplicar en proyectos y acciones que correspondan a los rubros generales y capítulos antes aludidos, así como también se podrá realizar erogaciones con cargo al capítulo 4000, sólo cuando sean bienes que no sean del dominio del poder público de la Ciudad de México, razón por la cual esta Dependencia deberá llevar a cabo de manera directa el ejercicio de los recursos en las obras y/o servicios en cumplimiento al artículo 23 del Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2017, dichos recursos aprobados para este ejercicio corresponde a $978,400,771.00 pesos, (Novecientos setenta y ocho millones cuatrocientos mil setecientos setenta y un pesos 00/100 M.N.), de los cuales corresponde un total de $564,462.00 (Quinientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos pesos 00/100 M. N.) por cada Comité Ciudadano, con base al Anexo II del Decreto que se hace alusión.

  4. Que el Presupuesto Participativo deberá destinarse a los proyectos específicos ganadores de la consulta ciudadana sobre presupuesto participativo 2017. Cuando se dé el supuesto de que en las colonias y pueblos en los que exista imposibilidad física, técnica, financiera o legal para la ejecución de los proyectos y acciones seleccionadas, así como los casos en que exista un remanente presupuestal, una vez que se haya ejecutado el mismo, el Jefe Delegacional llevará a cabo la ejecución de los otros proyectos o acciones seleccionados en la colonia o pueblo de que se trate, respetando en todo momento la prelación determinada en la consulta ciudadana. En caso de que no existan otros proyectos seleccionados en términos de la Ley de Participación Ciudadana y de este Decreto, derivado de la consulta, a falta de expresión de la voluntad de los ciudadanos resultará improcedente el ejercicio del recurso.

  5. Que para la aplicabilidad del gasto 65 "Presupuesto Participativo" de este ejercicio, la Delegación La Magdalena Contreras, cuenta con un presupuesto total de $978,400,771.00 pesos, (Novecientos setenta y ocho millones cuatrocientos mil setecientos setenta y un pesos 00/100...

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