Aviso por el que se da a Conocer el Orden de la Designación de Notarios, para Aquellos Casos de Enajenación de Inmuebles de Bienes de Dominio Privado del Gobierno de la Ciudad de México, en Cumplimiento a lo Dispuesto por los Artículos 53 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público y 15 del Reglamento de la Ley del Notariado para la Ciudad de México

124 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 26 de Noviembre de 2018

CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS

CLAUDIA ANGÉLICA NOGALES GAONA, Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 35 fracciones I, XX, XXI y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 2 fracción VII; 5, 7, 9, y 30 de la Ley del Notariado para la Ciudad de México; 53 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público; 1°, 2°, 3°, 4° y 5° fracción II y 15 del Reglamento de la Ley del Notariado para la Ciudad de México; 114 fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y,

CONSIDERANDO

Que la Ciudad de México, tiene personalidad jurídica para adquirir y poseer toda clase de bienes muebles e inmuebles que le sean necesarios para la prestación de los servicios públicos a su cargo y en general para el desarrollo de sus propias actividades y funciones en los términos que señala la Constitución Política de la Ciudad de México y el Estatuto de Gobierno de la Ciudad de México.

Que de conformidad con lo establecido en la fracción XXI del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, es facultad de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la aplicación y vigilancia de las disposiciones que regulan la función notarial.

Que conforme al artículo 114, fracción XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública de la Ciudad de México, corresponde a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la aplicación y vigilancia de las disposiciones que regulan la función notarial.

Que la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, tiene como objeto regular el Patrimonio de la Ciudad de México, respecto de la adquisición, posesión, enajenación, desincorporación, aprovechamiento, administración, utilización, conservación y mantenimiento, así como de la prestación de los servicios públicos, además, el artículo 53 de dicha ley establece que los actos jurídicos sobre bienes inmuebles en los que sea parte la Ciudad de México, con excepción hecha de lo previsto en el artículo 48 de la Ley en cita, que requieran intervención de notario, se celebrarán ante los notarios públicos de esta Ciudad, que designará la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

Que el artículo 15 del Reglamento de la Ley del Notariado para la Ciudad de México, establece, que la Ley del Notariado para la Ciudad de México reconoce y protege el derecho de libre elección de notario, con excepción de la designación de notarios para aquellos casos de enajenación de inmuebles de bienes de dominio privado del Gobierno de la Ciudad de México, e impone la obligación de llevar a cabo un procedimiento de insaculación a efecto de determinar el orden en que se designarán los notarios de esta Ciudad para dichas operaciones.

Que en la Ciudad de México actualmente existen 250 Notarías autorizadas, de las cuales se encuentran en funciones 240, esto debido a que hay 10 Notarías vacantes por circunstancias...

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